Cuestionario de Derecho Civil – Examen Oral
Enviado por Jerry • 15 de Febrero de 2018 • 1.289 Palabras (6 Páginas) • 614 Visitas
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¿Porque el orden público es indisponible? Ejemplo: Porque si yo estoy casada no puedo decir que estoy soltera
¿Por qué el orden público es imprescriptible? - Porque no puede adquirirse ni perderse por el transcurso del tiempo
¿Por qué es orden público es absoluto? – Es oponible para todos
Ius solis: Nacimiento en un lugar determinado
Ius sanguinis: Padres nacionales sede la nacionalidad a su hijo(a) ya sea biológico o adoptivo aunque el lugar de nacimiento sea otro país.
¿Cuánto dura una separación de cuerpo o una conversión de acuerdo para el divorcio? - 1 año si es por mutuo acuerdo
¿Qué es el concubino? Es la relación marital de dos individuos (un hombre y una mujer, dos mujeres o dos hombres) sin estar unidos en vínculo matrimonial.
Identidad tema #3
Identidad: La identidad de la persona es una serie de apelativos consiste en ser quien es y no otra
Nombre civil: Medio de individualización e identificación de las personas que lo distingue de las demás
Elementos constitutivos
Nombre de pila: (Nombre) que se da a una persona cuando nace y con el que es registrada en el registro civil como nuevo miembro de una familia
Patronímico: ( Apellido) que se ha formado por derivación del nombre del padre o de un antecesor.
- Dentro del matrimonio: Constituido en el arti 235 cc donde se da por mandato legal
- Extramatrimonial: Sigue el mismo orden igualito que el del hijo matrimonial arti 235, 237,238 Arti 235: El primer apellido del padre y de la madre forman, en ese orden, los apellidos de los hijos.
Arti 237: habla de que el derecho de que trata este artículo cesa para los padres cuando el hijo haya contraído matrimonio; en este caso la opción corresponderá únicamente a él.
Arti 238: es cuando el progenitor tuviere un solo apellido, el hijo tendrá derecho a repetirlo.
Cambio del nombre de pila
Según la nueva Ley Orgánica de Registro Civil, toda persona en sede administrativa, podrá cambiarse el nombre propio por una sola vez mediante el procedimiento de rectificación en sede administrativa por alguna de las siguientes razones:
– Cuando sea infamante, La someta al escarnio público, Atente contra su integridad moral, honor y reputación, no se corresponda con su género.
Seudòminio: Nombre que usa una persona en lugar del suyo verdadero, en especial un artista, un escritor, etc.
Sobrenombre: Nombre que se da a una persona en vez del
suyo propio
¿Quién es el único que tiene el criterio de decir si le parece o no el nombre? – El registrador
Incesto: Relaciones íntimas con un familiar
Desconocimiento: Cuando se dice “yo no soy el papa”
Imputación: Los hijos extramatrimoniales que luego que el padre lo reconoce enteran que no es el padre y lo impune
,Inquisición: Ante la negativa del padre en reconocer al niño o niña, antes o después de tener una partida de nacimiento
Medios de identificación: Cedula, pasaporte, partida de
Nacimiento, partida de matrimonio, licencia, certificado M
Para los extranjeros: Pasaporte, para los nacionales: Cedula, licencia.
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