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ANÁLISIS DE SITUACIÓN PRESENTADA RESPECTO A TEMÁTICAS LEGALES

Enviado por   •  12 de Marzo de 2018  •  3.053 Palabras (13 Páginas)  •  263 Visitas

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El estatuto PYMe se fjo entre sus objetivos avanzar en simplificaciones y normas que favoreciensen el desarrollo de las EMT. Un ejemplo de esto es el incentivo a la formalizacion mediante permisos o autorizaciones provisorias de funcionemino, autorizaciones o permisos sanitarios inmediato, otorgamiento de patentes provisorias, etc. Todo esto de la mano de un nuevo enfoque fiscalizador, bajo el cual las EMT tineen una mayor seguridad frente a posibles multas por incumplimientos.

La nosrmtiva incorporo ademas la creacion del Consejo Consultivo de la Empresa de Menor Tamaño (CNCEMT), cuye funcion es asesorar al Ministerio de Economia “en la proposiocion de politicas y coordinacion de esfuerzos de los sectores publicos y privados, destinados a promover una adecuada participacion de las empresas de menor tamaño en la economia nacional”.

Dicha entidad es liderada por el Ministerio de economia, Fomento y Turismo de Chile y esta formado por 15 personas vinculadas a las empresas de menor tamaño. Entre ellos hay representates de Corfo, ProChile, Sercotec y de los gremios que reunen a las empresa de menor tamaño.

Dese la economia presisan que este consejo es una instancia de participacion publico-prvada de analisis, generacion de propuestas y difusion de politicas para las MIPYME.

4.- Cuáles son los aspectos sustanciales que modifica la Reforma, respecto al actual régimen de impuestos.

R.- Insentivos al ahorro y a la inversion.

1) En el articulo 1º del proyecto de reforma tributaria se agrega un nuevo sitema se tributacion semi integrado ademas del regimen integrado con atriucion de rentas a los que cada contribuyebte podra optar libremente.

El sistema semi integrado operara con una tasa de 27% de impuesto de Primera categoria y un 65% de este podra usarse como credito para pagar el impuesto Global Complementario a Adicional. Las rentas empresariales con el sistema semi integrado, cuando sea retirada por sus dueños, llegara pagar una tasa efectiva maxima de 44,45%, equivalente al 35% de impuesto global complementario mas 9,45% de impuesto empresarial sin derecho a credito.

2) Se terminan con el sistema del FUT a partir del 1º de enero de 2017 (año tributario 2018) con las modificaciones introducidas al articulo 1º del proyecto de ley que consideran:

a) Se terminan con los retiros para reinvertir dentro de 20 dias. De este modo, se debera tributar todo retiro, distribucion o remesa de utilidades desde una empresa.

b) Los denominados “retiros en exeso” ya no podran diferir su tributacion.

c) Se termina con el carry back, lo que se traduce en que ya no se podran rebajar los impuetos a traves de las perdidas que hasta hoy podian imputarse a las utilidades generadas en el pasado.

d) Se introducen normas de control sobre la interacion de los sistemas atribuidos y semi-integrados a partir de dos reglas basicas: Permanencia minima de 5 años eb e regimen elegido por el contribuyente y al pasar de un sistema a otro, todo lo que no este tributado, debe hacerlo en ese momento.

e) Se agregan resguardos frente al uso de las utilidades de las personas juridicas con el fin de eludir el impuesto desus dueños. Nuevas normas de control proveeran criterios ara sancionar con clausula general antielusion caundo empresas hayan sido utilizadas para diferir o disminuir la tributacion de sus dueños. En particular las empresas que inviertan en le extranjero deberan informar al SII, de manera detallada, el destino, monto y tipo de las inversiones realizadas, sujetas a sanciones y tributacion si no lo hacen. La inversion en paraisos fiscales de ciertos vehiculos de inverion que se precisan en el proyecto deberan complementar toda su tributacion antes de salir del pais.

3) Se incorporan las modificaiones para incentivar lainversion de empresas medianas que tengan ventas hasta 100.000 Uf. Se incorporan restricciones y medidas de control para evitar que le incentivo se use para postegar los impuestos.

4) se agregan modificaciones para fomentar el ahorro de las empresas: nuevo oferentes en instrumentos de ahorro, la movilidad entre los mismos y se equiparan al tratamiento del ahorro previsional voluntario (APV).

Empresas de menor tamaño.

- En el caso de la renta Presunta son dos los aspectos mas relevantes de las modificaciones que se incorporan al proyecto. Por una parte, se reducen los topes maximos de ventas anuales de cada sector donde los contribuyentes pueden acogerse a este regimen:

- 5.000 UF en el caso de Transporte.

- 9.000 UF en el caso de Agricultura.

- 17.000 UF en le caso de la Mineria.

- Se introducen las mosificaciones al proyecto que permiten crear un verdadero Estatuto MIPYME:

- Se amplia el regimen siplificado del articulo 14 ter (MIPYME) dese empresas con 25.000 UF de ventas al año hasta 50.000 UF.

- A partir del 2015 estas empresas va a tributar solo por su flujo de caja.

- Desde el 1º de enero 2015 todas las empresas que se encuentren en este estatuto van a tener 60 días mas para pagar el IVA. Este beneficio se hace extensivo tambien a las empresas medianas con ventas hasta 100.000 UF al año.

- Se simplifica el regimen para la deduccion de gastos incurridos en supermercados que proponia el proyecto original y se eleva el limmite para quedar liberado de este nuevo sistema de 1 a 5 UTM. Sobre ese limite habra una declaracion informativa al SII para los efectos de fiscalizacion posterior.

- Se incorpora la posibilidad que ante un primera infraccion a leyes tributarias se aplique como sancion la asistencia obligatorioa a cursos de capacitacion.

- Conlas indicaciones que se presentan la empresas bajo los regimes de los articulos 14 bis y qúater que se eliminan podran hasta el 31 de diciembre de 2016.

Cooperativas.

- Se aclaran conceptos de operaciones de la cooperativa con sus cooperados y/o con terceros que han generado diferentes interpretaciones sobre la tributacion de estas entidades.

Al mismo tiempo, se incorporo de manera expresa a las cooperativas dentro de las entidades oferentes de instrumentos de incetivo ala ahorro para las personas.

Vivienda.

- En materia de vivienda se incrementa el tope para credito especial a la construccion de 100UF a 225 UF, por

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