Acto administrativo.
Enviado por Christopher • 21 de Febrero de 2018 • 995 Palabras (4 Páginas) • 567 Visitas
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Decretos: Son decisiones en cuestión tomadas y dictadas por el Presidente de la República, que generalmente son empleadas para regir situaciones especiales. Por ejemplo el decreto ley en estado de excepción
Resoluciones: En un peldaño por debajo del decreto, se encuentran las resoluciones; las cuales orbitan tanto en un sentido general como específico. Es decir que tiene una competencia de gran alcance. Dichas resoluciones emanan de la gestión de ministros que actúan en virtud del ejercicio de sus funciones como representantes de sus respectivos ministerios; con una aplicabilidad de perfil amplio, ya que se utiliza en ámbito comercial, social, educativo, todo depende del Ministro que suscriba tal resolución.
Los demás actos que emanen de la Administración Pública Nacional que no emanan carácter o sean determinados como decreto o resolución, se le denomina orden, providencia; como en conceptos anteriores se conceptuó y explicó
Es decir que existe una clasificación, al igual que en muchas otras disciplinas, materias, ciencias; en este caso se asemeja más a una forma de proceder y poder asignar una denominación al trabajo o acción en la cual es participe la Administración como órgano representante del Estado en su relación con el particular; es decir el ciudadano.
Tomando parte de lo anteriormente expuesto, se recalca que en cuanto al procedimiento o la actividad jurídica existe una metodología o forma de operar, en relación con el Acto Administrativo se trata de los requisitos de validez.
Se trata del precepto organizativo que debe contener el acto; teóricamente a esto se le puede relacionar con actos burocráticos, los cuales demandas una serie de formalidades para la validez del documento o en este caso del acto. Los requisitos que debe poseer el acto administrativo se encuentran precisamente en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, LOPA, en el artículo 18.
- Nombre del Ministerio u organismo a que pertenece el órgano que emite el acto.
- Nombre del órgano que emite el acto.
- Lugar y fecha donde el acto es dictado.
- Nombre de la persona u órgano a quien va dirigido.
- Expresión sucinta de los hechos, de las razones que hubieren sido alegadas y de los fundamentos legales pertinentes.
- La decisión respectiva, si fuere el caso.
- Nombre del funcionario o funcionarios que los suscriben, con indicación de la titularidad con que actúen, e indicación expresa, en caso de actuar por delegación, del número y fecha del acto de delegación que confirió la competencia.
- El sello de la oficina.
De forma que si el acto se encuentra en una condición que contraríe los requisitos de validez ya mencionados, se entiende que el acto está viciado y por consiguiente se convierte en una causal de nulidad o invalidez del mismo.
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