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“Trabajo de Investigación” “EL JUEGO COMO FENOMENO CULTURAL Y DERECHO”

Enviado por   •  31 de Julio de 2018  •  5.036 Palabras (21 Páginas)  •  287 Visitas

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Para seguir con el desarrollo del trabajo tomaremos como segundo texto, que he hecho referencia anteriormente es la Convención de los Derechos del Niño. Para ello se tomaron algunos datos importantes para poder ampliar esta información: En la reforma constitucional de 1994 en nuestro país, tal Convención, queda incluida en la nueva Carta Magna. De esta manera, se introduce un instrumento que reconoce derechos exigibles en materia de niñez, lo cual supone concebir a los niños como acreedores de una protección especial en virtud de las necesidades de su propio proceso evolutivo y como ciudadanos plenos (Varela, 2008) y esto, no es un dato menor.

El juego no solo está presente en la Convención de los Derechos del Niño, sino también está amparada en la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Ley 26.061), en el artículo 20, “Derecho al deporte y juego recreativo”, donde se establece: “Los Organismos del Estado con la activa participación de la sociedad, deben establecer programas que garanticen el derecho de todas las niñas, niños y adolescentes a la recreación, esparcimiento, juegos recreativos y deportes, debiendo asegurar programas específicos para aquellos con capacidades especiales”( Ley Nacional Nro.26.061, 2005, pág. 5)

En este artículo, lo que se plasma, es la necesidad de que haya un espacio en donde el niño/a pueda desarrollarse libremente, en un ambiente de juego; de recreación. Es de suma importancia, que tanto en las grandes ciudades, como en los pequeños pueblos se cuenten con lugares en donde el jugar, sea una prioridad ante todo. Creaciones de espacios culturales, en donde no sólo se enseñen juegos, sino que también toda una rama de ofertas culturales: teatro, cine, por ejemplo. Además, no podemos dejar de mencionar a la Ley de Educación Nacional (26.206); dicha ley, en su artículo 27, inciso k, establece como objetivo para la educación inicial y primaria necesidad de promover “el juego como actividad necesaria para el desarrollo cognitivo, afectivo, ético, estético, motor y social” (Ley Nacional de educación Nro. 26.206 ,2006).

Dentro de lo que es la Ley 13.298 “Ley de Promoción y Protección integral de los derechos del Niño”, no se puede observar con claridad como en el de Educación Nacional un artículo que ampare el juego de forma específica. La sanción de la Ley provincial N° 13.298 marcó un hito en el proceso de construcción del Sistema de Promoción y Protección de los Derechos del Niño (SPPDN) en la provincia de Buenos Aires. Esta Ley resultó de un largo y sinuoso camino recorrido por legisladores, funcionarios del Poder Ejecutivo y referentes de organizaciones de la sociedad civil vinculados con la defensa de los derechos de los Niños, Niñas y Adolecentes

Para seguir analizando quise averiguar lo siguiente:- ¿Qué importancia se le da al juego dentro de las instituciones? En muchos casos las situaciones de juego dependerán de la docente, que es la que propiciara el juego dentro de la sala, como así también la institución toma como eje fundamental el juego dentro de las salas.

Pero no solo se da dentro de las Instituciones escolares el derecho al juego sino también en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se creó un organismo especializado en Infancia que tiene como finalidad promover, proteger y garantizar los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes en la Ciudad de Buenos Aires. Este organismo es el Consejo de los Derechos de los niñas, niños y adolescentes, el cual fue creado en el año 1998, cuando la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sanciona la Ley 114 de Protección Integral de los Derechos de los Niños y lo instituye como organismo especializado para la promoción y articulación de las políticas públicas destinadas a la población infanto-juvenil.

Posteriormente en el año 2007, con la ley 26.061 de Promoción y Protección de Derechos de niñas, niños y adolescentes, el Consejo se convirtió en Autoridad de Aplicación, adoptando aquellas medidas de protección integral de derechos en articulación con la familia, la comunidad, los organismos estatales y el Poder Judicial.

Ahora bien, en cuanto a las políticas referidas al juego en la C.A.B.A, no queremos dejar de mencionar a las Juego tecas barriales, que son parte de las políticas llevadas a cabo por el área de Desarrollo Social. Estas últimas, son espacios de juego y propuestas lúdico-creativas para niños entre 2 y 13 años de edad. Donde se proponen encuentros de dos horas por cada grupo etario, dos o cuatro veces por semana, en un contexto institucional y con un equipo interdisciplinario a cargo.

Estas actividades que son llevadas a cabo, tienen como objetivo el despliegue lúdico a través de diversas experiencias creativas- expresivas con una perspectiva de participación activa de niños, niñas y sus familias en la propuesta a desarrollar.

Además, se busca contribuir al desarrollo integral de los pequeños y pequeñas desde el abordaje de la actividad lúdica creativa, en el marco de un espacio significativo para ellos y la comunidad, gestionando en conjunto con organizaciones sociales e instituciones comunitarias.

En las juegotecas los chicos y las chicas, pueden hacer talleres de plástica, música, teatro, títeres, organizar actividades especiales con docentes y pares, jugar con gran variedad de objetos o salir de paseo.

Cada juegoteca es diferente, y eso sucede, ya que cuenta con los diversos intereses de los niños y niñas, los de sus familias y barrios.

En estos espacios las niñas y niños pueden jugar, aprender, compartir, crear, decidir. Ahora bien, en esta línea, nos interesa abordar el ejercicio de este derecho en la Educación Argentina y más específicamente en el Nivel Inicial.

La Ley de Educación Nacional (2006), en el artículo 20, ya citado, menciona entre los objetivos del Educación Inicial lo siguiente: “Promover el juego como contenido de alto valor cultural para el desarrollo cognitivo, afectivo, ético, estético, motor y social” ( Ley Nacional de educación Nro. 26.206 ,2006).

Por lo cual ubica al juego en un lugar que anteriormente no se le otorgaba.

Frente a esto, diremos que la escuela, es un espacio institucional de socialización y alfabetización cultural, que, sin dudas, propiciará y condicionarán el ejercicio del derecho al juego.

Por eso dentro de las Instituciones escolares como marca en el libro “El juego en el nivel inicial”. Fundamento y reflexiones en torno a la enseñanza, de Patricia Sarle propone que los docentes como los directivos deben ser capaces de garantizar una educación de calidad, sobre todo en los niños que

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