Ensayo de la Sociedad Derecho Mercantil Guatemala
Enviado por Sara • 1 de Enero de 2019 • 2.639 Palabras (11 Páginas) • 648 Visitas
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Sociedad en Comandita Simple
Concepto
Es la compuesta por uno o varios socios comanditados que responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales; y por uno o varios socios comanditarios que tienen responsabilidad limitada al monto de su aportación.
Nombre de la sociedad
Cualquier persona que no sea socio comanditado, que haga figurar o permita que su nombre figure en la razón social, quedará obligada en favor de terceros en igual forma que los comanditados. En igual responsabilidad incurrirán los socios comanditarios cuando se omita en la razón social la expresión: Sociedad en Comandita, o su abreviatura.
Características principales
- Se forma siempre por dos clases de socios. Los comanditarios y los gestores o colectivos. Los primeros limitan la responsabilidad a sus respectivos aportes. En tanto que los segundos se comprometen solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales.
- Por tener dos categorías de asociados, la sociedad en comandita simple presenta dos denominaciones en los derechos de cada socio. Así, los de los socios colectivos se denominan parte de interés y de los comanditarios cuotas sociales.
- Respecto a las decisiones de la junta de socios, cada gestor tiene derecho a un voto, mientras que los votos de los comanditarios se computan conforme al número de cuotas que posea cada uno en la sociedad.
Capital social
El capital de la sociedad debe ser aportado íntegramente al constituirse, por uno o más socios comanditarios o por éstos y por socios comanditados. Debe de ser totalmente pagado
Ventajas
- Inversión de trabajo. Las personas que desean poner un negocio pueden solamente invertir sin necesidad de involucrarse administrativamente.
Desventajas
- El capital debe de ser totalmente pagado.
- Toda la responsabilidad y poder es de los comanditados.
Sociedad de responsabilidad limitada
Concepto
Es la compuesta por varios socios que sólo están obligados al pago de sus aportaciones. Por las obligaciones sociales responde únicamente el patrimonio de la sociedad y, en su caso, la suma que a más de las aportaciones convenga la escritura social.
Nombre de la sociedad
La sociedad girará bajo una denominación o bajo una razón social. La denominación se formará libremente, pero siempre hará referencia a la actividad social principal. La razón social se formará con el nombre completo de uno de los socios o con el apellido de dos o más de ellos. En ambos casos es obligatorio agregar la palabra Limitada o la leyenda: y Compañía Limitada, las que podrán abreviarse: Ltda. O Cía. Ltda., respectivamente.
Características principales
- El número de los socios no podrá exceder de veinte.
- En esta forma de sociedad, no podrá haber socio industrial.
- Salvo que en la escritura social se hubiere constituido un consejo de vigilancia, cada socio tiene derecho a obtener de los administradores informe del desarrollo de los negocios sociales y a consultar los libros de la sociedad. Es nulo todo pacto en contrario.
- No existen acciones.
Capital social
No existe mínimo de capital.
Ventajas
- La responsabilidad es limitada.
- No existe mínimo de capital
- Límite de socios. Permite que los socios se conozcan.
- Pueden ser sociedades familiares.
- Se puede tener denominación para no dar a conocer a los socios.
Desventajas
- El capital debe de ser totalmente pagado.
- No existe socio industrial.
Sociedad Comandita por Acciones
Concepto
Es la compuesta por uno o varios socios comanditados que responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales; y por uno o varios socios comanditarios que tienen responsabilidad limitada al monto de su aportación.
Nombre de la sociedad
La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos si fueren varios y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía, Sociedad en Comandita, la que podrá abreviarse: y Cía. S. en C.
Características principales
- Los socios comanditarios tienen prohibido cualquier acto de administración de la sociedad, aun en calidad de apoderados de los socios comanditados o de la sociedad.
- Los socios comanditarios no están obligados a restituir las utilidades que hubieren cobrado de buena fe, de acuerdo con los estados financieros aprobados.
- Si para los casos de muerte o incapacidad del socio administrador, no se hubiere determinado en la escritura social la forma de sustituirlo y la sociedad hubiere de continuar, podrá un socio comanditario, a falta de otro comanditado, desempeñar interinamente los actos urgentes o de mera administración, durante un plazo que no podrá exceder de un mes contado desde el día en que la muerte o incapacidad hubiere ocurrido.
Capital social
El capital de la sociedad debe ser aportado íntegramente al constituirse, por uno o más socios comanditarios o por éstos y por socios comanditados.
Ventajas
- Capacidad de socios inversionistas.
- Hay acciones.
- No habla de capital mínimo.
Desventajas
- La responsabilidad es de los socios comanditados.
Sociedad
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