El envejecimiento sano como un derecho de la salud pública
Enviado por Sandra75 • 1 de Diciembre de 2018 • 8.687 Palabras (35 Páginas) • 271 Visitas
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En Costa Rica la Esperanza de Vida de acuerdo a los datos del INEC, es de 80 años en promedio para las mujeres y 79 para los hombres, pero la esperanza de vida se extiende para quienes llegan a los 60 años ya que, al cumplir esa edad, los hombres sumaran 22 años más hasta los 82, y las mujeres 25 más hasta los 85. No obstante en el sector salud el reto no es vivir más sino mejor; es decir, se debe considerar el tema de la Esperanza de Vida Saludable. En nuestro país de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo las mujeres viven 71 años con salud y 10 con enfermedad o discapacidad; los hombres viven 68 años de salud y 9 de enfermedad.
Esto es debido a factores especialmente en el aumento en las enfermedades crónicas, la obesidad y factores como cáncer, enfermedades cardiacas entre otras, donde la mayoría de ellas son productos del estilo de vida.
Con los datos expuestos y de acuerdo con sus fundamentos conceptuales y estratégicos, el Ministerio de Salud, en su calidad de ente rector de la producción social de la salud, es quien tiene la misión de garantizar la protección y el mejoramiento del estado de salud de la población, desde la estrategia de avanzar de la atención de la enfermedad hacia la promoción de la salud como un valor social.
Cómo un principio constitucional en el Artículo 21 de la Constitución Política es el Estado a quién le corresponde velar por la inviolabilidad de la vida humana y es por medio de la Ley General de Salud, donde se expresa que la salud de la población es un bien de interés público tutelado y le corresponde al Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Salud, proteger y mejorar la salud de la población.
En el tema de Envejecimiento Saludable existen múltiples acciones que se realizan en diferentes instituciones del Sector Salud; sin embargo, es necesario articular todos aquellos aspectos que corresponden al cumplimiento del Marco Legal en este tema y por ello es preciso trabajar en forma conjunta y articulada para establecer una estrategia que logre resultados a corto, mediano y largo plazo.
Además, es claro que los esfuerzos porque el sistema de salud de respuesta es fundamental, sin embargo, no es la Sala Constitucional quién debe garantizar el sistema de protección social sino el Poder Ejecutivo puesto que no es un asunto que se resuelve en la atención de casos individuales sino es un trabajo integrado de parte del sector y órganos adscritos.
Los ciudadanos y habitantes de Costa Rica contamos con el privilegio de nacer con una serie de derechos inherentes que no siempre valoramos, ya que crecemos con ellos como una condición en nuestro modo de vida y no siempre discernimos sobre el significado de ello, no solo el nacer en un país hermoso en biodiversidad y escenografía, sino que además es pacífico, saludable, feliz y longevo.
Hemos llegado socialmente al punto de que solo reconocemos lo malo de nuestro país, de nuestros profesionales y políticos y olvidamos la construcción y el significado de los factores protectores que tenemos para vivir, especialmente saludables y longevos.
La salud y la longevidad son una condición que ha sido construida y no casualidad de la genética únicamente o actos de la divinidad lo cierto es que fue un desarrollo de determinantes sociales que lo han permitido a través de los años.
Estos factores han determinado un marco normativo que ha protegido la salud como derecho de los seres humanos, las costumbres, la cultura y los factores biológicos; los cuales han sido protegidos por un Sistema de Salud que ocupa un lugar privilegiado entre los países del mundo, a saber: Francia, Uruguay, Malasia, Costa Rica, México y además a la par de sistemas europeos entre ellos en forma destaca Finlandia.
Marco Legal y Político en la protección de la salud
Partiendo que el envejecimiento es un proceso que ocurre durante todo el curso de vida del ser humano y la vejez es una etapa más, el envejecimiento y su definición en el Marco Legal está vinculada a la atención de la población desde el curso de vida: en la Constitución Política, la Ley Nª 5395 Ley General de Salud, la Ley Nª 7739 Código de la Niñez y adolescencia dada en seguimiento a la Convención de Derechos Humanos, la Ley Nª 8261 -Ley General de la persona Joven.
Además, la Ley 7935 ley Integral para la Persona Adulta Mayor y su reglamento decreto 30438- MP dice en el artículo Nª 15: las acciones del Ministerio de Salud que corresponden en su calidad de rector del sector son; a) promover el concepto de atención integral en salud para garantizar el nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional de este grupo de edad. b) acreditar el funcionamiento de los establecimientos y los Programas de Atención a las personas adultas Mayores d) aportar elementos técnicos para que las instituciones incluya en sus programas de capacitación contenidos sobre el proceso de envejecimiento desde una perspectiva integral con enfoque de género. Otros instrumentos a nivel del país complementan esta legislación como lo son:
- Política Nacional de Salud
- Política Nacional de Vejez y envejecimiento
- Política Nacional de Niñez y adolescencia
- Política Nacional de la Persona Joven
- Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional
- Política Nacional de Sexualidad
- Política Nacional para la Actividad Física
- Política Nacional para Personas con discapacidad
- Política Nacional para los pueblos indígenas
- Estrategia Nacional para la atención de enfermedades crónicas y la obesidad
- Plan Nacional de Desarrollo
- Planes estratégicos locales en Salud
- Programas a nivel de CCSS (niñez, adolescencia, enfermedades crónicas, salud escolar, de Adulto Mayor entre otros)
Entre la normativa internacional que regula el tema se cuenta con:
- Declaración Universal de los Derechos Humanos.
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
- Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
- Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento. Viena, 1982
- Principios
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