NORMAS PARA DESECHOS DE BATERIAS EN VEHICULOS HIBRIDOS
Enviado por karlo • 22 de Noviembre de 2018 • 2.100 Palabras (9 Páginas) • 339 Visitas
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Los Estados miembros podrán eximir del cumplimiento de estos requisitos, a los productores que, dependiendo del tamaño del mercado nacional, pongan una cantidad muy pequeña en dicho mercado.
– Los Estados miembros velarán para que los usuarios finales reciban una información completa, especialmente a través d campañas de información, acerca de:
(a) los efectos potenciales de las sustancias empleadas sobre el medio ambiente y la salud humana;
(b) la conveniencia de no eliminar los residuos como residuos urbanos sin clasificar y de participar en su recogida selectiva con objeto de facilitar su tratamiento y reciclado;
(c) los sistemas de recogida y reciclado de que disponen;
(d) el papel que deben desempeñar en el reciclado de los residuos;
(e) el significado del símbolo gráfico del contenedor de basura tachado, y de los símbolos químicos Hg, Cd y Pb.
– Los Estados miembros velarán por que, a más tardar el 26 de septiembre de 2009, la capacidad de todas las pilas y acumuladores portátiles y de automoción aparezca indicada en los mismos de manera visible, legible e indeleble.
Respecto a este punto han aparecido una serie de comentarios durante los primeros años desde su promulgación, por ejemplo destacan los comentarios de EUROBAT (2006) que respecto al concepto de “capacidad”, propone sea reemplazado por rendimiento (“performance”). En particular EUROBAT indica que es recomendable considerar como datos a marcar los siguientes:
– Dimensiones de la batería;
– Rendimiento (capacidad de arrancar un motor);
– Durabilidad (“endurance”), corresponde a la relación entre energía almacenada y la tasa a la cual la batería se descarga durante su ciclo de vida;
– Seguridad.
5.2.2 Vehículos Usados
Debido a que una parte importante de las baterías usadas provienen de vehículos dados de baja, la gestión de estos últimos incide directamente en la gestión apropiadas de estas baterías.
El año 2000 la Unión Europea publicó la Directiva 2000/53/EC relativa a los vehículos al final de su vida útil (VFVU). Cada estado miembro quedó obligado a adaptar la norma a su legislación nacional. Esta directiva pretende minimizar los residuos procedentes de los VFVU.
La legislación relativa a VFVU introdujo objetivos de reciclaje claros e impone límites al uso de plomo, mercurio, cadmio y cromo hexavalente en la fabricación de vehículos nuevos. La Directiva exige que, a partir de 2007, sean los fabricantes los que asuman el coste del reciclado de todos sus vehículos; también obliga a los fabricantes a indicar el uso de materiales reciclables para facilitar la identificación. Por lo anterior, se ha generado una iniciativa privada denominada el International Dismantling Information System ó IDIS (Sistema Internacional de Información de Desmontaje), que genera información actualizada sobre los componentes de los vehículos, incluidos baterías.
5.3. CASO DE ESPAÑA
En España, el año 2004 se vendieron aproximadamente 400 millones de unidades de pilas y acumuladores, lo que supone alrededor de 15.000 toneladas. Los datos de recogida de las Centros de Acopio (CCAA) en 2004 son de tan sólo un 18%.
Con el objeto de poder incorporar al derecho interno la Directiva 2006/66/CE, y a su vez desarrollar y aplicar las prescripciones establecidas en la legislación vigente sobre residuos, el Ministerio de Medio Ambiente está desarrollando un instrumento legal por el que se regule la recogida y gestión ambiental de las pilas y acumuladores usados en España.
El Real Decreto tiene por objeto prevenir la generación de residuos de pilas y acumuladores, facilitar su recogida selectiva y su peligrosidad y evitar la eliminación de las pilas y acumuladores usados en el flujo de residuos urbanos no seleccionados.
El productor (incluyendo los importadores) estará obligado a hacerse cargo de la recogida y gestión de la misma cantidad y tipo de pilas y acumuladores usados que hay puestos en el mercado. Para hacer efectiva esta obligación, se podrá seguir alguna de las siguientes opciones: contribuir económicamente a los Sistemas Públicos de Gestión; establecer su propio Sistema de Gestión Individual; participando en un sistema integrado de gestión o establecer un sistema de depósito, devolución y retorno de las pilas y baterías usadas que haya puesto en el mercado.
Por primera vez se fijarán unos índices mínimos de recogida de residuos de pilas y acumuladores portátiles: el 25% para el 2012 y el 45% para el 2016. Para alcanzar dichos objetivos es fundamental la colaboración ciudadana. El Real Decreto propone ir más allá de la Directiva comunitaria al contemplar también unos índices mínimos de recogida para pilas y acumuladores de automoción, siendo de un 90% para el 2010 y el 95% para el 2012; y estableciendo para las industriales un objetivo de recogida (incluyendo importadores) para 2012 del 95%. Otro elemento novedoso del Real Decreto es que los productores tienen que cubrir todos los costos de gestión incluyendo las campañas de información pública.
5.4. CASO DE NORUEGA
Con la finalidad de configurar un sistema que garantizase el buen funcionamiento de la red nacional de recogida de baterías usadas, la totalidad de importadores y fabricantes de baterías de plomo que actúan en Noruega, crearon en 1993 un consorcio sin fines de lucro denominado AS Batteriretur24, asociado al mismo tiempo a las autoridades medioambientales noruegas.
El primer logro de este organismo fue facilitar a los usuarios la entrega de sus baterías usadas sin la necesidad de pagar ningún impuesto. Para ello se realizó una inspección nacional a talleres, desarmadurías, mayoristas y minoristas de baterías, cuyo resultado fue la creación de una categoría legal que distinguía oficialmente a los centros adecuados para funcionar como puntos de recogida de baterías usadas. En total, más de
10.000 locales repartidos por todo el país adquirieron la mencionada categoría. De esta manera, los usuarios noruegos poseían un punto de recogida a su alcance, allá donde se encontraran del país. Además, se obligó por ley a dichos centros a aceptar todas las baterías usadas que se les entregaran.
La industria secundaria no pertenecía
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