Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

Resumen ley de los casinos Honduras

Enviado por   •  13 de Julio de 2018  •  828 Palabras (4 Páginas)  •  531 Visitas

Página 1 de 4

...

Las personas naturales o jurídicas que hayan sido autorizadas para operar casinos de juegos de envite o azar antes de la vigencia de la presente Ley, tendrán un plazo de seis meses para ajustarse a la misma y a sus reglamentos en lo que respecta a condiciones que su autorización no les exigió. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley, por medio de la Secretaría de Cultura, Turismo e Información.

Finalidad: La finalidad de los Casinos de Juegos de Envite o Azar, es la promoción del turismo extranjero promover el desarrollo del turismo, atraer divisas al país y proporcionar al estado una fuente adicional de ingresos.

Obligaciones de la administración: Toda persona natural o jurídica que haya obtenido una licencia para operar casinos de juegos de envite o azar, elaborará un proyecto de Reglamento Interno, el cual deberá someter a conocimiento y aprobación de la Secretaría de Cultura, Turismo e Información, por lo menos con treinta días de anticipación al inicio de sus operaciones.

Requisitos de operación: Solamente los hondureños por nacimiento y las personas jurídicas constituidas de conformidad a las leyes del país, podrán solicitar al Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Cultura, Turismo e Información, licencias para operar casinos de juegos de envite o azar, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

- Operar en un establecimiento de turismo de primera categoría, cuya inversión fija sea superior a un millón de Lempiras

- No haber sido condenado por la comisión de un delito cuya pena conlleve privación de la libertad.

- Contar con amplia solvencia económica.

- Estar solvente con la Hacienda Pública.

Sanciones: Sin perjuicio de otras sanciones establecidas en esta Ley, la contravención de la finalidad dará lugar a una multa de Les.50, 000.00 (CINCUENTA MIL LEMPIRAS EXACTOS), si la infracción fuese por primera vez, en caso de reincidir, se procederá a la inmediata y definitiva cancelación de la Licencia de Operación del negocio.

Las infracciones a la presente Ley y sus Reglamentos se sancionarán con multa de UN MIL LEMPIRAS (Lps.1,000.00) a VEINTICINCO MIL LEMPIRAS (Lps.25,000.00), que impondrá la Secretaría de Cultura, Turismo e Información, conforme procedimiento administrativo, y deberá enterarse en la Tesorería General de la República o en las Administraciones de Rentas o Aduanas, dentro del término de tres (3) días contados a partir del requerimiento; vencido este plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio. La reincidencia se sancionará con el doble de la multa originalmente impuesta.

...

Descargar como  txt (5.3 Kb)   pdf (45.5 Kb)   docx (12.3 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club