TITULARIDAD DE DERECHOS HUMANOS POR PERSONAS MORALES A PARTIR DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DEL 2011
Enviado por Mikki • 11 de Marzo de 2018 • 7.113 Palabras (29 Páginas) • 577 Visitas
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Esto querría decir que al redactar el artículo se pensó que, tanto las personas físicas como las personas morales deben gozar de los mismos derechos humanos.
Derivado de lo antes mencionado, considero que se debe hacer una clara distinción entre si estos derechos son aplicables para personas físicas y morales, y si es así, aclarar las diferencias entre los derechos que les aplican y la forma de ejercitarlos.
I. ANTECEDENTES
- Nacionales
Una constitución se entiende como la ley fundamental de cada sociedad y la base del orden jurídico de ella, en esta se determinan cosas como: la forma del Estado, atribuciones y límites del poder público y derechos y deberes para las personas que conforman la sociedad.
Mexico ha tenido varias Constituciones a lo largo de su historia, en cada una de ellas, de una forma distinta atendiendo a un momento y a una situación diferente, se fueron reconociendo algunos derechos fundamentales para proteger a la población de abusos cometidos por el Estado, ya sea por españoles durante la conquista o por los mismos mexicanos que se encuentren en el poder.
- Ley de las Indias
La Ley de las Indias surge como una forma de evitar los abusos cometidos por los españoles hacia los indígenas. Estas son emitidas en una forma desordenada y en diferentes momentos. En 1681 el rey Carlos II promulgó este contenido en un solo cuerpo legal que fue conocido como: Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias.[2]
En este momento los derechos fundamentales del hombre no eran llamados derechos humanos, no tenían un nombre determinado, pero se les concedían algunos derechos a los indígenas que se podrían considerar derechos humanos de hoy en día, tales como: la regulación jurídica de la familia, el establecimiento de la condición jurídica de la mujer, el derecho de la propiedad, el derecho de sucesión y las obligaciones.
En este momento histórico eran muy pocos los derechos que poseían los indígenas, ya que con la conquista se les impuso el derecho español, respetando algunos derechos y costumbres propios de la cultura indígena, pero a pesar del respeto a estos derechos y a la Ley de Indias, los indígenas continuaban sufriendo múltiples violaciones hacia su dignidad, integridad física y cultura.
- Constitución de Cádiz
España se encontraba en crisis y tenía la necesidad de reorganizar al Estado completo, de esta forma el 24 de septiembre de 1810 se reunió la corte de Cádiz, integrada por 308 diputados. El 19 de marzo de 1812 es emitida esta Constitución con el nombre de Constitución Política de la Monarquía Española.
Algunos historiadores, como José Pablo Abreu consideran esta la primera Constitución mexicana ya que el Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba hicieron de esta el estado de derecho de la patria emancipada. [3]
Dentro de esta Constitución se consagran algunos derechos como: el derecho a la igualdad, a la libertad, a la seguridad y a la propiedad.
Aunque esta Constitución presentaba una gran problemática, no reconocía como ciudadanos a aquellos que tuvieren sangre negra, al menos que cumplieran ciertos requisitos3 y solicitaran una carta de ciudadanía. Con esta restricción hacia la gente de raza negra no se puede hablar de un derecho de igualdad pleno.
- Constitución de Apatzingán
La Constitución de Apatzingán fue firmada el 22 de octubre de 1814, fue elaborada por Ignacio López Rayón a petición de Miguel Hidalgo, inspirada por don José María Morelos y Pavón.
En esta Constitución en su artículo 24 se establecía que el objeto de la institución de los gobiernos y el principal y único fin de las asociaciones políticas consiste en que todas las personas gocen de igualdad, seguridad, propiedad y libertad, y enuncia que las metas del Estado deben ir encaminadas a la felicidad del pueblo. A pesar de que se les reconocen estos derechos a las personas, no son en sí derechos humanos y no obligan al Estado a respetarlos.
Sin embargo, esta Constitución nunca entró en vigor en el Mexico independiente.
- Constitución de 1824
La Constitución Federal de octubre de 1824 fue la primera constitución mexicana que realmente rigió al Mexico independiente. [4]
Se dice que esta constitución no contiene los derechos del hombre ya que no tiene un listado de estos, sin embargo establece prohibiciones al dictado de leyes o mandamientos emitidos por la autoridad que puedan afectar ciertas áreas de conducta de los habitantes. Esta Constitución se limita a fijar la estructura de los poderes federales y deja a las constituciones de las entidades federativas la emisión de una declaración de derechos.
- Acta de reformas
En este momento, durante el año 1847, se estaba dando la discusión de si se debía seguir rigiendo a través de la Constitución del 24 o se debía implementar una nueva, ya que la que estaba en vigor en ese momento era considerada anacrónica.
La solución a esto fue hacer una especie de puente entre la Constitución del 24 y la futura Constitución de 1857 a través del Acta de Reformas.
En este documento en su artículo 5° se establece que: “para asegurar los derechos del hombre que la Constitución reconoce, una ley fijará las garantías de la libertad, seguridad, propiedad e igualdad de que gozan todos los habitantes de la república, y establecerá los medios de hacerlas efectivas.
Así mismo en su artículo 25° se establece que:
Los tribunales de la federación amparan a cualquier habitante de la Republica en el ejercicio de la conservación de los derechos que le concede la Constitución y las leyes constitucionales, contra todo ataque de los poderes, legislativo y ejecutivo, ya de la federación, ya de los estados, limitándose dichos tribunales a impartir su protección en el caso particular sobre que verse el proceso, sin hacer ninguna declaración general respecto de la ley o acto que lo motivare. [5]
Por su parte el maestro Herrera y Lasso sostiene que en este artículo se encuentra la idea madre del juicio de amparo.
- Constitución de 1857
La Constitución Política de la Republica
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