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Sobre arraigo domiciliario

Enviado por   •  29 de Mayo de 2018  •  1.984 Palabras (8 Páginas)  •  416 Visitas

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El arraigado cuenta con todos los derechos de cualquier ser humano en libertad. Debemos recordar que no está detenido si no sujeto a una investigación y si bien se encuentra privado de su libertad, tiene acceso a los derechos más elementales.

Alimentos, comunicación con familia y abogado cuantas veces lo requiera, acceso a su expediente para consulta, los derechos constitucionales a no auto incriminarse, y sin duda uno de los más importantes es, solicitar del juez que haya autorizado la medida cautelar, que la deje sin efecto cuando el indiciado considere que la causa que haya originado su arraigo, haya desaparecido, es decir, que de las probanzas practicadas se acredite que no hay indicios suficientes para considerarlo como probable responsable.

Existen casos, en donde el ministerio publico arraiga a un sujeto, lo somete a una escrupulosa investigación, y de la práctica de diversas diligencias hace insostenible la existencia de un grupo delictivo en los términos de la Ley contra la delincuencia organizada, o bien, hace imposible al menos de manera momentánea, la participación del arraigado en tal o cual delito. En estos casos, la defensa, ya sea particular o publica, puede solicitar del juez otorgante de la medida, observe que las pruebas practicadas dan un norte jurídico distinto al planteado originalmente, y para ello, es que el ministerio publico pone a disposición del indiciado, de su defensa y del propio juez, la averiguación previa, a efecto de que en cualquier momento pueda ser revisada por las partes y la autoridad, sin embargo, en la práctica son muy pocas las veces que se ha observado que un juez que permita el arraigo revise constantemente si no es a solicitud de parte.

Como concluye el arraigo?:

(lamina 5)

- Por el transcurso del tiempo, esto es, culmina el plazo otorgado y el ministerio público no solicita su extensión o habiéndola solicitado, el juez lo niega.

- Porque de la práctica de las probanzas, se advierte que el arraigado o no es considerado más como probable responsable, o bien no se acredito la existencia del grupo delictivo, o de los supuestos delitos cometidos.

- Por el ejercicio de la acción penal, en donde el ministerio publico obtenga de un juzgado la orden de aprehensión correspondiente. En este caso, deberá informar al juez que otorgara el arraigo, que la práctica de dicha medida cautelar cesara efectos una vez que se cumplimente la orden de aprehensión respectiva, y se remitirá un cuadernillo o tanto del expediente, hasta el pliego consignatorio y la obtención de la orden de aprehensión.

Quien autoriza el arraigo:

Antes cualquier juez de distrito podía autorizarlo, ahora después de las reformas del 2008, se establecieron Juzgados especializados en arraigos, cateos e intervención de comunicaciones y es a ellos ante quien se solicitan dichas medidas cautelares a través de escritos, comunicaciones telegráficas e incluso fax.

Cuanto puede durar el arraigo:

Hasta 80 días, dividiéndose en plazos que en primer orden no deba exceder de 40 y del doble si se estima estrictamente necesario. Lo anterior de conformidad con el artículo 16 de la constitución y 133 bis del Código Federal de procedimientos penales.

En Baja California, es una práctica común la solicitud de dicha medida cautelar en función al impacto delictivo de secuestros, tráfico de personas indocumentadas, y contra la salud, lo anterior en virtud de ser frontera y paso lamentable de narcóticos, indocumentados y por ende, actividades conexas.

Es cuanto tengo que exponer señores sinodales, muchas gracias por sus atención y el tiempo otorgado a este pasante.

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