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GARANTÍAS CONSTITUCIONALES DE LAS RELACIONES MATRIMONIALES SEGÚN LA LEGISLACIÓN VENEZOLANA

Enviado por   •  13 de Junio de 2018  •  1.837 Palabras (8 Páginas)  •  365 Visitas

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Ahora bien, ¿será que solo mediante el matrimonio un hombre y una mujer pueden permanecer juntos con los mismos fines (amarse, convivir, procrear)?, ¿existe válidamente otra figura legal que contemple derechos para las personas que asumen estas formas distintas de permanencia bajo la semejanza del matrimonio sin llegar a serlo?, ¿Qué efectos alcanzan a los unidos válidamente fuera del matrimonio?

Todas estas interrogantes serán dilucidadas en la presente investigación, la cual en forma sencilla establecerá la existencia o no de tales figuras distintas al matrimonio, los efectos del matrimonio y de las uniones sobre la base de la jurisprudencia, de la doctrina y del ordenamiento jurídico venezolano vigente.

OBJETIVO GENERAL: Analizar las Garantías Constitucionales de las Relaciones Matrimoniales según la Legislación Venezolana.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

- Describir las Relaciones Matrimoniales en Venezuela

- Identificar los efectos según el Ordenamiento Jurídico acerca de las Relaciones Matrimoniales en Venezuela

- Verificar las garantías Constitucionales de las Relaciones Matrimoniales en Venezuela.

La presente investigación será de mucha importancia ya que Siendo el Matrimonio una institución esencialmente natural, se desprende la dificultad de encontrar una definición o expresar su concepto en forma sencilla. Se justifica en lo jurídico puesto que el matrimonio puede resultar o no ineficaz. En este ultimo caso y al igual que sucede con los actos jurídicos civiles. Este trabajo de investigación podrá ser de gran utilidad a la sociedad venezolana y principalmente a la comunidad jurídica en general y servirá para examinar con detenimiento y llegar al perfecto conocimiento del matrimonio.

FUNDAMENTOS TEÓRICOS:

La presente evaluación será elaborada bajo el enfoque epistemológico definido por Cano (2001) como la duda del razonamiento en cuyo interior se hallaría una entidad con ingreso privilegiado, denominada “mente”, y de que la verdad se encuentre en el exterior para ser percibida por el sujeto que en este caso será el niño, niña o adolescente en situación de calle. De la misma manera se enfoca la investigación en un enfoque positivista definido por Kolakowski (1988) como un conjunto de reglas que rigen el saber humano y que tiende a reservar el nombre de “ciencia” para las operaciones observables. A continuación se presentan las bases teóricas que sustentan la presente investigación.

- Concepto del Matrimonio:

De acuerdo con Pablo y Gonzalez (2005), el matrimonio es la unión legal de un hombre y una mujer con la finalidad de vivir juntos, a perpetuidad, procrear y socorrerse mutuamente. Estos autores refieren dos conceptos que permiten palpar la esencia del matrimonio como concepto que permiten palpar la esencia del matrimonio, como concepto, Padron y Gonzalez (2005), en definitiva expresan que el matrimonio es “la unión solemne que une a un hombre y una mujer, con el animus maritalis que busca constituir una familia, procrear hijos, socorrerse mutuamente, y que al mismo tiempo, engendra deberes y obligaciones reciprocas”

- Elementos que caracterizan el Matrimonio:

Seguidamente se expresan los elementos que caracterizan el matrimonio, de acuerdo con Padron y González (2005) estos son:

- Unidad

- Consentimiento

- Perpetidad

- Formalidad

- Intervención estadal

- La disolubilidad

- Efectos del Matrimonio:

El conjunto de consecuencias legales que determina el matrimonio, puede dividirse en dos categorías fundamentales: efectos personales (entre cónyuges son los deberes y derechos conyugales; y respecto de los hijos la Patria Potestad) y efectos patrimoniales (régimen patrimonial).

El matrimonio acarrea efectos personales y patrimoniales para los cónyuges, el matrimonio crea un vinculo entre los esposos que generan derechos y obligaciones reciprocas. De acuerdo con Meléndez (2015 subsisten los siguientes deberes recíprocos: deber de convivencia, es decir que el domicilio conyugal que es elegido de común acuerdo debe ser el lugar de cohabitación de los esposos. También está el deber de ambos cónyuges de contribuir al mantenimiento del hogar.

BASES LEGALES:

- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publicada en GacetaOficial del jueves 30 de Diciembre de 1999, N° 36.860.

Artículo 77 Se protege el matrimonio entre un hombre y una mujer, fundado en el libre consentimiento y en la igualdad absoluta de los derechos y deberes de los cónyuges. Las uniones estables de hecho entre un hombre y una mujer que cumplan los requisitos establecidos en la ley producirán los mismos efectos que el matrimonio.

Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

Como puede observarse aquí se establece el derecho de las parejas que no desean formalizar su relación ante un ente estatal a ser reconocidos de igual forma y bajo los mismos efectos jurídicos que los cónyuges, como un derecho constitucional aunque se expresa de manera clara que estos deben cumplir con una serie de requisitos.

- Código Civil de Venezuela. Publicada en Gaceta Nº 2.990 Extraordinaria del 26 de Julio de 1982

Artículo 44.- El matrimonio no puede contraerse sino entre un solo hombre y una sola mujer. La Ley no reconoce otro matrimonio contraído en Venezuela sino el que se reglamenta por el presente Título, siendo el único que producirá efectos legales, tanto respecto de las personas como respecto de los bienes.

Teóricamente, la edad para contraer matrimonio debería ser aquella en que los contrayentes hubiesen alcanzado la pubertad, es decir, la capacidad de procrear; pero, como esa situación es diferente para cada individuo, las legislaciones han tenido que acudir a la ficción legal de que la aptitud sexual para celebrar nupcias se produce automáticamente en la mujer a una determinada edad y en el hombre a otra, siendo la pubertad en aquella mas anticipada que en éste.

Articulo 137.- Con el matrimonio

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