GENOCIDIO Y SU REGULACION ANTE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
Enviado por monto2435 • 5 de Septiembre de 2017 • 5.758 Palabras (24 Páginas) • 718 Visitas
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La problemática surgiría en el momento en el que el civil law y el common law, choquen entre sí, la solución pronta a esto, es que en caso de que un tribunal internacional y uno local se rigen bajo las normas del civil law y common law respectivamente, imperara el que tenga derecho de antigüedad y el otro tribunal, servirá únicamente de asesor o de observador según sea el caso, igualmente se contara con interpretes en todo momento del proceso cuando los idiomas nativos de los países no sean de la comprensión entre ambos.
Pienso que sería benefactora para ambos, ya que se enrique el saber y se aprenden practicas nuevas tanto, para los del sistema internacional como los del local, así como se podrían crear jurisprudencias y con esto, el derecho es el que sale ganando, contribuyendo una evolución en el derecho internacional, el derecho penal Internacional y el derecho penal. Como conclusión me queda solamente que decir que la cooperación mutua entre ambos tribunales dejara una evolución en la práctica del derecho nunca antes concebida.
¿Qué?
La regulación del crimen de genocidio, con base en la cooperación mutua entre los tribunales interno y los tribunales internacionales.
¿Para qué?
Para que se puede llegar a un trato mutuo de ayuda entre fuerzas del orden interno y externo, ya que como se ha visto a lo largo de la historia las fuerzas del orden de los estados no han coaccionado bien con las fuerzas internacionales, lo que se quiere es eso, el perseguimiento de estos crímenes como el genocidio ya que laceran a todos los individuos, juntaran a tanto las fuerzas del orden internas como internacionales, enriqueciendo las jurisprudencias y al mismo derecho.
¿Por qué?
Porque este crimen es cometido a día a día, quedando impune, y con esto atentando contra los derechos primordiales del hombre, de igual manera, el genocidio conlleva varias conductas atroces que se cometen a lo largo de su proceso, por lo que es un crimen que desencadena otros de igual o mayor magnitud, por eso la creación del poder de coacción entre tribunales locales e internacionales.
3.-MARCOS DE REFERENCIA
3.1.-MARCO CONCEPTUAL
GENOCIDIO
“Exterminio sistemático de un grupo humano por motivos de raza, religión o política”.[1]
EXTERMINIO
El crimen de exterminio consiste en la imposición intencional de condiciones de vida, entre otras la privación del acceso a alimentos o medicinas, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población. Este acto deberá cometerse como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.[2]
CRIMEN DE GUERRA
Un crimen de guerra es una violación de las protecciones establecidas por las leyes y las costumbres de la guerra, integradas por las infracciones graves del Derecho Internacional Humanitario cometidas en un conflicto armado y por las violaciones al Derecho Internacional. El término se define en gran medida en el Derecho internacional, incluyendo la Convención de Ginebra. Los malos tratos a prisioneros de guerra y civiles y los genocidios son considerados crímenes de guerra.[3]
JUSTICIA UNIVERSAL
La justicia universal, principio de universalidad o jurisdicción universal es uno de los principios de aplicación extraterritorial de la ley, incluyendo la ley penal, junto con el principio de personalidad o de nacionalidad y el principio real, de protección o de defensa[4]
DERECHOS HUMANOS.
Los derechos humanos son garantías esenciales para que podamos vivir como seres humanos. Sin ellos no podemos cultivar ni ejercer plenamente nuestras cualidades, nuestra inteligencia, talento y espiritualidad.[5]
TORTURA
“La tortura es el acto de infligir dolor físico o psicológico por parte de una autoridad pública, o de alguien amparado por ella, con el fin de obtener información o de conseguir "pruebas" para esclarecer un delito”.[6]
DERECHO INTERNACIONAL
“Rama del derecho, que se encarga de las relaciones entre estados y de las organizaciones intergubernamentales”.[7]
DERECHO PENAL INTERNACIONAL
Derecho Penal Internacional es la rama del Derecho que define los crímenes internacionales (principalmente, genocidio, crimen de guerra, crímenes contra la humanidad y crimen de agresión) y regula el funcionamiento de los tribunales competentes para conocer de los casos en los que los individuos incurran en responsabilidad penal internacional, imponiendo las sanciones que correspondan. El surgimiento de esta rama supone una importante evolución respecto del Derecho internacional clásico, que era esencialmente interestatal y no consideraba a la persona como sujeto de Derecho internacional. La responsabilidad individual es independiente de la responsabilidad internacional del estado.[8]
3.2.-MARCO HISTÓRICO
Al hablar del genocidio, tenemos un proceso histórico complejo y arduo, que ha lacerado a la humanidad en su conjunto, desde la segunda guerra mundial, donde, después de esta fue cuando este horrible delito por fin fue penado y fueron castigados gran parte de los sujetos que cometieron genocidio.
Hasta nuestros días, en partes del mundo como en Sudán, Ruanda, Darfur, Sierra Leona, gran parte de la África sahariana y en Asia y medio oriente como son el caso de Siria en el medio oriente y la llamada “the best corea” por el gobierno norcoreano en Asia.
No podemos empezar a hablar de genocidio sin antes hablar de Raphael Lemkin, quien fue quien creo el concepto de genocidio, El término apareció definido por primera vez en su libro El poder del Eje en la Europa ocupada publicado en Estados Unidos en 1944, país al que Lemkin logró escapar de la persecución nazi en 1939.[9]
Nació en 1900 en el seno de una familia judía, vivió el genocidio armenio por parte del imperio otomano, esto fue una de las primeras causas que lo empezaría a impulsar en su carrera como jurista”.[10]
El primer documento importante que elabora sobre los asesinatos en masa es una ponencia que envía
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