CONVENIO EXTRAJUDICIAL DE ALIMENTOS.
Enviado por Kate • 24 de Enero de 2018 • 1.346 Palabras (6 Páginas) • 490 Visitas
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DÉCIMA TERCERA.- Para el caso de emergencias médicas, intervenciones quirúrgicas o cualquier otro tratamiento las partes autorizan desde este momento a que las autorizaciones las otorgue el progenitor con el que se encuentren los menores en el momento del suceso.
DÉCIMA CUARTA- Los periodos de convivencia con los MENORES, pactados anteriormente entre las partes, podrán modificarse en cualquier tiempo de acuerdo a las necesidades de éstos, ya sea que se les presenten por motivos laborales o personales, siempre y cuando estén ambas de acuerdo en los cambios y se haya tomado opinión de los MENORES.
DÉCIMA QUINTA.- Las partes acuerdan tener una relación cordial basada en el respeto mutuo, tomando en consideración para ello el buen ejemplo que con tal respeto le darán a sus MENORES hijos.
DÉCIMA SEXTA.- Así mismo, las partes establecen que en caso de que alguna de ellas no cumpla con cualquiera de las obligaciones que a su cargo se contemplan en este convenio, se someten a la jurisdicción del Juez de primera instancia en materia Familiar del __________del partido judicial, a quien la parte afectada podrá solicitar la ejecución forzosa del convenio en los términos previstos para tal efecto en la Ley de Justicia Alternativa del Estado y en el Código de Procedimientos Civiles del Estado; dicha ejecución pudiendo ser por uno o varias de las obligaciones contraídas se hace consistir en lo siguiente:
I. Tratándose de la falta de las pensiones alimentarias o los alimentos caídos se procederá a ejecutar el convenio de la siguiente manera: faltando el acreedor alimentario con el pago de los alimentos caídos convenidos y/o en cuanto a las pensiones alimenticias pactadas hasta un máximo de tres mensualidades, en forma consecutiva, o hasta cinco de manera interrumpida, se pedirá al Juez el requerimiento judicial al deudor por el pago de alimentos caídos y/o las pensiones alimenticias que adeude y de no hacerlo se procederá al embargo de bienes de su propiedad suficientes a garantizar las pensiones adeudadas; además el juez en turno, procederá en su caso a asegurar el pago de pensiones mensuales futuras, ordenando de manera inmediata los descuentos periódicos en el centro de trabajo del deudor alimentario, siendo a cargo del deudor alimentario los gastos y costas que se ocasionen con motivo de las diligencias judiciales que sean necesarias para la ejecución del convenio.
II. Cuando el incumplimiento del convenio verse sobre la custodia o convivencia con los que detentan dicho derecho: la parte afectada, podrá acudir ante el Juez ya mencionado a solicitarle que se practiquen las medidas y diligencias que estime necesarias para el cumplimiento del convenio, en los términos pactados por las partes, siendo a cargo de la parte que incurra en incumplimiento, los gastos y costas que se ocasionen con motivo de las diligencias judiciales que sean necesarias para la ejecución del convenio
DÉCIMA SÉPTIMA.- Ambas partes manifiestan su voluntad para que el presente convenio se sancione y eleve a la categoría de sentencia ejecutoriada, en caso de resultar procedente por parte del Instituto de Justicia Alternativa.
DÉCIMA OCTAVA.- Para todos los efectos legales, las partes manifiestan que a la celebración del presente convenio no existe dolo, mala fe, error o violencia y en consecuencia no existen causas de nulidad por estos conceptos.
DÉCIMA NOVENA.- Se les hace de conocimiento a las partes que en razón de que el presente convenio se cuestionan derechos de menores, este instrumento se remitirá al agente de la Procuraduría Social a fin de que manifieste las consideraciones que estime pertinentes conforme así se estipula por el artículo 5 Bis de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco.
VIGÉSIMA.- Los celebrantes en compañía del prestador del servicio actuante, leyeron el contenido del presente instrumento, advertidos de su alcance y consecuencias legales, conformes con su contenido, lo aprueban, ratifican y firman para constancia.
Se suscribe el presente convenio por triplicado, uno para cada una de las partes y el tercero para el Registro de Ley ante el Instituto de Justicia Alternativa.
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