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Proyecto designacion de consejeros

Enviado por   •  14 de Enero de 2019  •  7.197 Palabras (29 Páginas)  •  358 Visitas

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- El artículo 9, numerales 2 y 3, del RE, dispone que en la designación de consejeros y Consejeras distritales, además de verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad señalados en la LGIPE, se atenderán los criterios orientadores que a continuación se citan, cuya aplicación deberá motivarse en el acuerdo de designación respectivo:

a) Paridad de género.

b) Pluralidad cultural de la entidad.

c) Participación comunitaria o ciudadana.

d) Prestigio público y profesional.

e) Compromiso democrático.

f) Conocimiento de la materia electoral.

Motivación

- De conformidad con lo mencionado en el considerando 11, los Consejos Locales son la instancia encargada de realizar la designación de las consejerías distritales del Instituto en el mes de noviembre del año previo a la elección, con base en las propuestas que presenten los Consejeros Electorales y el propio Presidente del Consejo Local.

- Con motivo de lo expresado en el párrafo anterior, y en ejercicio de la atribución conferida al Consejo General, señalada en el considerando 8, éste determinó realizar las previsiones necesarias y suficientes para garantizar que el procedimiento de designación de los y las integrantes de los Consejos Distritales se realice con oportunidad y de conformidad con los principios que rigen la función electoral.

- En ese tenor, y conforme a lo establecido en el Acuerdo INE/CG449/2017, las juntas ejecutivas locales y distritales, a partir del 6 de octubre de 2017 y hasta la fecha de instalación de este Consejo Local, dieron amplia difusión de dicho Acuerdo, a fin de que al momento de la publicación de la convocatoria emitida por el Consejo Local, la ciudadanía interesada en participar, tuviera pleno conocimiento de los requisitos y documentación con la que debería cumplir.

- Durante la sesión de instalación, el 1 de noviembre del año en curso, el Consejo Local aprobó el acuerdo A01/INE-GRO/CL/01-11-17, mediante el cual estableció el procedimiento para la designación de las y los consejeros electorales de los consejos distritales para los Procesos Electorales Federales 2017-2018 y 2020-2021, emitiendo para tal efecto la convocatoria pública correspondiente.

- El reclutamiento de aspirantes se llevó a cabo del 1 al 4, del 6 al 11 y del 13 al 15 de noviembre de 2017, en el horario de las 09:00 a las 14:00 horas, y de 15:00 a las 18:00 horas, de lunes a viernes, y los sábados de las 09:00 a las 13:00 horas; directamente en cada una de las nueve juntas distritales ejecutivas de la entidad.

- Que las Juntas Ejecutivas Distritales recibieron entre el 1 y el 15 de noviembre del año en curso, un total de 355 expedientes de igual número de ciudadanos interesados en ser considerados en la designación de CED para los Procesos Electorales Federales 2017-2018 y 2020-2021; procediendo a integrar las listas y ordenar los expedientes respectivos para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 66 de la LGIPE, entregando los mismos, tanto físicos como digitales, a la Junta Local Ejecutiva el día 16 de noviembre del año en curso; dicha cifra se desglosa a continuación:

JDE

HOMBRES

MUJERES

TOTAL

01

14

14

28

02

24

26

50

03

20

19

39

04

21

29

50

05

18

22

40

06

25

13

38

07

18

20

38

08

25

13

38

09

23

11

34

- El mismo día 16 de noviembre del año en curso, la lista de los 355 aspirantes a consejeros, fue remitida a la Secretaría Ejecutiva del Instituto, conforme a lo dispuesto en los Considerandos número 36 y 23, inciso e), de los Acuerdos INE/CG449/2017 y A01/INE-GRO/CL/01-11-2017, respectivamente; a fin de que diera vista a las Direcciones Ejecutivas del Registro Federal de Electores y de Prerrogativas y Partidos Políticos para los efectos derivados de sus atribuciones conferidas en los artículos 54, numeral 1, inciso c) y 147, numeral 1 de la LGIPE, y los inciso i) y j), del numeral 1, del artículo 55, de la misma ley, respectivamente, para que se realizara la verificación respectiva.

- Una vez integrado el listado de aspirantes a CED, el mismo día 16 de noviembre de 2017 el Consejero Presidente del Consejo Local envió a cada uno de las y los Consejeros Electorales las listas preliminares a que se refiere el considerado anterior, convocándolos a reunión de trabajo el día 18 de noviembre de 2017, para revisar y analizar los perfiles de los aspirantes a fin de integrar las propuestas respectivas

- También con fecha 16 de noviembre de 2017 la Secretaría del CL remitió vía electrónica a los representantes de los partidos políticos el listado de aspirantes para integrar los consejos distritales, solicitándoles que a más tardar a las 10:00 horas del 18 de noviembre de 2017 formularan, en su caso, las observaciones, fundadas

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