DEMANDA DESALOJO
Enviado por Jillian • 14 de Enero de 2019 • 1.284 Palabras (6 Páginas) • 338 Visitas
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Por ende, precisamos que el inmueble materia de la demanda se entregó a los demandados en buen estado de conservación y con todos los bienes accesorios propios para el funcionamiento para el centro de ayuda mujer, al respecto, y a la finalización del convenio de cooperación interinstitucional. se estableció que los demandados debían devolver el inmueble en iguales condiciones en que lo recibieron y que el vencimiento del vencimiento del convenio se efectuó el 21 de octubre del 2016, lo que a la fecha lleva una demora demás de un año, lo cual deberá ser considerado en la determinación de los frutos civiles dejados de percibir como rentas y que califican como daños emergentes y lucro cesante por responsabilidad de los demandados.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
A nivel constitucional, y conforme lo señala el artículo 70º de nuestra constitución, se garantiza el derecho a la propiedad, y como se evidencia, los recurrentes se encuentran privados de la misma al no poder hacer uso y disfrute del bien inmueble materia de Litis; y concordante con el artículo 2 inciso 16 referido al derecho a la propiedad, la Sociedad de Beneficencia de Jauja se encuentra investida.
Respecto al Código Civil y Procesal Civil , y conforme lo establece el artículo 923º del Código Civil, el cual define el derecho de la propiedad, la Sociedad de beneficencia de Jauja se encuentra impedida de usar y disfrutar de este derecho, ante la imposibilidad de detentar el mismo. Por ende, la Recurrente en calidad de presidenta del directorio de la Sociedad de Beneficencia de Jauja, estoy facultada para promover el proceso de desalojo, en aplicación de lo dispuesto por el Art. 586 del C.P.C. y, por consiguiente, la recurrente, como apoderada tiene legitimidad procesal para promover el presente proceso de desalojo[1].
Finalmente, el desalojo se sustenta en la causal de vencimiento de la vigencia del convenio de cooperación interinstitucional[2], mediante la cual se sustenta la carta notarial de aviso de fin del mismo y requerimiento de entrega de posesión del inmueble materia de litis.
VIA PROCEDIMENTAL
El presente proceso deberá tramitarse bajo las reglas del proceso SUMARISIMO
MEDIOS DE PRUEBA
Ofrecemos los siguientes medios de prueba:
ANEXOS:
POR TANTO:
Al Juzgado, pedimos admitir la presente demanda y declararla fundada en su oportunidad.
PRIMER OTRO SI DIGO: Que, de conformidad con el artículo 80˚ del código procesal civil, otorgo y delego las facultades generales de representación, contenidas en el artículo 74˚ del mismo cuerpo normativo, de manera independiente y/o conjunta a los letrados que suscriben la presente, declarando estar instruida en los alcances de la misma.
SEGUNDO OTRO SI DIGO: Que, establecemos como domicilio procesal (lugar en Lima) y de conformidad a lo previsto en el artículo 157˚ del código procesal civil, señalo como dirección electrónica la casilla número 45265, lo que servirá tener presente.
TERCER OTRO SI DIGO: Se hace presente que para la válida notificación de la presente demanda y emplazamiento de las partes en el proceso, esta debe ser dirigida a El programa nacional contra la violencia familiar y sexual del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, domiciliados en Jirón Camaná 616 noveno piso – cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, así mismo, al procurador público en asuntos contenciosos del ministerio dela mujer y poblaciones vulnerables, con domicilio en … y en su defecto la bien inmueble materia de Litis, sito en Jirón Huáscar 999, distrito y provincia de Jauja
CUARTO OTRO SI DIGO: Se hace presente que no se adjunta tasa judicial por cuanto el Estado se encuentra expresamente exonerado de costos y costas procesales, conforme al artículo 47˚ de la constitución política y el articulo 413˚ del código procesal.
Lima, 28 de noviembre de 2017.
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