CONTRATO DE EDICIÓN DE LA OBRA LITERARIA “CONOCIENDO MIS AMIGOS”
Enviado por Kate • 15 de Julio de 2018 • 2.859 Palabras (12 Páginas) • 430 Visitas
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OCTAVA. INSCRIPCIÓN. "EL KINDER Y ESCUELA GUILLERMO CASCO CALLEJAS ", en cualquier momento, podrá inscribir el presente contrato en el Registro Público del Derecho de Autor para garantizar la seguridad jurídica de la titularidad de los derechos conexos de “LA OBRA CONOCIENDO MIS AMIGOS”.
NOVENA. PÁGINA LEGAL. "LA EDITORA" imprimirá en los forros el emblema, lema y denominación de "EL KINDER Y ESCUELA GUILLERMO CASCO CALLEJAS".
DÉCIMA. TRADUCCIÓN DE “LA OBRA CONOCIENDO MIS AMIGOS”. Si fuera objeto de traducción, ésta se sujetará a otro tipo de contrato.
DÉCIMA PRIMERA. RESPONSABLES. “EL KINDER Y ESCUELA GUILLERMO CASCO CALLEJAS” nombra como responsable de coordinar las actividades del presente contrato a la Señora ANARDA ESPERANZA MADRID.
Por su parte, “LA EDITORA” nombra a WINDY WEYRAUCH RUBI, como responsable de la operatividad y ejecución de este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA. COMUNICACIONES. Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este contrato, deberán dirigirse a los domicilios señalados por las partes.
DÉCIMA TERCERA. CONFIDENCIALIDAD. “LA EDITORA” no podrá divulgar por ningún medio, los datos y resultados obtenidos de las actividades realizadas con motivo de este contrato. Esta obligación subsistirá aún después de haber terminado la edición de
“LA OBRA CONOCIENDO MIS AMIGOS”.
DÉCIMA CUARTA. SALVAGUARDA LABORAL. “LA EDITORA” se constituye como patrón del personal que ocupe con motivo de la edición de “LA OBRA CONOCIENDO MIS AMIGOS” y será el único responsable de cubrir todas las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia laboral y de seguridad social, por lo que se compromete a responder de cualquier controversia o litigio que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “EL KINDER Y ESCUELA GUILLERMO CASCO CALLEJAS” con motivo del cumplimiento del presente contrato.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Las partes no tendrán responsabilidad por daños y perjuicios que pudieren ocasionarse con motivo de paro de labores académicas o administrativas, así como por causas de fuerza mayor o casos fortuitos que pudieren impedir la continuación del presente contrato.
DÉCIMA SEXTA. RESCISIÓN. Las partes podrán rescindir de manera administrativa el presente contrato, sin necesidad de recurrir a los órganos jurisdiccionales, en el caso de que una de ellas incumpla sus obligaciones y se abstenga de reparar dicho incumplimiento dentro de los quince días naturales siguientes al aviso, notificación o solicitud que la otra parte le haga en el sentido de que proceda a cumplir la obligación motivo del requerimiento.
DÉCIMA SEPTIMA. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS. “EL KINDER Y ESCUELA GUILLERMO CASCO CALLEJAS” podrá suspender la edición de “LA OBRA CONOCIENDO MIS AMIGOS”, dando aviso por escrito con una anticipación de treinta días hábiles a “LA EDITORA”.
En caso fortuito, por causa de fuerza mayor, por resolución de autoridad jurisdiccional o administrativa o paro de labores, la edición de “LA OBRA CONOCIENDO MIS AMIGOS” será suspendida hasta que cesen aquéllos y se esté en condiciones de continuarla.
DÉCIMA OCTAVA. VALIDEZ Y EXIGIBILIDAD DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS. La rescisión o terminación de este contrato no afectará de forma alguna la validez y exigibilidad de las obligaciones contraídas con anterioridad.
Se firma el presente contrato por triplicado en Comayagua, Comayagua, A los 30 días del marzo del año 2017.
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CONTRATO DE REPRESENTACIÓN
Entre los suscritos: RAGNAR LOTHBROK, mayor de edad, domiciliado en Comayagua departamento de Comayagua, identificado con Numero de identidad 0801-1991-09862, obrando como gerente de la empresa RAG-SONG-BROK S.A, Sociedad Comercial con domicilio principal en la ciudad de Comayagua, que en adelante se llamara LA EMPRESA. por una parte, y por la otra, LUIS ALONSO AGUILAR, mayor de edad, domiciliado en Comayagua departamento de Comayagua, identificado con Numero de identidad, 0301-1992-01925, quien en adelante se denominara EL REPRESENTADO, se ha convenido celebrar un Contrato de Representación Artística, que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA.-OBJETO : LA EMPRESA de manera independiente, es decir, sin que exista subordinación jurídica, bajo su propio criterio y exclusividad, representara artísticamente al REPRESENTADO , tanto de manera individual como en agrupaciones, que LA EMPRESA determine. EL REPRESENTADO mediante este instrumento de manera libre, consciente y expresa, confiere y otorga a LA EMPRESA, la facultad exclusiva de representarle artísticamente en todas y cada una de las actividades que determine, convenga, o contrate, tanto internas de la Empresa, como con terceros, las que solemnemente se compromete a cumplir a cabalidad y con plena dedicación de todos sus talentos. Por consiguiente y en ratificación de lo anterior, EL REPRESENTADO, acepta y acoge todas las instrucciones, orientaciones, compromisos, presentaciones, calendarios, cronogramas, horarios o cualquier otra actividad determinada por LA EMPRESA.
SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: se compromete para la ejecución del contrato: A) Fijar políticas y tomar decisiones relativas a la representación artística del REPRESETADO, B) Diseñar y manejar la imagen artística del REPRESENTADO, C) Cotizar, ofertar, acordar, pre-contratar, contratar, todas las presentaciones, eventos, participaciones, actividades, bien sea a título gratuito, oneroso o por canje o lo determinado entre las partes. D) Difundir, promocionar, gestionar y explotar comercialmente, los productos musicales como videos, multimedia bajo cualquier formato y a través de cualquier medio de comunicación o redes sociales, así como de imagen, logos, fotografías, en cualquier clase de productos, como prendas y accesorios. E) Facturar y recibir todas las sumas de dinero que se perciban por los servicios artísticos contratados, regalías e ingresos por productos y servicios de toda índole. F) entregar al REPRESENTADO las sumas que le correspondan, una vez descontados los costos y gastos realizados, la remuneración de LA EMPRESA, las sumas adeudadas por EL REPRESENTADO a LA EMPRESA, de igual manera las retenciones tributarias legales.
TERCERA.- OBLIGACIONES DEL REPRESENTADO: EL REPRESENTADO, para la ejecución del presente contrato se compromete a: A) Acoger y cumplir
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