Contestación a la demanda.
Enviado por klimbo3445 • 4 de Mayo de 2018 • 757 Palabras (4 Páginas) • 348 Visitas
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Pregunta 2: Por que la ley establece fueros legales? Es el criterio para determinar si un Tribunal es competente o no en la sumisión tácita
Pregunta 3: Por que un demandado comparecería contestando la demanda? Para que se le vaya notificando referente a determinados puntos del proceso
Pregunta 4: Que es la capacidad para ser parte? Cuando se es persona, es decir cuando se tiene capacidad de obrar
Pregunta 5: Por que la legitimación no se puede analizar en la admisión de la demanda? Porque es una cuestión de fondo material
Pregunta 6: Si no se aporta el poder al procurador, a través de que trámite puede la otra parte instar al Tribunal para que lo compruebe? A través de la Excepción Procesal en atención a la demanda
- Objetivas
Proposición procesal objetiva, cuyo objeto del proceso son:
- Litispendencia, aplicada un proceso/litigio que está pendiente
- Cosa juzgada, de un litigio ya acabado
- Procedimentales
Se podrá argumental como excepción procesal procedimental para:
- Determinación proceso adecuado (materia/cuantía)
- Falta algún requisito de la demanda
- Indebida acumulación de pretensiones en la demanda (Ej, cuando se pretende el cese de la clausula contractual y el cese de la utilización de la misma por parte de la empresa)
- Materiales:
Los requisitos materiales o de pretensión se refieren al fondo de la cuestión (estimada/desestimada). En cuanto a materias fundamentación están los hechos que pueden lugar a una afección material que sean nuevos hechos, en cuanto a los allegados por el actor en la demanda que deberán ser:
- Distintos a los alegados por parte del actor y que incluyan una aplicación de normas diferentes, pero si seguimos en la misma pretensión seguiremos en la contestación de la demanda, pero si estos hechos se derivan a una nueva pretensión (pedimos algo a los Tribunales), entonces será reconversión.
- Piden absolución demandado
- Dependen de la relación jurídica material.
Tipos de hechos que puedan ser una afección material:
- Impeditivos, que no permite que los hechos constitutivos tengan una eficacia normal (no llega a nacer). Ej. Compraventa, firma formal pero no contiene las clausulas generales del contrato
- Extintivos, hechos constitutivos han tenido eficacia normal, pero llega un momento en que se corta, se suprime sus efectos. Ej. Compraventa tiene efectos, pero a su vez contiene alguna causa extinción de obligaciones
- Excluyentes, un hecho impide que el otro guarde la eficacia jurídica, es incompatible, impidiendo el otro, finalizándolo. Ej. la prescripción
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