Como son los Conceptos historia
Enviado por Helena • 26 de Diciembre de 2018 • 3.564 Palabras (15 Páginas) • 492 Visitas
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Fuentes: www.definiciónabc.com ; https://objetivismo.org ; bibliotca.itam.mx ;
www.tusdeberes.com ; http://www.elmanifiesto.com 10/12/2016
5. Propiedad
Concepto procedente del latín “propietas” y que ha pasado por una importante evolución histórica. Supone la proyección de la libertad del individuo, que tiene la posibilidad de disponer de cosas para vivir. En el Estado Liberal se declaró la propiedad como “dominio o facultad espiritual que le confiere por naturaleza independencia y superioridad al individuo”.
Se trata además, de un derecho natural, porque precede a la ley, y suponía un símbolo de civilización y moralidad. Así mismo, se concebía la propiedad como instrumento para limitar la tendencia del Estado hacia el absolutismo. Durante el siglo XIX degeneró en condición de marginalidad, ya que sólo aquellos que poseían propiedades, se consideraban personas realizadas, tanto ética como económicamente, y ello le concedía numerosos derechos, por el simple hecho de que tenían algo que defender. Actualmente la propiedad es el poder o la capacidad de decisión de una persona sobre un objeto, que le permite disponer del mismo en todo momento, de acuerdo con el marco legal.
Fuentes: conceptodefinición.de ; www.uaeh.edu.mx ; www.monografías.com ;
vfhderechoromano-blogspot.com ; http://www.mercaba.org 12/12/2016
El estado y la ley se crearon para proteger la propiedad. La proyección material de la propiedad es el mercado.
6. Iusnaturalismo
Rama jurídica de la Ilustración del siglo XIX que indica la figura de un sistema de ideas centrado en el Derecho natural. A lo largo de la historia hay épocas, corrientes filosóficas... que hacen más importante al Derecho natural. Esta expresión ha sido utilizada primero por los juristas romanos con influencia en la filosofía helenística de Sócrates, Platón, Aristóteles y la filosofía estoica. Además, la teoría iusnaturalista ha formado escuelas.
El iusnaturalismo afirma que el Derecho natural importa más que el Derecho positivo. Para realizar esta afirmación existen tres formas:
* Según los estoicos: Derecho natural es el resultado de principios éticos de los que es resultado el Derecho positivo.
* Según los racionalistas: El derecho naturalista va dirigido a los individuos que posee los derechos fundamentales.
* Modo Hobbesiando: Derecho natural tiene como función hacer que se cumplan las órdenes del soberano.
Otra manera de entender el iusnaturalismo es de manera ideológica.
* Ideología racional. Afirma que las leyes se deben cumplir de manera conjunta.
* Teoría general del Derecho.
* Iusnaturalismo limitando al Derecho justo. (Mercabá, Internet) Octubre 2016. http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/codigo-civil/codigo-civil.htm
El iusnaturalismo intenta dotar de derechos a los ciudadanos.
Donde pone modo hobbesiano poner según el modo hobbesiano.
7. Codificación
La codificación del derecho trata de ordenar y sistematizar las normas jurídicas con el fin de conseguir una armonía entre ellas, con esto la función de los jueces se ve facilitada. La codificación también pretende organizar de forma jurídica la sociedad burguesa.
(La codificación) fue un proceso histórico cultural que surgió en el siglo XIX. Con la codificación se establece la relación entre el que retiene el poder y el que está sujeto a él.
Existe una relación entre codificación y constitucionalización ya que ambos son procesos histórico culturales que cuentan con las mismas bases ideológicas y socioeconómicas. (estas son burguesía-liberalismo y capitalismo)
Con la relación entre la codificación y constitucionalización se elabora la carta otorgada.
Con la codificación se diferencian diferentes códigos ya que se crean libros en función de la materia, cómo, por ejemplo: código civil, código penal, código mercantil….
El derecho laboral, el derecho administrativo y el derecho fiscal son derechos que no están codificados ya que son relativamente recientes.
8. Consejo de Ministros.
Conjunto de componentes del Gobierno que forman la Presidencia del Estado y que son los encargados de informar al Gobierno de la materia administrativa del Gobierno; esto es útil para que el propio Gobierno tome diferentes decisiones. Nació el 19 de noviembre de 1823 (Trienio Liberal) momento en el que el rey Fernando VII dicta un decreto con el que forma este órgano. "En él se tratarán todos los asuntos de utilidad general: cada ministro dará cuenta de los negocios correspondientes a la secretaría de su cargo, recibirá mis resoluciones, y cuidará de hacerlas ejecutar". (Decreto de Estado, Victor Damián Sáez)
A lo largo de la historia el Consejo de Ministros ha ido cambiando de nombre debido a las diferentes leyes que se han ido desarrollando como resultado de los diferentes cambios de Gobierno. Un caso importante es en 1815 que pasó a llamarse Junta Suprema de Estado.
Está formado por 5 secretarios de despacho.
http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/historiadesusorigenes/Paginas/hitoria.aspx
9. Subsecretaría: Es un órgano perteneciente a la Administración General del Estado. En España, el origen de las subsecretarías se remonta al Real Decreto del 16 de Junio de 1834. Surgen con el fin de asesorar y asistir a las Secretarías de Despacho y sus miembros, que ostentan un cargo de naturaleza política, son designados por el Consejo de Ministros. Como personas de confianza del ministro desempeñan una serie de funciones entre las que destacan la proposición al Ministro de resoluciones y reformas, la comunicación y efectuación de los imperativos de éste y la garantía y supervisión de las funciones que le han sido asignadas. Durante el régimen franquista, y concretamente en 1957, se desarrolló la LRJAE (Ley del Régimen Jurídico de Administración del Estado)
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