Demanda laboral estado de mexico.
Enviado por Mikki • 27 de Diciembre de 2017 • 1.941 Palabras (8 Páginas) • 657 Visitas
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que ésta guarde en el momento de dar cumplimiento a ésta pretensión.
K.- EL PAGO DE REPARTO DE UTILIDADES, correspondientes a los períodos de los años 2012, 2013, 2014 y 2015, éste último en su parte proporcional.
L.- EL PAGO DE LAS CANTIDADES ADEUDADAS A MI PODERDANTE, respecto de salarios devengados y no pagados.
M.- LA DECLARACION FROMAL DE NULIDAD, respecto de cualquier documento que exhiba la parte demandada en el procedimiento en donde mi representado haya firmado alguna renuncia a sus derechos laborales, por contravenir a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo.
N.- LA DEVOLUCIÓN DEL MONTO QUE SE ENCUENTRA AHORRADO POR CONCEPTO DE CAJA DE AHORRO, correspondiente al 10% de mi salario quincenal por todas y cada una de las quincenas que laboró mi poderdante para los hoy demandados.
La presente demanda y las acciones que en ella se ejercitan, encuentran su fundamento en los hechos y consideraciones de derecho siguientes:
H E C H O S
I.- SANDRA ITZAYANA FLORES ZARATE, el día 19 de junio de 2012, ingresó a prestar sus servicios a los demandados indistintamente, de manera personal y subordinada a la empresa hoy demandada “OPERADORA WALMART S.R.L. DE C.V.”, así como a los demandados físicos MIGUEL GOMEZ MORA, en su calidad de Gerente; LUIS AROZENA, en su calidad de Subgerente de Operaciones; TERESITA RUIZ, en su calidad de Subgerente de Mercancías Generales y ALEJANDRO CANO, en su calidad de Subgerente de Perecederos, quienes se ostentan como principales patrones, fijándome las siguientes condiciones de trabajo:
ÚLTIMA CATEGORÍA: CAJERA
HORARIO DE LABORES: ROLADO PARCIAL 36 HORAS SEMANALES/ 72 HORAS QUINCENALES.
SUELDO BASE MENSUAL: $3940.00 M.N. (TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA PESOS, MONEDA NACIONAL)
AGUINALDO: $2,600.00 (DOS MIL SEISCIENTOS PESOS, MONEDA NACIONAL)
VACACIONES: (DIEZ DIAS) $1,313.00 M.N. (MIL TRESCIENTOS TRECE PESOS, MONEDA NACIONAL)
PRIMA VACACIONAL: $328.00 M.N. (TRESCIENTOS VEINTIOCHO PESOS, MONEDA NACIONAL)
SALARIO DIARIO INTEGRADO: $131.33 (CIENTO TREINTA Y UN PESOS TREINTA Y TRES CENTAVOS, MONEDA NACIONAL)
SALARIOS DE VENGADOS: LOS CUALES ASCIENDEN A LA CANTIDAD DE $1,970.85 M.N (MIL NOVECIENTOS SETENTA PESOS OCHENTA Y CINCO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL).
Cantidades que deberán de servir de base para el cálculo de las prestaciones reclamadas, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo en relación a las actualizaciones de los montos en el salario a la fecha del pago por parte del patrón.
II.- Así las cosas, los hoy demandados le asignaron como parte de sus obligaciones a la hoy actora, la categoría de cajera dentro de la empresa denominada “OPERADORA WALMART S.R.L. DE C.V.”, en el establecimiento denominado “BODEGA AURRERA”, ubicado en el domicilio señalado en el proemio del presente escrito.
III.- Así las cosas, el día 23 del mes de Agosto de 2015, mi poderdante se encontraba realizando sus labores en la empresa multimencionada, cuando la Subgerente Teresita Ruíz se acercó a ella y le dijo “Que había cometido una falta, que era una persona deshonesta, que la empresa no merecía tener gente como ella, mostrándole una hoja sin mucho datos de unos artículos marcados por la caja registradora, que el de prevención la acompañaría a sacar sus cosas para que no se fuera a llevar algo de valor, que le diera su chaleco y su gafete y que no se presentara más porque ya estaba dada de baja, a lo que solicitó se le dieran por escrito las razones, a lo cual solo le contestó que su despido fue por un supuesto robo”, es aquí donde se desprende el despido injustificado del cual fue objeto mi demandante, por lo que es procedente el pago de todas y cada una de las prestaciones reclamadas.
Es conveniente mencionar a Usía que en reiteradas ocasiones mi representada se ha presentado a la fuente de trabajo, de la cual fue indebida e injustificadamente despedida, para ver si lograba que le pagaran una parte de lo que por ley tiene derecho, lo cual no ha sido posible, por tal motivo nos vemos en la imperiosa necesidad de recurrir ante esta instancia para conseguir los pagos que conforme a derecho le corresponden, debido al injustificado despido del que fue objeto mi representada.
Funda y regula el fondo de este escrito, lo dispuesto por los artículos 5, 123 apartado “A” fracciones I, VII, X, XI, XIII, XIV, XX, XXI, XXVII Y XXIX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con relación a los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 8, 10, 11,16 al 20, 21, 24, 25, 26, 31, 33, 35, 39, 47 fracción XV penúltimo y último párrafo, 48 y demás relativos y aplicables a la Ley Federal del Trabajo.
Funda y regula el procedimiento, lo dispuesto por los artículos 685 al 891 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo.
Por lo anterior expuesto y fundado; A USTED C. PRESIDENTE DE ESTA H. JUNTA, atentamente solicito y sirva:
PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma en términos del presente escrito, demandando a la empresa denominada “OPERADORA WALMART, S.R.L. DE C.V.”; MIGUEL GOMEZ MORA, en su calidad de Gerente; LUIS AROZENA, en su calidad de Subgerente de Operaciones; TERESITA RUIZ, en su calidad de Subgerente de Mercancías Generales; ALEJANDRO CANO, en su calidad de Subgerente de Perecederos, Y/O A QUIEN RESULTE RESPONSABLE de la fuente de trabajo, el pago de todas y cada una de las prestaciones reclamadas.
SEGUNDO.- Ordenar la admisión a trámite de la presente demanda laboral en la vía y términos propuestos, y en consecuencia señalar día y hora para levar a cabo la audiencia de ley.
TERCERO.- Ordenar el emplazamiento a juicio de los demandados con las copias que para tal efecto se acompañan, en el domicilio señalado en el proemio de la presente demanda.
CUARTO.- Tenerme por reconocida la personalidad con la que me ostento, así como la de los profesionistas que para tales efectos se señalan.
QUINTO.- En su momento, y previo los trámites de ley, dictar el laudo en donde se condene a los demandados al pago
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