ELIMINACIÓN DE LAS SALVAGUARDIAS Y SU IMPACTO ECONÓMICO EN LAS EMPRESAS QUE OFERTAN PRODUCTOS LÍNEA BLANCA
Enviado por Helena • 10 de Enero de 2019 • 3.241 Palabras (13 Páginas) • 407 Visitas
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Estas medidas a la importación consisten en establecer una tasa o tarifa aduanera que grava un país a la entrada de una mercancía extranjera, provocando así una subida en el precio de venta interno del producto importado, con el fin de proteger la producción local en determinados sectores. Hay aranceles específicos que tienen en cuenta el cambio de moneda y no el valor del producto a importar. El nivel de impuestos puede ser distinto dependiendo de cuál sea el país de procedencia del producto, según los acuerdos y convenios internacionales que tenga firmado el estado importador. Esto podría originar importantes agravios comparativos entre los potenciales exportadores. Los aranceles se utilizan como instrumentos para proteger el comercio frente al exterior.
Las Barreras arancelarias más utilizadas son:
Arancel de Aduanas Comunitario (Externo común): Es el nivel de arancel que rige el intercambio entre los países integrantes de una comunidad o grupo de países, estableciendo una estructura arancelaria acordada para cada sector económico de los países miembros y por lo tanto, es el único elemento de protección comercial de la Comunidad frente a terceros (Sanchez, 2006)
Derechos Ad Valorem: Es el porcentaje sobre el valor de la mercancía; es el valor agregado (Sanchez, 2006) Derechos Específicos: Se expresan por unidades monetarias a percibir por unidad de cuenta o medida, éstas pueden ser de longitud, peso, superficie, de grado alcohólico, de capacidad o de cuenta (Sanchez, 2006)
Derechos Mixtos: Se aplica simultáneamente un derecho ad valorem y uno específico.
Se usa con frecuencia en productos agrarios de primera o segunda transformación. Derechos Compuestos: Consiste en la fijación de un derecho ad valorem que se pone en dos casos.
- El primero un límite inferior mediante un derecho especifico, que será el mínimo de percepción.
- El segundo un límite superior mediante un derecho especifico, que será el máximo de percepción.
Contingentes: Las cuotas o contingentes son restricciones o límites a la cantidad y/o valor de las importaciones y/o exportaciones de diversas mercancías, durante un periodo determinado de tiempo, administradas globalmente, selectivamente o bilateralmente, con el objetivo de defender su industria nacional. En ciertos países frente a estas barreras existe la posibilidad de solicitar una provisión de licencia. Sin embargo, la concesión de la misma es, a menudo, prudencial y liberal (Sanchez, 2006)
Beneficios y perjuicios derivados de las barreras arancelarias
Son beneficiosas las barreras arancelarias para:
- El Estado: Porque obtiene ingresos adicionales, cada vez que se origina una importación de mercancías sujeta a la aplicación del arancel. Estos ingresos dependen del tipo impositivo (arancel) y de la base impositiva (volumen de importaciones).
- Los productores nacionales: Compiten con las condiciones de mercado a su favor, debido a que no se ven obligados a tomar como referencia el precio mundial, sino el precio mundial más el arancel. Tratarían de ser “artificialmente” más competitivos
Son perjudiciales las barreras arancelarias para:
- Los consumidores locales: Se verán obligados a consumir productos locales, poco competitivos, o incluso, dejar de consumir (por la disminución de la demanda).
- Los productores externos: Notarán cómo sus productos se vuelven menos competitivos y, por lo tanto, disminuyen sus posibilidades de generación de negocio en los mercados internacionales.
Salvaguardias aplicadas a las Importaciones del Ecuador
El 6 de marzo de 2015, el estado ecuatoriano anunció la aplicación de sobretasas arancelarias. De acuerdo a la resolución Nº 011-2015 del Ministerio de Comercio Exterior, son de carácter temporal y no discriminatorio que tienen como fin regular el nivel general de importaciones. Esta resolución entro en vigor el 11 de marzo de 2015.
En la resolución, se menciona que las sobretasas serán adicionales a los aranceles aplicables que se encuentren en vigencia. Además, quedan excluidas de esta medida las mercancías provenientes de países de menor desarrollo relativo que son miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración ALADI: Bolivia y Paraguay (Exterior, 2015)
La razón para justificar la aplicación de medidas de Salvaguardia, se debe al panorama externo impacta negativamente sobre la balanza de pagos para regular el nivel de las importaciones y equilibrar la Balanza Comercial. Una de las causas más importantes es la caída del precio del petróleo, el cual en el año 2014 se registró en USD 105,24 y a inicios del 2015 cayó hasta USD 47,49. (Ecuador, 2015)
Medidas de Salvaguardias aplicadas a las Importaciones
La medida de salvaguardia aprobada y aplicada tiene carácter transitorio y no discriminatorio y está sujeta a monitoreo permanente en los 15 meses para los cuales se ha previsto su vigencia.
Las sobretasas arancelarias oscilan entre el 5% y el 45% de acuerdo al tipo de productos, que gravarán desde materia primas no esenciales para la industria hasta bienes de consumo final. En la tabla Nº 2 se observa la aplicación de Salvaguardias a bienes y productos con el porcentaje respectivo.
Tabla 1: Sobretasas Arancelarias Aplicadas a Bienes y Productos
BIENES Y PRODUCTOS
PORCENTAJE
Bienes de capital y materias primas no esenciales
5%
Bienes de sostenibilidad media
15%
Cerámica, CKD (partes o piezas) de televisores y motos
25%
Bienes de consumo final, televisores y motos
45%
Fuente: Ministerio de Comercio Exterior (COMEX)
Elaborado por: La Autora
Estas medidas de salvaguardia por balanza de pagos afectarán al 32% de las importaciones, mientras que el 68% está exento. Además, son de carácter multilateral, es decir, su aplicación afecta a todos los países con los que Ecuador
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