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Derecho internacional.

Enviado por   •  22 de Junio de 2018  •  1.596 Palabras (7 Páginas)  •  313 Visitas

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TEORÍAS TERRITORIALISTAS O INTERNISTAS: Todo debe de estar contemplado desde el ámbito nacional o interno.

TEORÍAS AUTÓNOMAS: Comúnmente llamado mixto, es decir que reunia ideas de las dos teorías anteriores esto es porque debe de tener derecho interno e internacional.

Posteriormente, de acuerdo con Werner Goldschmidt, Joseph Story en 1834 fue el primero en hablar de Derecho Internacional en su obra Commentaries on the conflicto of law, luego en el año de 1841 W. Schaffner uso esta denominación.

INSTRUMENTOS INTERNACIONALES. (CRONOLOGÍA)

Igualdad de derechos entre nacionales y extranjeros. La Asamblea Constituyente francesa de 1790 suprimió el derecho de aubana y de detracción. Con la Constitución de 1791 se proclamó la igualdad de derechos entre nacionales y extranjeros; en esta determinación influyeron las ideas de diversos pensadores de la época y se preparó así el advenimiento de una nueva era en la' condición jurídica de los extranjeros, Como se reflejó en la Constitución de Estados Unidos de América

Movimientos que favorecen a los extranjeros. Desde principios del presente siglo se han gestado movimientos favorables a los extranjeros, los cuales Se interrumpieron durante la Primera Guerra Mundial; sin embargo, a la terminación de este enfrentamiento resurgieron con más fuerza. Entre estos movimientos cabe destacar la Conferencia Internacional sobre la Condición de los Extranjeros, celebrada en París (1929) y la Convención Panamericana de La Habana.

Declaración Universal de los Derechos del Hombre. Se trata de una Declaración aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas de 10 de diciembre de 1948 y señala el punto culminante en el reconocimiento de los derechos de los extranjeros:

Art. 20. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración" sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política de cualquier índole. Origen nacional o social. Posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

PRINCIPALES REPRESENTANTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.

HANS LEWALD.

Nació el 23 de mayo de 1883 en Bacilea, Alemania, y murió el 10 de noviembre de 1963, fue un destacado jurista alemán quien a partir de 1911 fue asociado de la Universidad de Lausana). En 1915 fue nombrado miembro de Frankfurt y desde 1920 enseñó en la Universidad de Colonia como profesor de Derecho Romano . Después del restablecimiento de la Universidad 1919 Facultad de Derecho el 9 de enero, 1920 era abrir con un período inicial de cinco profesores ordinarios. Se fue pronto seguida de Colonia y en 1923 de nuevo una llamada a Frankfurt. De 1932 a 1935 Lewald luego enseñó en la Universidad de Berlín, además, Derecho Civil y Derecho Internacional Privado . También fue miembro del Instituto de Derecho Internacional en Gante y la Sociedad Kaiser Wilhelm en Berlín.

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PAUL OURLIAC.

Nació el a9 de enero de 1911 en Toulouse, Francia y murió el 8 de agosto de 1998, abogado internacional de prestigio que tenía una visi6n profunda de la historiografía jurídica francesa de nuestro siglo, además de ser un ferviente historiador y retomo los estudios en Derecho Internacional que se tenían en la época Romana.

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ACURSIO.

Nacio en 1184 en Florencia, Italia y murió en el año de 1263, Francisco Accursio fue el más grande jurista de la escuela boloñesa, gloriosa expresión de la civilización italiana en la Edad Media que, dignamente enlazada con la tradición jurídica romana, continuando la obra de sus predecesores, comentó y glosó el Corpus Juris de Justiniano, que había vuelto a alcanzar reputación poco más de un siglo antes, y recopiló, ordenándolos de un modo sistemático, sus comentarios y los de los maestros anteriores, componiendo así la Gran Glosa.

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BARTOLO DE SASSOSFERRATO.

Nació en el año de 1313 en Perusa, y murió el 13 de Julio de 1357, es considerado como el jurista más influyente de todos los siglos,1siendo el máximo artífice de lo que es el Derecho Privado que, asociado al Derecho canónico para formar el utrumque ius, constituye el pilar clave de la cultura jurídica europea; fue precursor medieval del derecho internacional público.

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CHARLES DUMOLIN.

Jurisconsulto francés. Profesor de derecho en las universidades de Estrasburgo y Tubinga y autor de diversas obras sobre derecho romano.

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