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Hábeas data. Concepto y naturaleza jurídica

Enviado por   •  29 de Octubre de 2018  •  853 Palabras (4 Páginas)  •  330 Visitas

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5. TIPOS DE CLASES:

A) Hábeas data informativo: es aquel que procura el acceso a la base de datos a fin de indagar acerca de la información registrada. Este tipo reconocería cinco subtipos:

• exhibitorio: consiste en conocer qué se registró.

• finalista: procura indagar el para qué y para quién se realizó el registro.

• Autoral: procura inquirir quien obtuvo los datos que obran en el registro

• el que tiene por objeto indagar sobre la existencia y localización de bases de datos.

• propio: aquel que pueden utilizar quienes pretender acceder a información pública cuando no se les permite el acceso.

B) Hábeas data aditivo: este tipo procura agregar más datos a los que figuran en el registro respectivo y puede ser utilizado por ejemplo para obligar a un banco de datos comerciales a que asiente que una deuda ha sido cancelada o refinanciada. Reconoce 2 subtipos:

• actualizador: para actualizar los datos antiguos.

• inclusorio: incluir en un registro a quien fue omitido.

C) Hábeas data rectificador o correctivo: el objetivo de este tipo es de corregir o sanear informaciones falsas, inexactas o imprecisas. Esto último cuando de su lectura puede hacerse varias interpretaciones, pues su registro es ambiguo.

D) Hábeas data reservado: este tipo pretende asegurar que un dato legítimamente registrado sea proporcionado solo a quienes se hallen legalmente autorizados para ello. Suele ser utilizado para los casos de datos sensibles, que son necesarios tener registrados (por ejemplo, los relativos al estado de salud de la persona registrada).

E) Hábeas data exclutorio o cancelatorio: tiene por objeto eliminar la información del registro, donde se encuentre registrado, cuando por algún motivo no deba mantenerse. Este tipo está relacionado con los datos sensibles.

Cabría agregar un tipo más, el hábeas data público, que prevé la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, que es a favor de la ciudadanía de la ciudad para acceder a toda información o documentación de la gestión, del gobierno de la ciudad.

6. Es secreto profesional periodístico el reconocimiento del derecho del periodista a no revelar toda la información, o la manera en que ha sido conseguida, para proteger a las fuentes, es decir, el periodismo tiene para sí la obligación ética de reservar las fuentes y los datos obtenidos de ellas, ante las empresas, las autoridades y los jueces.

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