El notario no es un empleado del fisco y no recibe ninguna remuneración de este.
Enviado por Christopher • 14 de Diciembre de 2018 • 888 Palabras (4 Páginas) • 279 Visitas
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Una de las otras obligaciones del notario es proporcionar informes y daos a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público cuando se le solicite. En caso de no hacerlo se hace acreedor de una multa que va de $290.00 a $900.00.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Dentro de su artículo 33 establece que es obligación del notario de liquidar bajo su responsabilidad los impuestos causados por enajenación en construcción no destinadas a casa habitación, es decir que tratándose de enajenación de inmuebles por la que se debe pagar impuestos, aquellos que tengas disposición legal tengan funciones notariales calcularan el impuesto bajo su responsabilidad y darán aviso.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Dentro de los artículos 103 y 106, tiene dos obligaciones:
1.-Liquidar el ingreso gravable, o sea, cuantificar en pesos
2.- Hacer el pago provisional.
Este último solo si en caso de que haya sido expensado por su cliente para tal efecto, debe enterar el impuesto en Hacienda.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICION DE INMUEBLES
Dentro de esta ley el notario tiene la obligación de hacer constar en la misma escritura el cálculo del impuesto. Para la liquidación del impuesto se toma como base el precio asignado por las partes al inmueble, siempre y cuando no sea menor al catastral.
CODIGO FINANCIERO
Con relación a la actividad notarial, la parte más importante es la correspondiente al Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, que se encuentra dentro del capítulo II. El cual nos establece:
1.- Los sujetos obligados al pago del impuesto
2.- Que es lo que se entiende por adquisición
3.- El valor que se tomara en cuenta para el pago del impuesto
4.- La reducción que se hará según del tipo de inmueble que se trate
5.- Como debe de hacerse el pago
6.- Cálculo del impuesto
En el artículo 38 establece que hay una doble obligación que una es a cargo de los contribuyentes que otorgan escrituras traslativas de dominio y la otra es a cargo de los notarios.
La primera obligación que se refiere a cargo de los contribuyentes que otorguen traslativas de dominio se refiere a que los actos o contratos en los cuales se adquiera o transmita la propiedad de bienes inmuebles, así como en la constitución o transmisión de derechos reales sobre los mismos, debe de ser presentada a las autoridades fiscales correspondientes.
Y la que se refiere a cargo de los notarios es que previamente autorizado las escrituras públicas o demás documentos que este haya autorizado, deberá incluir en los documentos en los que se haga constar los actos y contratos indicando en una clausula especial donde debe incluir el aviso correspondiente a la declaración y comprobantes de pago que respecto del inmueble que se haya presentado.
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