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Comienzo de la existencia

Enviado por   •  8 de Agosto de 2018  •  2.820 Palabras (12 Páginas)  •  252 Visitas

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PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LOS ART 63 Y 70 DEL CODIGO CIVIL.

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Se amplía la protección legal de las personas concebidas fuera del seno materno. Fundamentos presentados de esta modificación son: x “La vida y la muerte son dos grandes enigmas de la condición humana y repercuten no solo en el interior del hombre sino también en las estructuras sociales y culturales; y para los fines jurídicos es necesario determinar en qué momento se producen estos acontecimientos.”

Nacimiento de la niña LUISE BROWN, en 1978, primer nacimiento por fecundación fuera del seno materno. Esto produjo gran resonancia en cuanto a las nuevas técnicas de reproducción humana asistida. Con esto se introdujo una nueva realidad cultural, en la que se pudo superar las dificultades de concebir un hijo propio. Consecuentemente, con este desarrollo de la ciencia médica tendiente a superar problemas de infertilidad humana, se introdujo una realidad nueva, como es la posibilidad de llevar a cabo la concepción fuera del seno materno o extracorpore, lográndose el embrión in vitro.

Esta posibilidad, además de brindar respuesta a las parejas que no podían concebir, trajo consigo numerosos interrogantes y planteo

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dilemas que la bioética se encargó y se encarga de desentrañar.

Uno de esos interrogantes es si el embrión humano antes de la anidación en el seno materno es o no persona. Respondiendo esta inquietud, en 1995 la Academia Nacional de Medicina publicó una comunicación es estos términos: "La puesta en marcha del proceso de formación de una vida humana se inicia con la penetración del óvulo con el espermatozoide; la nueva célula resultante (cigoto) contiene su propio patrimonio cromosómico donde se encuentra programado biológicamente su futuro. Este hecho científico con demostración experimental, es así dentro y fuera del organismo materno. Se debe promover y respetar los derechos personales, considerando en forma igualitaria la vida del embrión como la del padre y la madre..." (Diario La Nación, 23 de septiembre de 1995). Sentado así este principio es necesario adecuar los postulados de nuestro Código Civil, que atribuye la condición de personas por nacer a los concebidos en el seno materno.

En efecto, nuestro Código Civil, que es de 1871, en su artículo sesenta y tres y su artículo setenta codifica que la persona existe desde su concepción en el seno materno. Esto constituyó toda una novedad para la época, ya que la mayoría de las legislaciones vigentes establecían que había persona al momento del nacimiento con vida y con posibilidades físicas de seguir viviendo. Evidentemente no había razón en aquel momento para que Vélez partiera de algún momento antes de la concepción en el seno materno para proteger la vida humana, y solo una razón de evolución científica excluye de la protección actual en nuestro Código Civil el embrión humano antes de su inserción en el seno materno.

La vida humana, de otro modo, se verá sujeta a posibles actos para los que entren en conflicto las normas aludidas: Convención Internacional de los Derechos del Niño, Pacto de San José de Costa establece que para los efectos de esa Convención "persona es todo ser humano", y que toda

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persona tiene derecho a que se respete su vida "a partir del momento de la concepción" (art.1º, ap.2 y art.4º).Código Civil Argentino, o que escapan a la previsión legal, dado lo novedoso de la situación.

No podemos ignorar esta realidad y dejar en manos de los científicos o de los "donantes" o padres o cualquier otro sujeto, el destino de tales embriones antes de la transferencia al seno materno.

Debe quedar claro en todo nuestro ordenamiento jurídico que se los protege. Ya que del status jurídico que se reconozca al embrión antes de su implantación, dependerá la clase de actos que puedan ejercerse sobre él.

Si consideramos al embrión humano como persona desde el momento mismo de la fecundación, no serán aptos de realizar sobre él, ningún acto de naturaleza contractual, y no podremos hablar de donación de embriones, sino de "adopción" de los mismos. Asimismo deberemos considerar el derecho del embrión a ser implantado en el seno materno, y condenar toda práctica que prolongue su estadía fuera del mismo.

Este proyecto de ley reforma los artículos 63 y 70 del Código Civil, adaptándolos a los postulados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, con rango constitucional desde 1994 y el Pacto de San José de Costa Rica.

Lylia M. Arancio de Beller.

Se puede observar dentro de este proyecto de ley presentado a las cámaras respectivas, que si bien se consideran actualmente aquellos nacidos; por una fecundación in Vitro. No se permite el uso de estos avances científicos para la clonación humana, así como también se prohíbe investigar sobre este feto en formación, por dichas técnicas, aun así se produzca el fracaso de la técnica se concebirá que sino no nació con vida es como si nunca hubiese existido .Se modifica este art 63 del anterior código de Vélez

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Sarsfield para que puedan concederles sus derechos básicos, como el derecho a la vida.

Fecundación in vitro convencional

Es una técnica que consiste en la extracción de los óvulos de la mujer por punción de los folículos del ovario y su fecundación con los espermatozoides del varón en laboratorios. Los embriones se depositan, pasados unos días, en el útero materno.

Criticas de la iglesia católica

Varios puntos criticados referidos a la fecundación artificial:

Si bien están de acuerdo con la eliminación del alquiler de vientres. La Iglesia se decidió mantener el reconocimiento a la vida desde la concepción que fijaba el antiguo código de Vélez Sarsfield debido a que era una barrera para la completa despenalización del aborto. (Hoy no está penalizado para los casos de violación y riesgo de vida de la madre). Tras la presentación del anteproyecto de reforma, a comienzos de 2012 y la invitación del Poder Legislativo a distintos sectores a hacer aportes, la Conferencia Episcopal decidió ser de la partida. Los obispos elaboraron un documento con críticas y aportes, el propio presidente

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