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Actividad 2 Estudio dogmático del delito de pornografía infantil

Enviado por   •  23 de Agosto de 2018  •  1.715 Palabras (7 Páginas)  •  1.101 Visitas

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Verbo núcleo: La comercialización, distribución o difusión, de fotografías o videograbaciones que muestren actos de exhibicionismo corporal de menores o incapaces.

Modalidad de almacenamiento o posesión, con fines de comercialización.

Verbo núcleo: Posesión, con fines de comercialización, de fotografías o videograbaciones que muestren actos de exhibicionismo corporal de menores o incapaces.

Modalidad de extracción para utilizar de forma indebida.

Verbo núcleo: Extracción de algún dispositivo, para utilizar de forma indebida, imágenes de actos de exhibicionismo corporal de menores o incapaces.

5.-Mencionar el nexo causal y la atribuibilidad. Nexo de causalidad. Nexo que une la conducta con el resultado, el cual debe ser material.

La atribuibilidad se refiere a quién comete el delito, es decir, la autoría. Sólo se puede atribuir un delito a una persona imputable, aquella que pudo comprender que su conducta era indebida y a la que podía exigírsele otra conducta, que tenía capacidad de juicio y que era mayor de edad.

NEXO CAUSAL:

Modalidad de ofrecimiento a observar:

Como el resultado es formal (no material), no se configura el nexo causal.

Modalidad de Fotografiar, videograbar, fijar, imprimir o exhibir.

Para que se configure esta modalidad del delito, debe acreditarse que la conducta de sujeto activo tuvo como consecuencia la producción de una fotografía, un video o una impresión.

Modalidad de comercialización, distribución o difusión:

Para que se configure esta modalidad del delito, debe acreditarse que la conducta del sujeto activo tuvo como consecuencia la comercialización de material que muestra exhibicionismo corporal de menores o incapaces.

Modalidad de almacenamiento o posesión, con fines de comercialización.

El resultado es Formal: Únicamente tiene consecuencias jurídicas, ya que sus efectos no trascienden al mundo material.

Modalidad de extracción para utilizar de forma indebida.

El resultado es Formal: Únicamente tiene consecuencias jurídicas, ya que sus efectos no trascienden al mundo material.

ATRIBUIBILIDAD:

Para que le sea atribuido al sujeto activo el delito, este debe ser una persona hábil, en su sano juicio, sobrio y con edad de ser imputable.

6.-Establecer si el resultado es formal o material.

Formal: Para la integración del delito no se requiere que se produzca un resultado, pues basta realizar la acción (omisión).

Materiales: necesario un resultado, de manera que la acción u omisión del agente debe ocasionar una alteración en el mundo.

Modalidad de ofrecimiento a observar:

El resultado es Formal: Únicamente tiene consecuencias jurídicas, ya que sus efectos no trascienden al mundo material

Modalidad de Fotografiar, videograbar, fijar, imprimir o exhibir.

El resultado es material: existe una grabación.

Modalidad de comercialización, distribución o difusión:

El resultado es material: existe una grabación y fue diseminada.

Modalidad de almacenamiento o posesión, con fines de comercialización.

El resultado es Formal: Únicamente tiene consecuencias jurídicas, ya que sus efectos no trascienden al mundo material.

Modalidad de extracción para utilizar de forma indebida.

El resultado es Formal: Únicamente tiene consecuencias jurídicas, ya que sus efectos no trascienden al mundo material.

7.-Mencionar cuál es el bien jurídico protegido.

La Seguridad Sexual, el Normal Desarrollo Físico y Psicosexual, y el Libre Desarrollo de la Personalidad.

8.-Determinar cuáles son los elementos objetivos y normativos.

Elementos Objetivos de la tipicidad: aquellos que son detectables por los sentidos

Elementos Normativos de la tipicidad: requieren valoración por parte del juez.

Los Elementos Objetivos del Tipo Penal que nos ocupa Son

Aquellos elementos directamente apreciables son:

Según el Artículo 117.-

Modalidad de Fotografiar, videograbar, fijar, imprimir o exhibir.

Fotografiar, video grabar, fijar, imprimir o exhibir actos de exhibicionismo corporal

Modalidad de comercialización, distribución o difusión:

Comercialización, distribución o difusión, de fotografías o videograbaciones que muestren actos de exhibicionismo corporal.

Modalidad de almacenamiento o posesión, con fines de comercialización.

Posesión de fotografías o videograbaciones que muestren actos de exhibicionismo corporal

Modalidad de extracción para utilizar de forma indebida.

Extracción de algún dispositivo de imágenes de actos de exhibicionismo corporal.

Los Elementos Normativos del Tipo Penal que nos ocupa Son:

Actos de exhibicionismo corporal: Valoración jurídica para determinar si se trata de exhibicionismo corporal según el artículo 117 del Código Penal de la Entidad.

Menores o incapaces: Valorar si se trataba de un menor al momento del delito, o de un incapaz.

Modalidad de ofrecimiento a observar:

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