AMPARO CONTRA EMPLAZAMIENTO DEFECTUOSO
Enviado por Ledesma • 14 de Diciembre de 2017 • 6.530 Palabras (27 Páginas) • 475 Visitas
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VI.- GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS: Se violan en mi perjuicio las garantías de LEGALIDAD y SEGURIDAD JURIDICAS, consagras en los artículos 14 y 16 de Nuestra Carta Magna.
Los hechos y abstenciones que me consta y que constituyen antecedentes del acto reclamado, los cuales manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, son los siguientes:
ANTECEDENTES.
PRIMERO.-Con fecha 02 dos de abril de la presente anualidad, fui informada por mi amiga, la abogada Monique Mildred Ham Garnica que circunstancialmente se había enterado de que en el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Partido Judicial de Tijuana, Baja California se estaba siguiendo un juicio en mi contra y que en el mismo se había dictado sentencia, por lo que le solicité me investigara todo lo relacionado con el mismo, enterándome que se trataba del mismo Juicio Sumario Hipotecario numero 724/2010 C, que sigue en mi contra la persona moral denominada HIPOTECARIA NACIONAL S. A. de C. V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA, y por el cual se me concedió el amparo y la protección de la justicia federal dentro del Juicio de Amparo número 620/2010, seguido ante el juzgado Décimo Sexto de Distrito en el estado de baja California y que al parecer nuevamente me habían dizque “emplazado a juicio en un domicilio distinto al mío, a pesar de que como lo he dejado bien establecido en líneas anteriores, tanto la parte actora, la persona moral denominada HIPOTECARIA NACIONAL S. A. de C. V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA, como el C. Actuario del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Materia Civil del Partido Judicial de Tijuana, Baja California sabían que ese no es mi domicilio, pues mi domicilio correcto lo dejé bien establecido en el Juicio de Amparo 620/2010, seguido ante el juzgado Décimo Sexto de Distrito en el estado de baja California, y pude darme cuenta también del estado procesal que actualmente guarda y que el mismo se ha venido siguiendo en rebeldía en virtud de que la suscrita JAMAS HE SIDO EMPLAZADA A JUICIO, sino que se trata de un juicio en el que tanto el C. Actuario como el sedicente abogado de la parte contraria han manejado irregularmente a partir de un supuesto emplazamiento que se me hizo por conducto de una tercera persona, la cual ignoro si existe o se trata de una de una invención del actuario y el abogado con el que este funcionario se asocio para realizar ese irregular emplazamiento. También pude enterarme que en el mencionado sumario civil ya se ha dictado sentencia y que se ha declarado que esta ha causado ejecutoria, encontrándose actualmente en estado de ejecución de sentencia.
SEGUNDO.- Igualmente pude enterarme que de acuerdo al acta de emplazamiento de fecha 13 trece de septiembre de 2012 dos mil doce, el supuesto llamamiento a juicio se practico con una supuesta persona que responde al nombre de Blanca Celmira Torres Carranza, quien dijo ser mi prima lo cual es absolutamente falso, ya que jamás tuve o tengo aun familiar con ese nombre, y de quien ignoro a la fecha su identidad.
TERCERO.- Se desprende igualmente de la irregular actuación de emplazamiento que, al momento de practicar supuestamente dicha invitación a juicio, jamás se cerciora ni aun siquiera cuestiona a la persona con quien entendió la diligencia el Ministerio Ejecutor, si la suscrita se encontraba en la población y el motivo de mi ausencia, a fin de asegurarse que la suscrita pudiese tener un espacio de tiempo suficiente para enterarme del citatorio, a fin de valorar las circunstancias del caso, de acuerdo con los informes que le proporcionara la persona con quien entiende la primera entrevista, respectó al lugar en que se encuentra la demanda, lo que debiera asentarse en el acta relativa, con el objeto de que en ella SE REFLEJEN LOS DATOS QUE TOMO EN CUENTA PARA DETERMINAR QUE EL LAPSO QUE AL AFECTO ME CONCEDIA ERA SUFICIENTE PARA EL FIN PERSEGUIDO; lo que evidencia que no tomo esas medidas porque simple y llanamente según su propio dicho, procedió a ¨ dejarme ¨ citatorio para que lo esperase a las quince horas con veinte minutos el día 13 trece de septiembre del año en curso.
CUARTO.- No obstante dichas irregularidades que se asientan en el ACTA DE EMPLAZAMIENTO que impugno a través de esta demanda de garantías, que supuestamente se practica por conducto de la señora Blanca Celmira Torres Carranza, persona ajena totalmente a mi persona y familia, las cuales son por demás notorias y evidentes, el Juez de los autos y ahora Autoridades Responsables, dio prosecución a la secuela procesal del juicio de donde emanan los actos reclamados, otorgándome el carácter de rebelde y dictando una sentencia definitiva por demás igualmente irregular, ya que declara procedente la acción intentada dentro del Juicio Sumario Hipotecario numero 724/2010C, que sigue en mi contra la ahora tercero perjudicado, persona moral denominada HIPOTACARIA NACIONAL S. A. de C. V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA quien pretende despojarme de mi ya de por si paupérrimo patrimonio, que representa el inmueble que me fuera embargado, rematado y adjudicado a favor del ahora Tercero Perjudica, con actuaciones fuera de toda Ley, sin ajustarse a los lineamientos de derecho.
QUINTO.- En ese orden de ideas, es incuestionable que la actuación del Ministerio Ejecutor se encuentre plagado de bastante irregularidades que, por si solas o en conjunto, la hacen NULA DE PLANO, puesto que por una parte realiza el supuesto citatorio y el irregular “emplazamiento a juicio” en un domicilio ajeno al mío, ya que como lo he dejado previamente establecido y lo acredito con las copias certificadas tanto de la demanda, como del emplazamiento que se le hizo a la tercero perjudicada, la persona moral denominada HIPOTECARIA NACIONAL S. A. de C. V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA, dentro del Juicio de Amparo número 620/2010, seguido ante el juzgado Décimo Sexto de Distrito en el estado de baja California, dejé en la primera de las constancias mencionadas (escrito de demanda de amparo) establecido claramente que mi domicilio correcto es el ubicado en Calle Caminito de la Loma número 12250 doce mil doscientos cincuenta, edificio 7 Siete, departamento 7C4 del Residencial Agua caliente de ésta ciudad de Tijuana, baja California, y del cual la tercero perjudicada HIPOTECARIA NACIONAL S. A. de C. V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA quedó plenamente enterada mediante el emplazamiento que se le hizo en el juicio mencionado, como consta en la segunda de las constancias que exhibo; de igual manera se desprende otra diversa irregularidad,
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