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Alegato de clausura.

Enviado por   •  11 de Diciembre de 2018  •  2.188 Palabras (9 Páginas)  •  400 Visitas

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1.- inspección ministerial de persona puesta a disposición. Raúl. 26/10/16.

2.- inspección ministerial de persona puesta a disposición. Rubén. 26/10/16.

3.- inspección ocular de playera presentada. 26/10/16.

4.- inspección ocular del lugar de los hechos. 26/10/16.

5.- inspección ministerial de estado psicofísica, proctológico y ginecológico. T. L. F. A. 26/10/16.

6.- inspección andrológica, psicofísica y lesiones. Rubén. NO SE ADM.

7.- inspección andrológica, psicofísica y lesiones. Raúl. 26/10/16.

Sin embargo de ellos se obtuvo:

De los testimonios de los policías Betulio Bello Montiel y José Martin Omaña encontramos sendas diferencias en cuanto a la dirección donde solicitaban el servicio pues uno refiere que a poniente 12 y otro poniente 19, ahora el policía Betulio refiere que al arribar junto con la unidad médica, el papa de la menor, señalo a uno de los hoy imputados y le dice “tu tuviste algo que ver puto” y el otro “tu tuviste algo que ver”, y que en ese momento le pie el apoyo para que lo detenga, en cambio José Martin refiere que se les arrima la gente, uno del sexo masculino a su compañero y una del sexo femenino a él, la cual les señala a los dos hermanos Rubén y Raúl, que al parecer habían violado a su menor solicitando la detención y presentando al MP lo cual difiere marcadamente pues es diversa la información, esto también al referir el policía Betulio que el papa sube a la unidad médica y le dice a José Martin que el hermano de Rubén también tenía algo que ver, luego que es lo cierto se lo dijo a él o a su compañero, Betulio refiere que no era justo lo que estaba pasando y José Martin refiere que no escucho lo que la gente decía; Betulio a 50 metros del papa de la menor que estaba con la gente y José Martin dice que a 4 o 5 metros de la gente; Betulio dice que el papa en la parte de abajo y la mama en el interior de la ambulancia; José Martin dice que estaba la mama en la vía publica a 2 0 3 metros de los asegurados; Betulio dice que llegaron con la ambulancia al lugar al mismo tiempo y José Martin dice que después de que llegaron 5 o 10 minutos después llegó la ambulancia.

José Martin dijo categóricamente que al estar en el lugar de los hechos los papas de la menor no les manifestaron nada porque no tuvieron contacto con ellos.

De este testimonio debe analizarse también a la luz de la declaración de Carlos Gilberto Gutiérrez Ortiz, quien tiene el carácter de bombero y paramédico y quien se dijo que participo en el traslado de la madre y de la menor víctima, sin embargo al ser cuestionado por el fiscal dijo: que no sabe nada del evento y que tampoco sabe nada de los imputados, lo cual contraviene directamente la información los policías y de la madre de la menor.

Perito J. Melquiades Guadalupe Reynoso Galicia. Se obtuvo que al examinar a la menor T.L.F.A. obtuvo que: por la manifestación que nos hace la examinada, otra porque de alguna forma no es bien florido que sea por la región genital del sexo opuesto, también es así que pudo ser nada mas manualmente dado que no existe una secreción digamos abundante o compatible en su momento de semen, pudiera ser nada más secreción producto de una excitación producto de sus mismas glándulas secundarias a una excitación, que; la persona esta le refiere que sufrió intento de abuso sexual, refiere que la secreción era blanquecina y filante, filante quiere decir que hacia una hebra; también refiere que;: la copula es la penetración del órgano viril en la cavidad vaginal en este caso por la relación de edades la cavidad vaginal de la menor aun es pequeña, está en pleno desarrollo y el órgano viril de los examinados prácticamente ya había culminado su desarrollo entonces si hubiese existido una penetración como tal las lesiones hubieran sido de mayor magnitud hubiera lesionado ese himen el cual se encontraba en su momento integro;

En cuanto a Rubén Avendaño Cruz se obtuvo.- que andrológicamente no presentaba alteración alguna, no presentaba datos de copula reciente ni tampoco presentaba datos clínicos de una enfermedad venérea existente.

Por lo que hace a Raúl Avendaño Cruz se obtuvo.- a la retracción de su prepucio, no presenta alteraciones macroscópicas y a la digito presión del mismo no hay secreción alguna ni de orina por conducto uretral por lo cual se clasifica con un estado psíquico no alterado y físico sin lesiones recientes que clasificar, andrológicamente no presenta datos clínicos de copula reciente ni presenta datos clínicos de una enfermedad venérea ni existente.

En cuanto el perito Químico Miguel Antonio Pérez Velázquez se tiene que este agoto de manera incorrecta las muestras recabadas a la menor no obstante que el mismo perito al estudio tenía la obligación de hacerle saber que iba a utilizar toda la evidencia y en ese entendido solicitarle a la defensa un perito químico para que de manera conjunta realizara el estudio químico seminologico que se encontraba en dos hisopos de muestra vaginal pertenecientes a T.F.L.A. lo cual violento agotando la muestra irreproducible de dicha menor lo cual nos lleva a crear incertidumbre en el resultado que dijo haber obtenido en ese estudio pues dicha evidencia era elemental para realizar en uno de los hisopos prueba genética para confrontar los alelos y marcadores de los hoy imputados también este hace referencia la playera marca twenty en donde refiere que aplico activos en la parte anterior e inferior de esta por así haberlo solicitado el fiscal, en la que refiere encontró proteína P30 y que terminando el estudio la embalo y la remitió a la fiscalía.

Lo cual motiva al haberse realizado esta prueba de manera unilateral sin dar cumplimiento a la obligación procesal de estar presente un perito químico de la defensa, minimiza el valor que pudiera darse a la misma además de que tal situación ilegal decida superarse con la solicitud directa que hicieran los imputados para que se les mostrara dicha playera con la finalidad de que se incorporara en esta etapa de juicio y derivar de ella la prueba de biología celular para demostrar la inocencia de mis defendidos

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