Incidente de disminucion de pension
Enviado por Ninoka • 20 de Mayo de 2018 • 1.508 Palabras (7 Páginas) • 439 Visitas
...
- Receta médica No3572 emitida por el DR. ARTURO DE LA VEGA MORALES (MEDICINA PSICOSOMATICA).
- Receta médica No2917 emitida por el DR. ARTURO DE LA VEGA MORALES (MEDICINA PSICOSOMATICA).
- Receta médica No3573 emitida por el DR. ARTURO DE LA VEGA MORALES (MEDICINA PSICOSOMATICA).
- Receta médica emitida por la DRA. GRACIELA NAVARRO MANRRIQUE (PSIQUIATRA). DE FECHA 03 DE DICIEMBRE DE 2011
- Receta médica emitida por la DRA. GRACIELA NAVARRO MANRRIQUE (PSIQUIATRA).DE FECHA 03 DE DICIEMBRE DE 2011
- Receta médica emitida por la DRA. GRACIELA NAVARRO MANRRIQUE (PSIQUIATRA). DE FECHA 30 DE MAYO DE 2012
- Receta médica emitida por la DR. GABRIEL COVARRUBIAS VALDENEGRO (MEDICO CIRUJANO). DE FECHA 20 DE DICIEMBRE DE 2011
- Receta médica emitida por la DR. GABRIEL COVARRUBIAS VALDENEGRO (MEDICO CIRUJANO). DE FECHA 13 DE FEBRERO DE 2012
- Receta médica emitida por la DRA. Ma. BERTHACOVARRUBIAS MANRRIQUE (MEDICINA GENERAL). DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2015
- Receta médica emitida por la DR. ELEAZAR VALLE ARMENTA (ESPECIALISTA EN NEUROLOGIA DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 2015
Bajo protesta de decir verdad manifiesto que constantemente me estoy haciendo estudios por prescripción médica y al No haber cupo en el IMSS (INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL)o ser muy larga la espera al momento de hacerme los mismos opto por hacerme dichos estudios de manera particular a tal grado de asistir a la Clínica Médica San José De Hermosillo Sonora lugar donde habito actualmente, motivo por el cual anexo análisis clínicos de colesterol emitidos por EL LABORATORIO BIOQUIMICO SAN JOSE S.A DE C.V con numero de orden 16110411. Además se anexa análisis de BIOMETRIA HEMATICA COMPLETA, emitidos por EL LABORATORIO BIOQUIMICO SAN JOSE S.A DE C.V es indispensable hacer hincapié su señoría que dichos estudios son de manera particular ante dicho laboratorio los cuales son de elevado costo mismo que se deben de hacer de manera forzosa por estar en constante revisión ante el médico familiar.
3.- Nunca me eh negado a proporcionar alimentos a mi actual esposa pero solicito sea tomado en consideración las serie de gastos que tengo que realizar fuera del hogar, principalmente dichas enfermedades que me aquejan a mi.
[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XIV, Agosto de 2001; Pág. 11
ALIMENTOS. REQUISITOS QUE DEBEN OBSERVARSE PARA FIJAR EL MONTO DE LA PENSIÓN POR ESE CONCEPTO (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL ESTADO DE CHIAPAS).
De lo dispuesto en los artículos 308, 309, 311 y 314 del Código Civil para el Distrito Federal y sus correlativos 304, 305, 307 y 310 del Estado de Chiapas, se advierte que los legisladores establecieron las bases para determinar el monto de la pensión alimenticia, las cuales obedecen fundamentalmente a los principios de proporcionalidad y equidad que debe revestir toda resolución judicial, sea ésta provisional o definitiva, lo que significa que para fijar el monto de esta obligación alimentaria debe atenderse al estado de necesidad del acreedor y a las posibilidades reales del deudor para cumplirla, pero, además, debe tomarse en consideración el entorno social en que éstos se desenvuelven, sus costumbres y demás particularidades que representa la familia a la que pertenecen, pues los alimentos no sólo abarcan el poder cubrir las necesidades vitales o precarias del acreedor, sino el solventarle una vida decorosa, sin lujos, pero suficiente para desenvolverse en el status aludido; de ahí que no sea dable atender para tales efectos a un criterio estrictamente matemático, bajo pena de violentar la garantía de debida fundamentación y motivación consagrada en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, eventualmente, hacer nugatorio este derecho de orden público e interés social.
Contradicción de tesis 26/2000-PS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito. 4 de abril de 2001. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Arturo Aquino Espinosa.
Tesis de jurisprudencia 44/2001. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de veintitrés de mayo de dos mil uno, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: presidente José de Jesús Gudiño Pelayo, Humberto Román Palacios, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausente: Juventino V. Castro y Castro
Por lo anteriormente expuesto y fundado; A Usted C. JUEZ DE LO CIVIL, atentamente pido:
PRIMERO.- Se me tenga por presentado por medio de este escrito en la Vía Incidental, la Disminución de la Cantidad señalada en autos, de fecha TRECE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL
...