Cuando usted arribe al Perú, tendrá derecho de ingresa.r artículos dentro de su equipaje exonerado del pago de derechos aduaneros y otros artículos estarán sujetos al Régimen de Tratamiento Aduanero Especial del Perú.
Enviado por mondoro • 8 de Febrero de 2018 • 759 Palabras (4 Páginas) • 558 Visitas
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- Los viajeros podrán traer como equipaje, artículos no comprendidos en la relación arriba mencionada, pagando la tasa única del 20% del valor CIF., a la suma de artículos cuyo valor no exceda de los mil dólares americanos (US. $1,000) y hasta por un máximo de tres mil dólares americanos (US. $3,000) por año calendario.
- Precisase que en caso los artículos eléctricos, electrónicos, herramientas, repuestos y equipos propios de la actividad, profesión u oficio de los viajeros, estos no podrán exceder de una (1) unidad por cada tipo.
Si usted ingresa al Perú por vía aérea, debe recibir a bordo de la aeronave un formato de la Aduana Peruana para la declaración de los artículos, el cual deberá ser llenado, aún si no tiene ningún artículo que declarar, anotando sus datos personales y luego la declaración de los artículos, si los hubiere.
En el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (Lima) la oficina de Aduanas se ubica en la misma sala en la que se realiza la entrega del equipaje. Si tuviera que realizar un pago, deberá exigir y recabar el comprobante de pago respectivo.
El valor de cada artículo será considerado de acuerdo a la lista de tasaciones de la aduana peruana. Es recomendable que el viajero porte el comprobante de pago de los artículos que se declararán para el pago de derechos aduaneros.
Valor CIF.: Es el valor del artículo en el lugar de venta, más el valor por su transportación hasta el punto de ingreso al Perú.
El pago de derechos aduaneros podrá realizarse en dólares americanos o Nuevos Soles.
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