DERECHO CIVIL IV.
Enviado por Antonio • 7 de Junio de 2018 • 1.111 Palabras (5 Páginas) • 496 Visitas
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- Es la Sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus Derechos y Obligaciones que no se extinguen por la muerte.
- La cesión de derechos.
- La herencia.
- La compraventa.
- Es la persona que se encarga de supervisar al albacea:
- Curador.
- Interventor.
- Juez.
- El Testamento lo podemos realizar cualquier persona a los:
- 18 años.
- 16 años.
- 21 años.
- La Herencia se clasifica en .
- Legado y Herencia.
- A Titulo Universal y Particular.
- Legados.
- Es la parte del Derecho Civil que regula la liquidación del patrimonio del difunto, y las trasmisiones de todos los bienes y derechos del difunto, que no se extingue con su muerte, a sus sucesores o herederos.
- El Derecho Civil.
- El Derecho Hereditario.
- El Derecho Sucesorio.
- El Testamento Inoficioso:
- Es aquel que se hace en perjuicio de los hijos desheredados y que no contempla la pensión alimenticia.
- Es aquel que no cumple con los requisitos que la Ley establece.
- Es el que es realizado por el apoderado legal del Testador.
- Es el ejecutor de las disposiciones testamentarias o las que la Ley establece.
- El Heredero.
- El Heredero Sustituto.
- El Albacea
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MATERIA: DERECHO CIVIL IV
- Es una disposición a título particular, donde el testador deja bienes concretos como por ejemplo, inmuebles, muebles, dinero o derechos de propiedad intelectual.
- Legado.
- Herencia.
- Testamento.
- La persona que haya atentado en contra del testador o su familia es declarado:
- Capaz para heredar.
- Incapaz para heredar.
- Ingrato.
- Es una disposición a título universal, en la que la persona que hace el testamento nombra como heredero en todo o parte proporcional de sus bienes, sin necesidad de especificarlos.
- Legado.
- Herencia.
- Testamento.
- Sujetos de la relación jurídica sucesoria.
- De cujus, herederos, albacea, legatario e interventor.
- Autor de la sucesión, herederos y albacea.
- Muerto, herederos, albacea y legatario.
ESCRIBA UNA F SI ES FALSO Ò UNA V SI ES VERDADERO
- El albacea no es, el administrador de un patrimonio en liquidación . (V)
- Cuando el albacea no es nombrado por el autor de la herencia debe ser
nombrado por los ascendientes del testador. (F)
- La liquidación de la herencia debe llevarse a cabo repartiendo en primer lugar
el saldo y adjudicación a los legatarios y herederos y al final el pago a los acreedores. (V)
- La beneficencia pública tiene derecho a heredar cuando no existe ningún
heredero dentro del 4º grado. (V)
- El heredero y el heredero sustituto heredan simultáneamente . (F)
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