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GUIA DE ESTUDIOS DERECHOS FUNDAMENTALES

Enviado por   •  21 de Marzo de 2018  •  14.758 Palabras (60 Páginas)  •  469 Visitas

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B I B L I O G R A F I A

- González de la Vega Francisco, Derecho Penal Mexicano. Los Delitos, Editorial Porrúa S.A. México DF.

- Jiménez Huerta Mariano, Derecho Penal Mexicano, Tomo 4 y 5, Editorial Porrúa S.A. México DF.

- Carranco y Rovas Raúl, Derecho Penitenciario, Cárcel Penal en México, Editorial Porrúa S.A. México DF.

- Código Penal para el Distrito Federal, Editorial Porrúa S.A. México DF.

- Código Penal Comentado para el Estado de Guanajuato, Lic. Enrique Cárdenas Arizmendi y Lic. Cuauhtemoc Ojeda Rodríguez, Cárdenas, Editorial Irapuato Guanajuato.

I N T E G R A N T E S

- AMEZOLA GONZALEZ BLANCA ESTELA

- CONTRERAS REYES ROGELIO

- HERNANDEZ CRUZ ISAAC

- MORALES RODRIGUEZ JUAN MANUEL

UNIDAD I

DELITOS CONTRA EL ESTADO

- Delitos contra la seguridad del Estado.

Rebelión, Sedición, Motín, Terrorismo.

Rebelión

Comete el delito de rebelión los no militares que se levanten en armas con el fin de:

I.- Abolir o reformar la Constitución Política del Estado.

II.- Impedir la integración o el funcionamiento de las instituciones emanadas de la Constitución Política del Estado.

III.- Separar de sus cargos a alguno de los funcionarios del Estado, mencionados en el artículo 126 de la Constitución Política del Estado o a los miembros de los ayuntamientos. Artículo 241 del C.P. concordancia con el artículo 132 del C.P.F

Elementos del delito

Sujeto activo. (Calificado) Los no militares.

Sujeto pasivo. El Estado.

Conducta: Alzamiento en armas y organización, aunque sea rudimentaria, con existencia de jerarquía y distribución de funciones.

Finalidad:

I.- Abolir o reformar la Constitución Política del Estado.

II.- Impedir la integración o el funcionamiento de las instituciones emanadas de la Constitución Política del Estado.

III.- Separar de sus cargos a alguno de los funcionarios del Estado, mencionados en el artículo 126 de la Constitución Política del Estado o a los miembros de los ayuntamientos.

CARACTERISTICAS DEL DELITO

Sanción.- corporal de dos a diez años de prisión. Delito grave, no admite caución

Pecuniaria de diez a cincuenta días multa.

Admite tentativa

Bien jurídico tutelado, La seguridad del Estado.

En cuanto a los sujetos que intervienen:- Plurisubjetivo.

Forma de exclusión del delito, deponer las armas antes de ser tomado prisionero. Artículo 242 C.P.

Sedición

A quienes en forma tumultuaria y violenta resistan o ataquen a la autoridad para impedir u obstaculizar el ejercicio de sus funciones, se les aplicará de tres meses a tres años de prisión y de tres a treinta días multa.

Elementos del delito

Sujeto activo. Calificado: Grupo tumultuario.

Sujeto pasivo; la autoridad.

Conducta. Resistir o atacar a la autoridad.

Finalidad: Impedir u obstaculizar el ejercicio de sus funciones.

Características del delito

Sanción: Corporal: Admite libertad provisional, en los términos del artículo 387 del C.P.P.

Pecuniaria. De diez a 75 días multa.

Admite tentativa.

Bien jurídico tutelado: Seguridad del Estado.

Forma de persecución: De oficio.

Forma de culpabilidad: Dolosa.

En cuanto a los sujetos que intervienen: Plurisubjetivo

Concordancia: Artículo 130 Del Código Penal del D.F.

Motín

A quienes para ejercitar un derecho o pretendido derecho tumultuariamente empleen violencia en las personas o cosas, se les aplicara de seis meses a dos años de prisión y de 5 días a 20 días multa.

Elementos del delito

Sujeto activo. Calificado, grupo tumultuario

Sujeto pasivo. Cualquier persona.

Conducta: Emplear la violencia en personas o cosas.

Finalidad: Ejercicio de un derecho en forma indebida.

Forma de persecución. De oficio.

Forma de culpabilidad. Dolosa.

Presupuesto de la conducta: Existencia del previo derecho o

Pretendido derecho.

Características del delito

Sanción: de 6 meses a 2 años y de 5 a 20 días multa-

Corporal Admite libertad provisional. En los términos del artículo 387 del C.P.P.

Pecuniaria.- de 5 a 20 días multa

Admite tentativa-

Bien jurídico tutelado: Seguridad del Estado y la integridad física y patrimonial de las personas.

Forma de persecución:

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