JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR EN TURNO.
Enviado por Rimma • 14 de Febrero de 2018 • 689 Palabras (3 Páginas) • 483 Visitas
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porque no hay hijos
TERCERA. En relación con la fracción III del mismo numeral, esta no aplica o no se actualiza porque no hay hijos.
CUARTA. En relación a lo que dispone la fracción IV del artículo 182 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, se manifiesta, que no existe domicilio conyugal, y bajo protesta de decir verdad, manifestamos que no adquirimos menaje alguno.
QUINTA. En relación a lo que dispone la fracción V del artículo 182 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, se informa que la demandada y el suscrito celebramos matrimonio bajo el régimen de sociedad legal, pero es el caso, que durante el matrimonio no se adquirieron vienes de ninguna especie, por lo que no existen bienes que administrar ni que liquidar por lo que no es necesario dar cumplimiento a la misma.
DERECHO
Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 181 y 182 del Código Familiar para el Estado de Sinaloa, en cuanto al procedimiento lo noma el Código de Procedimientos Familiares del Estado de Sinaloa, y supletoriamente el de procedimientos Civiles de ese mismo Estado.
Por lo antes expuesto, y con poyo en el artículo 8º constitucional, de la manera más atenta solicito se sirva:
UNICO. Proveer conforme a lo solicitado.
POSDATA
“TODO BAJO LA CONSTITUCIÓN, NADA SOBRE ELLA”
MAZATLAN SINAOA A 11 DE FEBRERO DEL 2016
ATENTAMENTE
YESENIA ELIZABETH ALVARADO ROMERO
Acepto el cargo conferido
LIC. FERNANDO ROJAS LOPEZ
P.D. CARLOS G. CALDERON ALARCON P.D. ALEJANDRO DIAZ JIMENEZ
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