El Derecho Administrativo. Tarea
Enviado por tolero • 25 de Diciembre de 2017 • 930 Palabras (4 Páginas) • 522 Visitas
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En el caso específico la Prescripción y la caducidad potencian la seguridad jurídica y son fundamentales en los derechos y principios constitucionales sobre todo el de proporcionalidad Arts. 246 Cn. Y el del debido proceso Art 11 Cn. y la Seguridad Jurídica, por lo que todo funcionario está obligado a cumplir estos mandatos Arts. 235 Cn. y amparados en esto podría en el caso de Prescripción suplir la laguna con lo reglado en la Ley del Procedimiento para la imposición del arresto o multa administrativo Arts. 1, 12 y 23 y para las lagunas relativas a la Caducidad deberá suplir por analogía con lo normado en El código Pr. Pn. Art 34.
2. Prescripción y Caducidad:
Explique (desde su postura) cual es la mejor forma de suplir la lagunas normativas en leyes sectoriales que no regulan estas figuras;
En el Derecho Administrativo Sancionador por la necesidad de seguridad jurídica y respetar los principios de proporcionalidad y el debido proceso tanto como impedir que el estado se vuelva un ente con actividad de sanción y gravamen ilimitado debe aplicarse en sus lagunas jurídicas administrativas sancionadoras la técnica de supletoriedad y analogía, técnica en la que se descubre una norma específica en cualquier otra ley general o especial del ordenamiento entre las cuales no hay ninguna conexión con la de aplicación y por vía interpretativa de razonabilidad o hasta de sana critica se aplica al caso no previsto.
En el caso específico la Prescripción y la caducidad potencian la seguridad jurídica y son fundamentales en los derechos y principios constitucionales sobre todo el de proporcionalidad Arts. 246 Cn. Y el del debido proceso Art 11 Cn. y la Seguridad Jurídica, por lo que todo funcionario está obligado a cumplir estos mandatos Arts. 235 Cn. y amparados en esto podría en el caso de Prescripción suplir la laguna con lo reglado en la Ley del Procedimiento para la imposición del arresto o multa administrativo Arts. 1, 12 y 23 y para las lagunas relativas a la Caducidad deberá suplir por analogía con lo normado en El código Pr. Pn. Art 34.
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