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THE JAGTEN COMO PUNTO DE REFERENCIA PARA EL ANALISIS DEL TESTIMONIO DE LOS MENORES DE EDAD EN LOS DELITOS DE VIOLENCIA SEXUAL.

Enviado por   •  19 de Febrero de 2018  •  1.630 Palabras (7 Páginas)  •  498 Visitas

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Este regio filme refleja una tendencia creciente en cuanto a la proliferación de denuncias por abuso infantil. En nuestro país, los tribunales están atiborrados de estos, muchas veces presuntos hechos que pueden llegar a no comprobarse fehacientemente o, como ocurre con los imputados por este execrable tipo de acciones, los someten a la solitaria opinión de un perito psicólogo que establece si el relato del niño abusado es verosímil, lo que generalmente ocurre (en el guión se ha incluido la antigua afirmación de que "un niño nunca miente" y hasta una sugerida inducción al relato como deformación profesional). En todo lo demás, como los delitos de esta índole se producen generalmente en la intimidad, son de dificultosa y en muchas oportunidades forzada comprobación

Mensaje subliminal: aún en un "sistema social de bienestar", las injusticias puede corporizarse como en cualquier otro lugar del mundo, pues el hombre, al decir de Hobbes, "es lobo del hombre”.

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ANALISIS SOBRE EL TESTIMONIO DE MENORES EN DELITOS SEXUALES

La Corte Suprema advierte que deben prevalecer los testimonios de los niños víctimas de abuso sexual para emitir condenas por parte de los jueces.

la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia advirtió que los testimonios de niños víctimas de abuso sexual en Colombia deben ser tenidos en cuenta por los jueces para emitir una condena contra los responsables.

El alto tribunal consideró que no se pueden desestimar los relatos de los niños víctimas de estos actos, cuando se quieran confrontarlos con pruebas técnicas contrarias que pueden llevar a la impunidad en este tipo de casos.

La Corte Suprema insistió en su jurisprudencia que por el hecho de que sea un menor de edad el relato recogido dentro de un proceso, no puede desconocerse por parte de los jueces la condición de víctima de los niños y las protecciones especiales que tienen dentro de la Constitución.

“Considera la Sala que, en los casos en los cuales sean menores las víctimas de la violencia sexual, estos principios adquieren una mayor relevancia y aplicación, es decir, la declaración de la víctima constituye una prueba esencial en estos casos y como tal tiene un enorme valor probatorio al momento de ser analizas en conjunto con las demás que reposan en el expediente”, señala la Corte Suprema.

De igual forma el alto tribunal con ponencia del magistrado Leonidas Bustos, indica que si bien el juzgador debe tener diferentes elementos para desestimar pruebas al momento de imponer una condena por estos hechos, debe valorar cuidadosamente el testimonio del menor agredido sexualmente, y siempre debe garantizar “el pleno respeto de los derechos de los niños víctimas y testigos de delitos, atendiendo al interés superior que desde la Carta se les prodiga”.

El pronunciamiento lo hizo la Corte Suprema de Justicia al conocer el caso de un hombre quien pese a los testimonios de la víctima, familiares y la psicóloga de una Comisaría de Familia, el juez decidió absolver a un hombre señalado de abusar sexualmente de un menor en zona rural del municipio de Pamplona, Norte de Santander.

Dentro de los argumentos que se habían presentado en el juicio para absolver al hombre abusador, es que el supuesto hecho de abuso sexual se dio por retaliaciones por un despido laboral ejercido por el hombre acusado y la mamá del menor acusado.

Para la Corte “esta conclusión de los juzgadores desconoce el interés superior del niño y la prevalencia de sus derechos fundamentales, garantizada por el artículo 44 Superior y que compromete a las autoridades públicas, no solo para prevenir toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica, sino para perseguir y sancionar conforme con la ley a quienes ejecuten tales comportamientos”.

Así, la Corte Suprema de Justicia, a través de sus últimos pronunciamientos ha venido sosteniendo, que no es acertado imponer una veda o tarifa probatoria que margine de toda credibilidad el testimonio de los menores, así como el de ninguna otra persona por su mera condición, como suele ocurrir con los testimonios rendidos por los ancianos y algunos discapacitados mentales, con fundamento en que o bien no han desarrollado (en el caso de los niños o personas con problemas mentales) o han perdido algunas facultades sico-perceptivas (como ocurre con los ancianos). Tales limitaciones per se no se ofrecen suficientes para restarles total credibilidad cuando se advierte que han efectuado un relato objetivo de los acontecimientos. Tales planteamientos se acompasan con el denominado interés superior que ha adquirido el menor en la sociedad- concepto que como ya se indicó en precedencia, transformó sustancialmente el enfoque tradicional que informaba el tratamiento de los menores de edad.

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BIBLIOGRAFÍA

- Pelicula :The Jagten ( LA Caza), Thomas Vinterberg,Dianamarca 2012

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Sentencia SP9805 de julio 29 de 2015,CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL ,SP9805-2015 Rad.: 38716 (Aprobado Acta Nº 259) ,Magistrado Ponente Dr. José Leonidas Bustos Martínez Bogotá D.C., veintinueve de julio de dos mil quince.

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