El nuevo Juicio de conciliacion demanda y exepciones
Enviado por monto2435 • 19 de Diciembre de 2018 • 1.309 Palabras (6 Páginas) • 404 Visitas
...
EN USO DE LA PALABRA LA PARTE DEMANDADA SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL SECCIÓN VI, MANIFIESTA: En este acto y en mi carácter de representante legal vengo a dar contestación a la i justa demanda instaurada en contra de mi poderdante mediante memorial constante de 6 fojas útiles, escritas a una sola de sus caras, de las cuales me afirmo y ratifico en todos y cada uno de sus términos.------------------------------------------------------------------------
EN USO DE LA PALABRA EN VIA DE REPLICA LA PARTE ACTORA MANIFIESTA: Que la verdad de los hechos es la manifestada por mi representada en su escrito inicial de demanda, por lo que me reservo el derecho de seguir interviniendo en la presente audiencia.-----------------------------------------
EN USO DE LA PALABRA EN VIA DE CONTRAREPLICA LA PARTE DEMANDADA INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, MANIFIESTA: Se insiste en que la verdad de los hechos es la expresada por mi representada al dar contestación a la demanda inicial.-----------------------------------
EN USO DE LA PALABRA EN VIA DE CONTRARREPLICA LA PARTE DEMANDADA SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL SECCIÓN VI, MANIFIESTA: que la verdad de los hechos es la contenida en mi escrito de contestación a la demanda.-------------------------
LA JUNTA ACUERDA: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, se reconoce la personalidad del Licenciado JOSE LUIS MIJANGOS PALOMO como apoderado de la actora MARIA ELENA DURAN CORREA, así como a los demás profesionistas nombrados en términos de la carta poder de fecha 1 de julio del 2013 que obra a foja 9 de autos. Asimismo, con fundamento en el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, se reconoce la personalidad del Licenciado JOSE LUIS GALLEGOS BERZUNZA, como apoderado y representante legal de la demandada INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, en términos del testimonio de personalidad exhibido. Con fundamento en el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, se reconoce la personalidad del Licenciado JOSE LUIS GALLEGOS BERZUNZA, como apoderado y representante legal de la demandada INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, en términos del testimonio de personalidad exhibido. Por celebrada la etapa de demanda y excepciones y por cerrado el período correspondiente. Se tiene a la parte actora por afirmada y ratificada de su escrito inicial de demanda. Se tiene a la demandada INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, dando contestación a la demanda en los términos de un escrito fecha 28 de agosto del 2013, constante de 8 fojas útiles, escritas por ambas caras, por opuestas las excepciones y defensas hechas valer. Se tiene al demandado SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL SECCIÓN VI, dando contestación a la demanda en los términos de un escrito fecha 13 de agosto del 2013, constante de 6 fojas útiles, escritas por una sola de sus caras, por opuestas las excepciones y defensas hechas valer. Se tienen por hechas las manifestaciones de las partes en vía de réplica y contrarréplica, mismas que se tomarán en cuenta en el momento procesal oportuno. Y con fundamento en el artículo 878 fracción VIII de la Ley Federal del Trabajo, se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA DIEZ DE OCTUBRE DEL DOS MIL TRECE, para la celebración de la audiencia en su etapa de OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS, se apercibe a las partes que en caso de no comparecer en la fecha y hora señaladas se les tendrá por perdido su derecho para ofrecer pruebas.- Por último, devuélvasele a los comparecientes por el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL y el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL SECCIÓN VI, los testimonios de personalidad exhibidos, dejándose en autos copia certificada de los mismos previo el cotejo correspondiente. Lo anterior con fundamento en el artículo 695 de la Ley Federal del Trabajo. NOTIFIQUESE.- Notificados en este acto los comparecientes, firman al margen para constancia y al calce el Auxiliar de esta Junta Especial 21, de la Federal de Conciliación y Arbitraje, en presencia del Secretario que autoriza y da fe, lo anterior, con fundamento en el artículo 620 fracción II a) de la Ley Federal del Trabajo.- DOY FE.--------------------------------------------------------
EL AUXILIAR
LA SECRETARIA
LIC. HAROLD AARON SAIDE HERRERA
LIC. VICTORIA ELIZABETH CHANG HIP
VECH/ldl.
...