Fundamentos Fiscales.
Enviado por Christopher • 3 de Abril de 2018 • 4.404 Palabras (18 Páginas) • 322 Visitas
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El Impuesto es un acto de autoridad, derivado del ejercicio del Poder Público que debe pagarse aún en contra de la voluntad del contribuyente, es decir ingresos económicos que precisa el Poder Público para cumplir con los fines que tiene encomendados, entre los que se encuentra satisfacer las necesidades colectivas. Algo muy importante de contribuciones del mismo Articulo, son las aportaciones de seguridad social, siendo el pago de impuestos establecidos en las normas jurídicas fiscales a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la Ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.
En materia federal se considera al IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, FOVISSTE, en materia estatal se ubica a Pensiones Civiles del Estado y el Instituto Chihuahuense de la Salud que son organismos descentralizados de la administración estatal encaminados a otorgar la seguridad social del estado de Chihuahua. Y por parte de la seguridad social municipal, el municipio de Parral contrata los servicios de hospitales particulares para que reciban a los trabajadores del municipio como el hospital de Jesús o la clínica Hinojos y con su propia farmacia, donde el municipio descuenta a sus trabajadores el impuesto correspondiente por el otorgamiento de la seguridad social.
GEOVANNI DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
De acuerdo con el mismo artículo 2, último párrafo, del Código Fiscal de la Federación son accesorios de las contribuciones los recargos, las multas, los gastos de ejecución y la indemnización por cheque devuelto.
Se establece en el artículo 32 de la Ley del ISR que no son deducibles los accesorios de las contribuciones, excepto los recargos efectivamente pagados.
Lo anterior significa que los recargos que pague un contribuyente por pago extemporáneo o por pago a plazos de cualquier impuesto son deducibles en el ISR (por ejemplo, los recargos pagados por un pago extemporáneo de IVA del mes de enero 2011, aún cuando el pago del propio IVA no sea una deducción para ISR).
Las multas pagadas, así como los gastos de ejecución, no son deducibles aunque sean erogaciones que se pagan con cierta regularidad.
La actualización de las contribuciones por el incremento de precios mediante los Índices Nacionales de Precios al Consumidor no se considera como accesorio. Las cantidades actualizadas conservan la misma naturaleza jurídica que tenían antes de su actualización.
Otra contribución que los mexicanos están obligados a pagar son los aprovechamientos, constituidos en el Articulo 3o del mismo código,que serán los ingresos que percibe el estado por el derecho publico, que no sean contribuciones de financiamiento. Este tipo de ingresos es con el cual el gobierno federal, estatal o municipal, llega a su presupuesto, y son las retribuciones que se cobran por permisos, servicios o multas.
Los aprovechamientos por concepto de multas impuestas por infracciones a las disposiciones legales o reglamentarias que no sean de carácter fiscal, podrán ser destinados a cubrir los gastos de operación e inversión de las dependencias encargadas de aplicar o vigilar el cumplimiento de las disposiciones cuya infracción dio lugar a la imposición de la multa, cuando dicho destino específico se establezca en las disposiciones jurídicas aplicables.
Ttambien serán aprovechamientos los productos, que se constituyen como las contraprestaciones por los servicios que preste el Estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado. La diferencia entre uno y otro es principalmente que los productos se obtienen por dar algo a cambio, por ejemplo: la licencia de conducir, un permiso, etc, y por los aprovechamientos no se obtiene remuneración como son las multas.
Por otro lado puede afirmarse que existe un monto en dinero a favor del contribuyente a la hora de determinar la obligación tributaria, el contribuyente puede deducirlo del débito fiscal (su deuda) para calcular el monto que debe abonar al Estado, esto se explica en el numeral 4º del mismo código.
El gobierno puede instrumentar distintos programas para el uso del crédito fiscal (que, en todos los casos, será un monto de dinero a favor del contribuyente, que puede ser una empresa o una persona). Hay planes donde el contribuyente puede utilizar crédito fiscal para pagar clases de formación; de esta manera, el dinero vuelve al Estado, pero el contribuyente recibe más servicios. La recaudación proveniente de todos los ingresos de la Federacion se hará por la Secretaria de Hacienda Credito Publico y por las oficinas que dicha Secretaria Autorice y las autoridades que remitan créditos fiscakes al Servicio de Administracion Tributaria para su cobro, deben cumplir con los requisitos que establezca dicho órgano.
Existen aplicaciones estrictas dentro de ls disposiciones fiscales que establecen cargos a particulares y las que señalan excepciones a las mismas, asi como las que fijan las infracciones y sanciones interpretadas en el Aarticulo 5º en orden de las dispociones generales del Código Ffiscal de la Federacion.
Todas las contribuciones de las que se han hecho mención tienen un momento de causación y fecha de pago que dispone el artículo 6to, que el pago de impuestos es de carácter general y obligatoria, porque todos los contribuyentes en México, están obligados a realizar el pago de sus contribuciones en tiempo y forma y ésta se hará mediante las reglas establecidas por el código fiscal en las oficinas fiscales señaladas por el mismo código en las fechas que marca la autoridad, la cual deberá hacerse mediante una declaración.
La declaración del pago de impuestos se debe hacer en las fechas y términos que establezca la ley, pero en caso de que no exista una fecha establecida por la autoridad fiscal, los contribuyentes están obligados a hacer sus cálculos y proporcionárselos a la autoridad de acuerdo a los períodos que estos marquen ya que la autoridad está facultada a exigirle a los contribuyentes que le proporcionen la información necesaria para poder calcular el pago del impuesto.
Como se ha visto en la materia existen diversos impuestos que se pagan de diferente forma y tiempo, como es el pago del Impuesto Sobre la Renta, que se paga anualmente. En este caso el patrón cuando le retiene al trabajador, el patrón al retenerle el impuesto va pagando a la autoridad hacendaria mes con mes y al final el contribuyente hará su declaración anual conforme lo establece
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