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Cuando las empresas deciden financiarse por medio de la emisión de acciones uno de los aspectos que deben considerar es el tipo que van a utilizar. La tipología de las acciones está en función de los derechos que otorgarán a sus tenedores.

Enviado por   •  13 de Febrero de 2018  •  5.033 Palabras (21 Páginas)  •  512 Visitas

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Horario de Operación

- La operación de valores se realiza durante la sesión de remates, cuyo horario lo establece y da a conocer la BMV. Si por alguna circunstancia se acuerda cambiar el horario, la BMV lo debe anunciar cuando menos con cinco días hábiles de anticipación.

- La operación de valores se realiza durante la sesión de remate de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 hrs.

Medidas de Carácter Preventivo y Sanciones

- La BMV monitorea las sesiones de remate, llevando un estricto registro de todos los movimientos, los usuarios, las políticas y los parámetros del sistema.

- Conforme a lo dispuesto en su Reglamento Interior, la BMV puede ejercer Medidas de Carácter Preventivo para procurar una transparente y ordenada formación de precios. Asimismo, la BMV podrá imponer Sanciones a las Emisoras, a los Intermediarios o sus operadores por el incumplimiento del Reglamento.

Forma de como operar.

Proporciona los medios para operar en el mercado de forma oportuna, eficaz, con información en tiempo real, bajo lineamientos, formatos, mecanismos, etc.

Proporciona información completa, lo cual da seguridad y equidad en las operaciones generadas por el usuario.

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Marco Normativo

El diseño y las características técnicas de BMV-SENTRA Capitales, así como las reglas de operación a las que se sujetan en todo momento sus usuarios, son consistentes con lo establecido en la Ley del Mercado de Valores, las disposiciones de carácter general (circulares) emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y el Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores.

Los manuales de operación y guías de usuario del BMV-SENTRA Capitales pueden ser revisados por los usuarios en el módulo de consulta del propio sistema y por el público en general en el Centro de Información de la Bolsa.

1.2 SUBASTAS DE APERTURA, PREAPERTURA DE TÍTULOS OPCIONALES (WARRANTS) Y VALORES DE RENTA FIJA

En Subastas de Apertura, el Sistema Electrónico de Negociación permitirá el ingreso, cancelación y modificación de Posturas con la posibilidad de concertar Operaciones, conforme a lo siguiente:

a) El horario de registro de Posturas para Subasta de Apertura es de 8:00 a 8:29:59 horas, considerando retiro de Posturas vigentes de días anteriores de las 7:50:00 a las 7:59:59 horas, en este período los valores se presentarán como estado: “CP” (Cancelación de Posturas) y a partir de las 8:00 horas, cambiaran su estado a “SP” (Subasta de Apertura).

Los valores que se encuentren en Subastas Continuas o suspendidos por cualquiera de las causas a que se refieren estas Reglas (Numeral 1.4.3) no tendrán este periodo de Subasta de Apertura.

b) Las Posturas que se formulen en la Subasta de Apertura solo se podrán efectuar con valores de Renta Variable que cumplan con los requisitos mínimos de mantenimiento, los cuales son calificados en el Sistema Electrónico de Negociación por el área de Bolsa (Área de Vigilancia de Mercado).

Las Subastas de Apertura no serán aplicables a los valores de Renta Fija, Warrants, CCD´s. Las Reglas para estos valores de renta Fija y Warrants se presentan en el inciso r) de este numeral.

c) La vigencia de las Posturas será de 1 a 30 días naturales.

d) La participación en las Subastas de Apertura se llevará a cabo con los siguientes tipos de posturas:

Limitada

A Mercado pura

A mercado con protección

Limitada con Volumen Oculto

Tiempo Específico

Las Posturas ingresadas podrán rebasar los límites de fluctuación máxima establecidos en el Reglamento y su funcionalidad se sujetará a lo establecido por estas Reglas.

El precio de asignación de la subasta se considera como base para el cálculo de nuevos límites de fluctuación sobre el valor correspondiente, siempre que el volumen de la operación asignada sea mayor al volumen mínimo para fijar precio. Las operaciones que se ejecuten por un volumen inferior al mínimo para fijar precio no serán consideradas para el cálculo de precios máximo, mínimo, apertura, último, mínimo para ventas en corto, promedio del día y cálculo de rangos dinámicos y estáticos.

En caso de existir posturas de venta o compra que rebasen los referidos límites de fluctuación y la subasta se declare desierta, el precio de la mejor postura con volumen igual o mayor al volumen mínimo para fijar precio se considera como base para el cálculo de nuevos límites de fluctuación y, si al término de la Sesión de Remate respectiva, no hubiera ninguna operación sobre el valor objeto de la subasta, al inicio del siguiente día de operación se presentarán nuevamente los parámetros que existían durante la Subasta de Apertura del día hábil inmediato anterior.

e) Será permitido el registro de Posturas con volumen inferior, igual o mayor al mínimo para fijar precio.

f) Previo al inicio y durante las Subastas de Apertura, el Libro Electrónico no desplegará el nombre del Miembro oferente, el tipo de Postura ni la vigencia. En la cartera se presentará el precio de la mejor postura existente en el libro electrónico.

g) Se podrán modificar o cancelar posturas. En caso de que la Postura esté preasignada totalmente, esta no puede ser cancelada ni modificada, si la preasignación es parcial solo se podrá modificar su volumen, sin que el nuevo volumen sea inferior al volumen preasignado.

2 cancelaciones de operaciones

h) Tratándose de operaciones producto de las subastas de apertura, la Bolsa solo las podrá cancelar en casos debidamente justificados por las partes involucradas en las mismas.

i) Durante las Subastas de Apertura no se permitirá el registro de Posturas de Cruce, sin embargo si será permitido el registro de Posturas que generan Operaciones de cruce, las cuales se calificarán como “CR”

j) El Sistema Electrónico de Negociación presentará el precio y el volumen probable de asignación de la subasta.

k)

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