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NULIDAD MARIO DEL ANGEL TANTOYUCA

Enviado por   •  15 de Julio de 2018  •  7.558 Palabras (31 Páginas)  •  353 Visitas

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D).- MARTÍN DEL ÁNGEL DEL ÁNGEL Y/O MARTÍN DEL ANGEL Y/O QUIEN LEGALMENE REEPRESENTE SUS DERECHOS, MIGUEL DEL ANGEL RAMIREZ; LA NULIDAD ABSOLUTA; Del instrumento público número DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO de fecha DIEZ de FEBRERO de dos mil uno, ante la fe del Licenciado LUCIANO BLANCO GONZALEZ NOTARIO PUBLICO NÚMERO CUATRO, de esta tercera demarcación notarial e inscrito en el Registro Público de la Propiedad de ésta ciudad bajo el número 119, Sección Primera, de fecha 6 de marzo de dos mil uno, escritura por la cual el señor MARTÍN DEL ÁNGEL Y/O MARTÍN DEL ÁNGEL DEL ÁNGEL DONA SIN EL CONSENTIMIENTO DE SU ESPOSA MARÍA ANGELA RAMÍREZ MENDOZA Y/O ANGELA RAMÍREZ DEL ÁNGEL Y/O ESPERANZA RAMÍREZ AL C. MIGUEL DEL ANGEL RAMIREZ, un predio urbano con casa habitación con superficie de 800 metros cuadrados, ubicado en la esquina que forman la calle Río Tamesí y la Avenida Platón Sánchez de esta ciudad con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: En 40 metros linda con el señor JUAN BUSTOS; AL SUR: En 40 metros linda con camino el carrizal, actualmente calle Río Tamesí; AL ESTE: En 20 metros linda con la carretera a Platón Sánchez, actualmente Avenida Platón Sánchez; y AL OESTE: En 20 metros linda con terreno vacante, cuyo predio forma parte del acervo hereditario de mis difuntos padres MARTÍN DEL ANGEL DEL ÁNGEL Y MARÍA ANGELA RAMÍREZ MENDOZA Y/O ANGELA RAMÍREZ DEL ÁNGEL Y/O ESPERANZA RAMÍREZ, donación totalmente inexistente por lo ilícito del acto por no existir el consentimiento del cónyuge. Así también se anulen todos y cada uno de los actos derivados de éste documento viciado de nulidad.

E).- DE MIGUEL DEL ANGEL RAMIREZ y FLORINDA LARA JUÁREZ; LA NULIDAD ABSOLUTA; Del instrumento público número OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS de fecha veinte de abril de dos mil nueve, ante la fe del Licenciado LUCIANO BLANCO GONZALEZ NOTARIO PUBLICO NÚMERO CUATRO, de esta tercera demarcación notarial e inscrito en el Registro Público de la Propiedad de ésta ciudad bajo el número 227, Sección Primera, de fecha veintiséis de mayo de dos mil nueve, escritura por la cual el señor C. MIGUEL DEL ANGEL RAMIREZ DONA A LA SEÑORA FLORINDA LARA JUÁREZ un predio urbano con casa habitación con superficie de 800 metros cuadrados, ubicado en la esquina que forman la calle Río Tamesí y la Avenida Platón Sánchez de esta ciudad con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: En 40 metros linda con el señor JUAN BUSTOS; AL SUR: En 40 metros linda con camino el carrizal, actualmente calle Río Tamesí; AL ESTE: En 20 metros linda con la carretera a Platón Sánchez, actualmente Avenida Platón Sánchez; y AL OESTE: En 20 metros linda con terreno vacante, cuyo predio forma parte del acervo hereditario de mis difuntos padres MARTÍN DEL ANGEL DEL ÁNGEL Y MARÍA ANGELA RAMÍREZ MENDOZA Y/O ANGELA RAMÍREZ DEL ÁNGEL Y/O ESPERANZA RAMÍREZ, donación totalmente inexistente por lo ilícito del acto por no existir el consentimiento del cónyuge en el anterior acto jurídico del demandado MARTÍN DEL ÁNGEL RAMÍREZ. Así también se anulen todos y cada uno de los actos derivados de éste documento viciado de nulidad.[pic 6]

F).- Los gastos y costas del presente juicio.

