CLASIFICACION DE LOS BIENES . LA SUMMA DIVISIO DE LOS BIENES: INMUEBLES Y MUEBLES
Enviado por klimbo3445 • 22 de Octubre de 2018 • 1.706 Palabras (7 Páginas) • 541 Visitas
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BIENES INMUEBLES POR FICCION LEGAL
Desde la edad media se reconoce la existencia de bienes naturalmente muebles como las naves pero cuyas características económicas las hacen similares a los predios, por lo que se hizo necesario dotarles de un régimen jurídico similar o idéntico al contemplado para estos. En tal sentido en el derecho germánico medieval se admitió que la prenda de buques podría realizarse a través de la inscripción en el registro municipal, a semejanza de la publicidad registral de los inmuebles y cuáles eran las características económicas similares entre este tipo de objetos y los predios? Básicamente son tres la identificabilidad del bien (su fácil identificación entre bienes del mismo género) la muy difícil posibilidad de ocultarlos del bien y la relevancia económica de estos.
El mas caso más llamativo es el del material rodante de los ferrocarriles pues este al reputarse inmueble, debería ser objeto de inscripción individualizada en el registro público de inmuebles, sin embargo, el art 2 de la ley 26366 no lo contempla la razón de esta incongruencias se encuentra en el EXCURSUS el material rodante (vagones, carros de ferrocarril) se reputo inmueble, pues el legislador pretendía con ello permitir que se constituyera garantía hipotecaria sobre dichos bienes y para lo cual se tuvo en cuenta que durante la vigencia del código de 1936 no se reconocía la existencia general de una prenda sin desplazamiento sin embargo la inscripción individualizada del material rodante no se concretó en la realidad, pues estos normalmente formaban parte de la concesión de ferrocarriles, siendo que la concesión es, por si misma un bien inmueble distinto aquí estamos ante un claro ejemplo de un medio técnico jurídico inscripción individualizada que no cala con la realidad de la figura que se pretende regular.
BIENESW INMUEBLES POR ANALOGIA: EL CASO DE LAS CONCESIONES
El art 885 del C.C enumera los distintos tipos de bienes inmuebles reconocidos por el legislador la categoría de los bienes inmuebles nace como correlato jurídico la importancia económica del suelo en el desarrollo del ser humano aun cuando en la actualidad se reconocen otros tipos de inmuebles, algunos vinculados indirectamente con el suelo, por otros totalmente desvinculados de él. En tal sentido si el suelo es el típico INMUEBLE POR NATURALEZA en cambio las concesiones administrativas o mineras con inmuebles por analogía o derechos inmobiliarios en cuanto en frecuencia que estas requieran de algún vínculo con el suelo, por el contrario, las naves y aeronaves con inmuebles por ficción en cuanto carecen de toda relación con alguna parte del espacio físico de la corteza terrestre. El art 885 del C.C declara como bienes inmuebles por analogía a las concesiones para explotar servicios públicos y las concesiones mineras obtenidas por particulares normalmente aunque no siempre la concesión conlleva el uso o explotación de la riqueza inmobiliaria del estado o de los particulares a través de actos forzosos de afectación o servidumbre, razón añadida para que la concesión siga la suerte del objeto sobre el cual se asienta. DIES PICASO para quien las concesiones administrativas son bienes inmuebles por analogía la categoría no obstante ello deberá admitirse que la razón más importante para otorgar la categoría inmobiliaria las concesiones se encuentra en la necesidad de financiamiento requiere de una garantía solida (hipoteca) a favor de los inversionistas lo cual hace necesario calificar la concesión dentro de la categoría de bien que sea compatible con otra hipoteca. La exposición de motivos de nuestro anterior código de 1936 que contenía norma análoga ratifica como fundamento para inmovilizar las concesiones la necesidad de facilitarles el acceso al crédito y hacer posible la constitución de hipoteca sobre la misma.
- Según la doctrina en estos casos la concesión es sustantiva viniendo a constituir un bien inmueble abstracto a incorporar que comprende una serie de elementos materiales y jurídicos todos los cuales aparecen fundidos en la idea del destino común.
Por lo tanto las concesiones y los predios son dos tipos de distintos de bien inmueble por lo cual la técnica registral exige la apertura de una finca registral o partida en la que se agrupan las inscripciones referidas a cada uno de estos diversos viene inmuebles .
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