DEMANDA DE RESTITUCION DE INMUEBLE ARRENDADO
Enviado por juanfeTeamo123 • 14 de Noviembre de 2018 • Apuntes • 821 Palabras (4 Páginas) • 502 Visitas
DEMANDA DE RESTITUCION DE INMUEBLE ARRENDADO
Señor(a):
JUEZ CIVIL PROMISCUO DE PIEDECUESTA (REPARTO)
E. S. D.
REF: PROCESO DE RESTITUCIÓN DE INMUEBLE ARRENDADO.
DEMANDANTE: JUAN FELIPE CAMARGO
DEMANDADO: THOMAS CAMARGO.
SILVIA CASTELLANOS DELGADO, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Bucaramanga, identificada con la cedula de ciudadanía Nº 1095825147 de Floridablanca y portadora de la tarjeta profesional de abogado Nº 3558 del C. S. de la J, obrando como apoderado de la señor JUAN FELIPE CAMARGO persona mayor de edad, con domicilio en Piedecuesta, identificado con la cedula de ciudadanía Nº 63355584 de Bucaramanga, me permito formular ante su despacho la presente DEMANDA DE RESTITUCION DE INMUEBLE ARRENDADO en contra de la señor THOMAS CAMARGO, quien es mayor de edad, su domicilio es la ciudad de Piedecuesta y se identifica con la cedula de ciudadanía Nº 91258125 de Bucaramanga. La demanda se fundamenta en los siguientes:
HECHOS:
PRIMERO. La demandante en calidad de arrendadora y el demandante como arrendatario celebraron un contrato de arrendamiento de un inmueble ubicado en la carrera 12 No 5-26 de Piedecuesta.
SEGUNDO. El contrato de arrendamiento se elaboró desde el día 15 de Marzo de 2017 por una duración de 12 meses (un año) comprendidos entre el 15 de Marzo del 2017 y el 15 de Marzo del 2018.
TERCERO. Se estipuló como canon de arrendamiento la suma de dos millones de pesos pesos moneda corriente ($2.000.000 M.C) el cual debe ser pagado por el arrendatario en forma anticipada dentro de los cinco primeros días de cada periodo contractual directamente al arrendador.
CUARTO. Como clausula penal por el incumplimiento del contrato, se fijó la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000 M.C) que pueden cobrarse ejecutivamente.
QUINTO. La obligación descrita en el hecho anterior no ha sido cumplida a cabalidad por el demandado desde el mes de Julio, Agosto, Septiembre y octubre del 2018 y la necesidad del arrendador de ocupar el inmueble con su propia habitación, razón por la cual ha venido siendo requerido por el arrendador para que haga entrega del inmueble en vista de la persistencia en el incumplimiento del pago en las fechas estipuladas.
SEXTO. El arrendatario ha realizado mejoras al inmueble, consistentes en el cambio total de la cocina, construcción de una habitación y cambio de los ventanales del segundo piso sin dar previo aviso al arrendador, olvidando que esta situación se advierte dentro de las cláusulas del contrato como una obligación a su cargo.
PRETENSIONES
PRIMERA. Se declare la terminación del contrato mencionado en los hechos primero y segundo de esta demanda por el incumplimiento en que ha incurrido el arrendatario en cuanto a las obligaciones de pago del canon de arrendamiento en las fechas estipuladas y por la realización de reformas en el inmueble sin previo aviso, las cuales se hayan expresamente mencionadas en el contrato.
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