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Cuadro Criminología

Enviado por   •  14 de Julio de 2018  •  994 Palabras (4 Páginas)  •  222 Visitas

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Como tercera fuente de las obligaciones, tenemos el Pago de lo Indebido, contemplado en el Art. 1178 al 1183. "Todo pago supone una deuda: lo que ha sido pagado sin deberse está sujeto a repetición. La repetición no se admite respecto de las obligaciones naturales que se han pagado espontáneamente". Tiene lugar cuando una persona (deudor) paga a quien no es su acreedor, por ejemplo, depósitos equívocos en las cuentas, pago de nóminas que no corresponden, entre otros, y cuando se reciben estos pagos es obligatorio devolverlos. La cuarta fuente de las obligaciones es el Enriquecimiento sin Causa, descrito en el Art. 1.184 del CC. “Aquel que se enriquece sin causa en perjuicio de otra persona, está obligado a indemnizarla, dentro del límite de su propio enriquecimiento, de todo lo que aquella se haya empobrecido”. Lo fundamental es la ausencia de motivo legal que justifique el enriquecimiento.

Otra fuente de las obligaciones, la última que se menciona en el CCV, es el Hecho Ilícito, descrito en el Art. 1185. “El que con intención, por negligencia, o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo". En él se agrupan las obligaciones provenientes del daño causado con intención por el agente a la persona o al patrimonio de la víctima, o cuando se causa el daño sin intención por imprudencia, negligencia, impericia, se responde por el daño causado por un hecho propio, o bien por los hechos de una persona sometida a nuestra guarda, o de una cosa o animal sobre los cuales debíamos haber ejercido una vigilancia correcta.

Para concluir, se puede indicar que son cinco las fuentes de las obligaciones que componen la gama reconocida por el ordenamiento jurídico del país, definidas en el Código Civil, donde los casos más numerosos en la práctica se circunscriben a los Contratos, ya que estos son actos de la vida de la más variada índole que surgen de las necesidades de las personas y de la voluntad de llegar a convenios bilaterales o multilaterales. Sin embargo, el resto de las fuentes definidas anteriormente también están contempladas en el ordenamiento jurídico venezolano, aunque no surgen de acuerdos voluntarios entre personas sino que se originan en la ley. Igual generan obligaciones con los mismos elementos, características y efectos que los contratos. Una persona puede quedar obligada como resultado de infringir la ley, con intención o por negligencia, y debe reparar los daños causados. Por ejemplo, puede ocurrir que una persona que maneje a excesiva velocidad su vehículo cause un daño a otra, quedando obligada a repararlo; estamos, entonces, en presencia de un hecho ilícito.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Abeliuk Manasevich, René, pág 44, “Las Obligaciones, Tomo I”, Editorial Jurídica de Chile, 1993

Código Civil de Venezuela. Gaceta Nº 2.990 Extraordinaria del 26 de Julio de 1982. Congreso de la República de Venezuela

Página web https://es.scribd.com/doc/17232095/Fuentes-de-Las-Obligaciones-epi recuperada el 09-03-17.

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