JUICIO DE ALIMENTOS CIUDADANO JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO.
Enviado por klimbo3445 • 8 de Marzo de 2018 • 8.940 Palabras (36 Páginas) • 459 Visitas
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B).-Se exhibe en copia simple la Averiguación Previa AP-1750/2011/SACHO consistente en la comparecencia del hoy demandado ante la Agencia del Ministerio Publico Investigador Segundo Turno de San Andres Cholula, Puebla, de fecha dos de noviembre del año dos mil once y en la cual se encuentra constatado que el hoy demandado y la suscrita mantenían una vida en común como concubinos ya que el ahora demandado de viva voz manifiesta ante tal Autoridad Ministerial, que él es pareja de la suscrita PAOLA TORRE ALCARAZ, motivo por el cual solicito que por medio de esta Autoridad Judicial se gire atento oficio a quien corresponda de la agencia del ministerio publico en cita, a fin de que remita copias certificadas de la AP-1750/2011/SACHO, a esta autoridad judicial a fin que sean agregadas en el presente juicio.
C).-Copias Cotejadas y Certificadas ante la fe del Licenciado VICENTE MANUEL GIL LUNA, Notario Público en ejercicio, suplente de la Notaria Pública numero 53(cincuenta y tres) del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, de las siguientes:
I.-De la solicitud de registro o aviso de baja de beneficiario expedida por el SERVICIO DE AFILIACION VIGENCIA DE DERECHOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, con nombre del beneficiario el de PAOLA TORRE ALCARAZ, con nombre del asegurado el de LUIS FABIAN HERNANDEZ IRIGOYEN, con numero de seguridad social 4809-84-1184-5 (cuatro, ocho, cero, nueve, guión, ocho, cuatro, guión, uno, uno, ocho, cuatro, guión, cinco), de fecha cuatro de noviembre del año dos mil once;
II.- De la credencial expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social a favor de PAOLA TORRE ALCARAZ en su calidad de esposa, con numero de seguridad social 4809-84-1184-5 (cuatro, ocho, cero, nueve, guión, ocho, cuatro, guión, uno, uno, ocho, cuatro, guión, cinco); y
III.-De la acreditación de derechohabiente IMSS a nombre de PAOLA TORRE ALCARAZ, con numero de seguridad social 4809-84-1184-5 (cuatro, ocho, cero, nueve, guión, ocho, cuatro, guión, uno, uno, ocho, cuatro, guión, cinco), con fecha de expedición cuatro de noviembre del año dos mil doce.
Certificaciones que se anexan a la presente demanda y se exhiben con la finalidad y con lo que se acredita que efectivamente la suscrita y el hoy demandado hicimos una vida pública y en común como concubinos.
2.- Durante la vigencia de ésta relación (concubinato) procreamos la suscrita y el señor LUIS FABIAN HERNANDEZ IRIGOYEN a una niña la cual lleva por nombre SOFIA HERNANDEZ TORRE y que actualmente cuenta con cinco años ocho meses, tal y como lo acredito con el acta de nacimiento de mi menor hija, en donde se aprecia que tanto el ahora demandado como la suscrita, reconocimos la paternidad legal de nuestra menor hija, y cuyas copia certificada del acta de nacimiento de mi menor hija se adjuntan al presente escrito.
3.- A fin de acreditar la posibilidad económica del hoy demandado, debo manifestar que Bajo Protesta de Decir Verdad el señor LUIS FABIAN HERNANDEZ IRIGOYEN, padre de nuestra menor hija SOFIA HERNANDEZ TORRE, trabaja actualmente en la empresa denominada TECNOLOGICO DE MONTERREY CAMPUS PUEBLA; con el puesto de Coordinador de Seguridad, con domicilio de la moral empleadora de mi ahora demandado en el inmueble número dos mil trescientos uno de la Vía Atlixcayotl de la Reserva Territorial Atlixcayotl Puebla, Puebla; y donde percibe un salario o sueldo neto más prestaciones que marca la Ley, que le permite proporcionar alimentos a mi menor hija y a la suscrita ya mencionados con antelación, por lo que pido a este Juzgado se gire atento oficio a la empresa denominada TECNOLOGICO DE MONTERREY CAMPUS PUEBLA., en el inmueble número dos mil trescientos uno de la Vía Atlixcayotl de la Reserva Territorial Atlixcayotl Puebla, Puebla; para que su señoría ordene a quien corresponda de la empresa en comento, informe a este Juzgado EL CARGO, PUESTO O GRADO QUE OSTENTA EL AHORA DEMANDADO, ASÍ COMO LAS CANTIDADES ECONÓMICAS QUE EL DEMANDADO PERCIBE COMO SUELDO O SALARIO Y TODAS LAS PRESTACIONES DE LEY Y ACCESORIAS DE LAS QUE GOZA, es decir, cual es el salario o sueldo total más prestaciones que percibe el ahora demandado y en su momento se ordene que su empleador retenga el cincuenta por ciento del mismo, y lo ponga a disposición de este juzgado a favor de la suscrita y de mi menor hija SOFIA HERNANDEZ TORRE y en caso de renuncia o pago de retiro o cualquier otra liquidación, retenga igualmente el porcentaje antes señalado, poniéndolo a disposición de éste juzgado a favor de la suscrita y en representación de mi menor hija en cita, lo solicito debido a que tanto la suscrita como nuestra menor hija tenemos necesidades basicas y gastos bastantes, y que a la suscrita no le alcanza a cubrir; requerimiento que deberá hacerse con los apercibimientos de ley correspondientes.
4.- Desde el día dos de mayo del año dos mil doce, tanto la suscrita como el señor LUIS FABIAN HERNANDEZ IRIGOYEN, nos encontramos separados y ya no hacemos vida común (concubinato), es decir, que ya no vivimos juntos, esto es debido a que el ahora demandado desde el día en comento, abandono a la suscrita y a mi menor hija tras una discusión ocasionada por los malos tratos hacia mi persona y a mi menor hija por parte del ahora demandado, aunado a que nunca quería aportar nada al hogar ni a la manutención de nuestra menor hija, ya que siempre me gritaba que para eso estaba yo, que trabajara, a lo que la suscrita siempre le dije que no cuento con ninguna profesión, y que con lo único con lo que lo podía apoyar era con la venta de productos por catalogo, ya que, quien cuidaría a mi menor hija, pues es aún muy pequeña para no estar al pendiente de ella, estas discusiones fueron continuas durante nuestra vida en común (concubinato), hasta que el día dos de mayo del año en curso, sin decir más tras la discusión en cita por el mismo motivo (de no querer aportar nada al hogar) el demandado se retiro con pertenecías personales de nuestro domicilio familiar. Así las cosas es la fecha que el ahora demandado no aporta nada para la manutención de nuestra menor hija y de la suscrita como su ex concubina y debido a que me quede sola junto con mi menor hija, la suscrita me vi en la necesidad de desocupar el inmueble donde establecimos nuestro último domicilio familiar, pues el único ingreso que la suscrita percibe es por la venta de productos por catalogo y que por consiguiente me es insuficiente para cubrir todas las necesidades de manutención de mi menor hija y de la suscrita, tan es así que tuve que pedirle a mi señora madre SARA AMIRA ALCARAZ ZARUR, que si me podía rentar un cuarto porque lo que percibo por la venta de productos por catalogo me es insuficiente para rentar un departamento y cubrir todas las necesidades de mi menor hija y de la suscrita,
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