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SERVICIO DE SOLDADURA PARA EL PROYECTO PLATAFORMAS GUBERNAMENTALES.

Enviado por   •  8 de Febrero de 2018  •  1.716 Palabras (7 Páginas)  •  445 Visitas

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Se deja expresa constancia que este Contrato es de naturaleza civil entre los comparecientes, por tanto, la Contratista es la única que asume la calidad de patrono frente al personal que designe para la ejecución de la obra y servicios que son objeto del Contrato, siendo de su cuenta y responsabilidad el cumplimiento de todas las obligaciones laborales ante el personal que trabaje en las obras.

El Contratista, particularmente se obliga a:

- El Contratista se compromete a entregar terminado como mínimo dos pisos y medio de soldadura mensuales, al no cumplirse esto la contratante podrá cambiar a contrato por pesos unitarios pactados (metro filete: $19 incluido IVA, metro soldadura CJP: $30 incluido IVA

- Suministrar la dirección técnica, para la soldadura y la mano de obra calificada para ejecutar todos y cada uno de los trabajos que se desprenden del presente contrato

- El Contratista se apegará a las especificaciones entregadas por la CONTRATANTE.

- El Contratista asume toda la responsabilidad por cualquier lesión a las personas o propiedad que se ocasione como consecuencia de la ejecución del presente contrato. Por lo tanto, el Contratista asumirá el gasto total del reclamo, manteniendo a la CONTRATANTE indemne, esto es al margen de cualquier compromiso de esta naturaleza.

- Cualquier obligación que se derive por lesiones, o muerte a personas y daños a la propiedad como consecuencia en la ejecución de la obra por personal del contratista será de exclusiva responsabilidad del Contratista, siempre que éstas tengan relación con el objeto del contrato, incluso frente a Riesgos del trabajo, ante esta eventualidad la Contratista, asumirá los pagos de multas o indemnizaciones en su totalidad, aun cuando la resolución manifieste la responsabilidad compartida, creándose en caso de incumplimiento el derecho de repetición a favor del Contratante.

- Para la ejecución de los trabajos, el Contratista contará con el personal calificado. Este personal estará de manera permanente hasta la culminación de la obra contratada. En caso de que por cualquier motivo uno de estos trabajadores se separe de la Contratista, ésta tiene la obligación de reemplazarlo en 1 día hábil con otro trabajador con la misma calificación.

- El Contratista deberá ejecutar la obra en forma competente y cuidadosa, con personal calificado, y en estricta conformidad con el presente Contrato.

- La CONTRATANTE se reserva el derecho de rechazar cualquier empleado de la Contratista que a su juicio sea incompetente, descuidado o no calificado para el desempeño de su trabajo, insubordinado o culpable de mala conducta y que de cualquier forma ponga en peligro a sus compañeros o las relaciones con terceros. La Contratista se obliga a reemplazarlo en el plazo de 2 día hábiles.

- Es responsabilidad del Contratista asumir los pagos de beneficios sociales a sus trabajadores y otras contribuciones de acuerdo a las leyes nacionales vigentes.

- La Contratista incluirá en sus reglamentos y pondrá énfasis en el cumplimiento de la siguiente disposición: queda terminante prohibido el consumo de alcohol y de sustancias psicotrópicas en todas las áreas de trabajo, e igualmente queda prohibido el proselitismo político y religioso en cualquier forma. El incumplimiento de esta norma dará lugar a que LA CONTRATANTE exija la desmovilización de la persona, sea técnico u obrero.

- El Contratista deberá, en todo tiempo, mantener las áreas de trabajo libres de materiales, desperdicios o desechos acumulados por sus empleados y, al finalizar las labores diarias, deberá retirar todos los desperdicios, herramientas y materiales sobrantes, dejando las áreas de trabajo en condiciones de orden y limpieza.

11. El Contratista obedecerá totalmente las órdenes de la fiscalización responsable en el sitio, también realizará el trabajo bajo su orden.

12. Si Debido a razones propias del Contratista, ésta sea incapaz de cumplir con el avance de obras, la calidad, la cantidad de personal del sitio y otros requerimientos, la Contratante tiene derecho a notificar a la Contratista para que proceda a hacer el ajuste dentro de 3 días laborables. Si la Contratista en este tiempo no podría cumplir con los requisitos, la Contratante tiene derecho a notificar a la Contratista en 3 días hábiles la recisión del contrato. Y la Contratista asumiría toda responsabilidad de las pérdidas y gastos de la Contratante, quien tendrá derecho de indemnización.

13.- El contratista entregará a la contratante los cronogramas de ejecución, el valorado y el organigrama

14. EL CONTRATANTE facilitará los medios, permisos, trámites y demás requerimientos necesarios para la entrada del personal del contratista al sitio de trabajo.

DECIMA PRIMERA: Jurisdicción y Controversias.-

Toda controversia o diferencia derivada de este contrato, será resuelta directamente entre las partes y si esto no fuere factible, se solicitará la asistencia de un mediador del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito.

En el evento que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, en el plazo de ocho días calendario desde su inicio, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo este plazo, las partes someterán sus controversias a la resolución de tres árbitros, que se sujetarán a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación, al Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de la Construcción de Quito y a las siguientes normas: a) Los árbitros serán seleccionados conforme a lo establecido en la Ley de Arbitraje y Mediación; b) Las partes renuncian a la jurisdicción ordinaria, se obligan a acatar el laudo arbitral y se comprometen a no interponer ningún tipo de recurso en contra el laudo arbitral; c) Para la ejecución de medidas cautelares, los árbitros están facultados para solicitar el auxilio de los funcionarios públicos, judiciales, policiales y administrativos, sin que sea necesario recurrir a juez ordinario alguno; d) El procedimiento será confidencial y en derecho; e) El lugar del arbitraje será las instalaciones del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de la Construcción de Quito; y, f) El idioma del arbitraje será el español; y g) En caso de reconvención, ésta seguirá los procedimientos antes pactados para el arbitraje principal.

DÉCIMA TERCERA: Notificaciones.-

Para toda la información derivada o relacionada con el presente Contrato las partes determinan los siguientes

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