Teoria general del derecho. El naturalismo y el positivismo tuvieron enfrentamientos por años, donde prevaleció el positivismo.
Enviado por tomas • 30 de Marzo de 2018 • 3.513 Palabras (15 Páginas) • 442 Visitas
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- Derecho a la personalidad:
-como atributo al individuo: aquel que se da al nacer:
- Derecho a la vida: protección del estado desde la concepción.
- Derecho a la libertad física o individual: protege libertad, puede ser privada por orden judicial.
-derecho al honor: privacidad protege, principio de reserva.
-derecho a la integridad corporal: lesiones por aquel que la provoca. Dolosa, culposa.
- Nombre:
-es aquel que lo identifica ante el resto de la sociedad.
-naturaleza jurídica: atributo a la personalidad.
-policía civil: para establecer orden social se da nombre.
-apellido: identifica como familia, presenta dificultades ante gestos matrimoniales (reconocimiento), obligatoriamente debe llevar el del padre.
-adopción:
1-plena: obligatoriamente pone apellido del adoptante, rompiendo vínculos con la de origen. Aunque el adoptado al cumplir la mayoría de edad puede solicitar agregar el apellido de sangre biológica.
2-no plena o simple: no se rompe parentesco entre el adoptado y su familia de origen. Establece vínculo solamente entre la persona adoptada y el adoptante.
Matrimonio: antes se usaba por ejemplo apellidos “de la vega” al casarse agregado a la mujer.
Separación: antes llevaba al menos 2 años, actualmente no (divorcios exprés) la mujer puede usar el apellido si era identificada generalmente así, a menos que el marido lo impida con causa justa (jurídicamente)
Divorcio: se quita definitivamente el apellido del marido, puede ser solicitado si era conocida socialmente así. Con la muerte del marido la mujer no está obliga a seguir llevando el apellido, al casarse nuevamente llevaría otro.
-cambio o adicción de nombre: se acredita una razón justa si se requiere cambiar el nombre, como
a) si tiene un significado ridículo o tiende a bromas
b) si el nombre impuesto es contrario al culto religioso (ejemplo: anarquía, ateo); c) si se cometieron errores al ingresar el nombre debido a error del servidor público, o si el nombre ha sido deshonrado.
- Domicilio:
Lugar que la ley fija como asiento o sede principal donde se producen efectos jurídicos, tener domicilio tiene que ver con el orden social.
-Domicilio general: va a la generalidad de actos jurídicos. Este puede ser:
a) real (art89, C.C): establecido centro de la actividad comercial principal no residencial.
-material: residencia
-corpus y ánimos: voluntad de estar y lugar donde está.
b) legal: la ley lo presume, sin admitir prueba en contra que una persona reside de una manera permanente. (Ejemplo: militares, un domicilio de regimiento)
-domicilio especial: excepción
Persona jurídica: donde se encuentra el directorio, sede principal.
Estado:
- posición jurídica que ocupan dentro de la sociedad.
- Conjunto de cualidades que van a calificar cualidades de una persona.
Hay 3 puntos de vista:
- Persona considerada a sí misma: sexo, edad, estado de salud.
- Familia: la persona, casado, soltero, viuda, padre, hijo.
- Sociedad donde vive: nacional o extranjero.
Imprescriptible: con el paso del tiempo no debería modificarse. Inalienable: no está en el comercio jurídico (no se puede comprar o vender)
Nacimiento:
- Derecho civil condiciona por que debe nacer con vida, prueba científica.
- Es punible.
- Plazo máximo 300 días y plazo mínimo de 180 (tiempo de concepción según C.C)
Muerte:
- Medico certifica, acredita muerte y presencia del cadáver.
- Sin cadáver no se puede imputar homicidio.
- Legislación penal, no existe autoincriminación, el que imputa es el juez, no el fiscal. El fiscal abre recursos.
- Ordenamiento civil, ausencia con presunción de fallecimiento, se acredita 3 años desde que se dejo de ver a una persona, se realiza un juicio, no es obligatorio.
#la ciudad de buenos aires tiene estatus jurídico propio.
Estado: convivencia humana, conformando orden para desarrollo humano (grupo de personas que eligen vivir en determinado lugar)
Nación: componente sociológico-político (grupo conviviente que se organiza políticamente para el resguardo de sus derechos)
Estado nación: formada a partir de la revolución francesa (1789) es una nación política y jurídicamente organizada. Para ser estado nacional tiene que tener 3 componentes objetivos para ser reconocida como tal:
- Población: debe tener elemento, componente humano.
- Territorio: esa población debe estar asentada en un territorio.
- Soberanía: no debe haber poder sobre otro, reconocer otro poder.
- Subjetivo: deseo de pertenecer a esa nación.
Existen poblaciones sin territorio y al no tener territorio no pueden ejercer soberanía.
Gobierno: función propia de la administración pública.
Derecho penal:
- potestad que tiene el estado de sancionar a un individuo que viola una norma que está establecida
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