FORMACION DE LA OPINION Y EMISION DEL INFORME
Enviado por tolero • 26 de Febrero de 2018 • 4.425 Palabras (18 Páginas) • 328 Visitas
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ESTADOS FINACIEROS COMPARATIVOS: Es la información comparativa consistente en importes e información revelada del periodo anterior que se incluyen a efectos de comparación con los estados financieros del periodo actual, y a los que sí han sido auditados el auditor hará referencia en su opinión.
REQUERIMIENTOS:
- PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA
El auditor deberá determinar si los estados financieros incluyen información comparativa requerida por el M.I.F.A. y si se encuentra adecuadamente clasificada, el cual deberá evaluar lo siguiente:
- Evaluará si la información comparativa coincida con los importes y otra información presentada en el periodo anterior o cuando proceda si ha sido reexpresada.
- Las políticas contables reflejadas en la información comparativa son congruentes con las aplicadas en el periodo actual o en el caso de haberse producido cambios en las políticas contables, si se han tomado en cuenta y han sido adecuadamente presentados y revelados.
- INFORME DE AUDITORIA:
Cuando en el informe se presenten cifras correspondientes de periodos anteriores la opinión del auditor no se referirá a dichas cifras a excepto por:
Que se haya expresado en el periodo anterior una opinión modificada y no se ha resuelto ya en el periodo actual.
Si el auditor obtiene evidencia de auditoria de que existe una incorreción material en el periodo anterior sobre el cual fue emitida una opinión no modificada, y las cifras de periodos anteriores han sido correctamente reexpresadas o la información adecuada no se ha revelado, se deberá emitir una opinión con salvedades o desfavorable. Si los Estados financieros del periodo anterior no han sido auditados.
ESTADOS FINANCIEROS DEL PERIODO ANTERIOR AUDITADOS POR UN AUDITOR PREDECESOR:
Las disposiciones legales no prohíben al auditor referirse al informe de auditoría del auditor antecesor, en lo que se refiere a las cifras de periodos anteriores de periodos anteriores y si el auditor se refiriere al periodo anterior deberá insertar un párrafo sobre otras cuestiones del informe de auditoría e incluirá:
- Que los E.F. del periodo anterior fueron auditados por el auditor predecesor.
- Qué tipo de opinión fue expresada y si fue una razón modificada cuales fueron las razones por el cual se expresó dicha opinión.
- La fecha del informe.
Cuando se presentan Estados financieros comparativos : La opinion del auditor deberá referirse a cada periodo.
NIA 720
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR CON RESPECTO A OTRA INFORMACION INCLUIDA EN LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS ESTADOS FINANCIERO AUDITADOS.
OBJETIVO: Que el auditor responda adecuadamente cuando los documentos que contengan los estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoria incluyan otra informacion que pueda menoscabar la credibilidad de los estados financieros y del informe de auditoria.
OTRA INFORMACION: Puede ser información financiera o no financiera (que sea distinta a los E.F. y del informe de auditoría), incluida por disposiciones legales o reglamentarias o costumbre en un documento que contenga estados financieros auditados y el informe de auditoría correspondiente:
Ejemplo:
- Un resumen de la administración sobre sus operaciones o resúmenes financieros.
- Inversiones de capital previstas
- Ratios financieros
- Nombres de los directivos y de los administradores.
REQUERIMIENTOS:
- El auditor deberá examinar la otra información, con el fin de identificar incongruencias materiales, si las hubiera con los estados financieros.
A efectos de la NIA otra información no comprende por ejemplo:
- Un comunicado de prensa o un escrito de traslado, tal como una carta de presentación que acompañe el documento que contiene los estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría.
- Información contenida en presentaciones de analistas.
- Información contenida en la página web de la entidad.
- Inconsistencias materiales: Si el auditor, al revisar la otra información encuentra inconsistencias materiales, deberá determina si es necesaria una revisión a los estados financieros auditados o a la otra información. Cuando esa revisión es necesaria y la administración se niega a hacerla el auditor deberá modificar la opinión, así como lo establecen las normas internacionales de auditoria, comunicarlo a los encargados del gobierno corporativo cuando sea posible, y describir la situación en un párrafo de otro asunto en el dictamen. Si la situación lo exige el auditor podrá retener el dictamen o retirarse del trabajo, cuando sea posible de acuerdo a las normas y regulaciones pertinentes.
- Errores materiales de hecho: Cuando el auditor encuentra errores materiales de hecho durante su revisión de la otra información, debe comunicarlo y discutirlo con la administración, y si es necesario la administración puede consultar a una tercera parte calificada, para tomar las decisiones adecuadas.
NIA 800
CONSIDERACIONES ESPECIALES
Auditorias de Estados Financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos.
Los estados financieros con fines específicos son preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos.
Un marco de información financiera con fines específicos es diseñado para satisfacer las necesidades de información financiera de usuarios específicos, puede ser un marco de información financiera de imagen fiel o un marco de cumplimiento.
CONJUNTO COMPLETO DE ESTADOS FINANCIEROS:
- Estados Situación Financiera
- Estados de Situación Integrales
- Estados Flujo de
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