G).- Los daños y perjuicios ocasionados a los bienes raíces descritos por las ventas ilícitas y por su ocupación ilegal y que son motivo de este juicio.

H).- DEL C. LIC. LUCIANO BLANCO GONZALEZ NOTARIO PÚBLICO ADSCRITO A LA NOTARIA PÚBLICA NÚMERO CUATRO De Tantoyuca, Veracruz, la cancelación total del primer testimonio de la escritura pública número dos mil doscientos treinta y seis de fecha nueve de febrero de dos mil uno, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo el número 116, sección primera, de fecha seis de marzo de dos mil uno, misma que ampara la propiedad de una superficie 62-86-00 Hectáreas con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: En línea quebrada mide 990.77 metros con los lotes 120 y 122, AL SUR: En línea quebrada mide 1079.36 metros con lote 174 y camino al Rincón; AL ESTE: En 414.83 metros con lote 163 Y AL OESTE: En línea quebrada mide 1120.86 con lote numero 120 y camino de Tierra Blanca a Arroyo Hondo; Como consecuencia de ello su total cancelación en el libro de control y protocolos que lleva la Notaría Pública número CUATRO a cargo del demandado.

I).- DEL C. LIC. LUCIANO BLANCO GONZALEZ NOTARIO PÚBLICO ADSCRITO A LA NOTARIA PÚBLICA NÚMERO CUATRO De Tantoyuca, Veracruz, la cancelación total del primer testimonio de la escritura pública número siete mil doscientos setenta y ocho, de fecha cuatro de marzo de dos mil ocho, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad de ésta ciudad bajo el número 415, Sección Primera, de fecha 4 de julio de dos mil ocho, escritura por la cual el señor MIGUEL DEL ÁNGEL RAMÍREZ Y SU SEÑORA ESPOSA FLORINDA LARA JUÁREZ venden a los CC. JUSTO Y SANTIAGO de apellidos SANCHEZ CRISTOBAL, una fracción del predio rústico denominado lote ciento veinte “A” ubicado en Ex-Hacienda de Tampamas de Este Municipio con superficie de 43-22-38.00 Hectáreas, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: En un vértice colinda con camino que conduce a Arroyo Hondo; AL SUR: En 1097.64 metros con lote 164 propiedad de Julio Orta Montelongo y en otra con el lote 120-A propiedad de Gregorio Lara, de por medio camino que va de Tierra Blanca al Rincón; AL ESTE: En 799.67 metros en parte con el lote 121 propiedad de Fortino Trejo y en la otra con el lote 122 propiedad de Rene Trejo, carril de por medio; y al OESTE: En 1067.67 metros en línea quebrada con el lote 120, propiedad de José Clemente Alarcón y camino de por medio de tierra blanca a arroyo hondo, cuyo predio forma parte de una superficie mayor de 62-86-00 Hectáreas, venta esta totalmente inexistente por lo ilícito del acto. Así también se anulen todos y cada uno de los actos derivados de éste documento viciado de nulidad.[pic 7]

J).- DEL C. LIC. LUCIANO BLANCO GONZALEZ NOTARIO PÚBLICO ADSCRITO A LA NOTARIA PÚBLICA NÚMERO CUATRO De Tantoyuca, Veracruz, la cancelación total del primer testimonio de la escritura pública número seis mil doscientos sesenta y ocho de fecha veintisiete de noviembre de dos mil seis e inscrito en el Registro Público de la Propiedad de ésta ciudad bajo el número 54, Sección Primera, de fecha 8 de febrero de dos mil siete, escritura por la cual el señor MIGUEL DEL ÁNGEL RAMÍREZ Y SU SEÑORA ESPOSA FLORINDA LARA JUÁREZ venden al C. GREGORIO LARA SALAZAR, una fracción del predio rústico denominado lote ciento veinte “A” ubicado en Ex-Hacienda de Tampamas de Este Municipio con superficie de 6-71-12.17 Hectáreas, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: En un vértice; AL SUR: En dos

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