LIC. HECTOR JESÚS PINEDA MARTINEZ, Mexicano, Casado, Mayor de edad y señalando como domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones los estrados de este juzgado, Ante Usted de la manera más atenta ocurro a fin de manifestar lo siguiente:
Enviado por Ledesma • 3 de Septiembre de 2018 • 1.403 Palabras (6 Páginas) • 540 Visitas
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6.- Que el día 2 de junio del año en curso siendo la 1:10 p.m. falleció en el Hospital del Seguro Social de la Ciudad de Nueva Rosita Coahuila el C. Manuel Humberto Salazar Tabares, a la edad de 55 años a consecuencia de una enfermedad riesgo de trabajo tal y como lo justifico con su correspondiente acta de defunción la cual me permito hacer llegar a la presente demanda.
7.-Que al momento de su muerte del hoy finado Manuel Humberto Salazar Tabares, le sobrevive mi poderdante toda vez que el hoy finado era Viudo y vivió los últimos años de existencia quien cuidaba, debido a su edad, alimentaba y que el ultimo domicilio que tubo el hoy finado lo fue el de Patricio H. Ruiz cruz con Socorro No. 200 en la Ciudad de Melchor Múzquiz Coahuila, motivo por el cual me permito solicitar de esta H. Junta Local a fin de dar cumplimiento al articulo 503 de la Ley Federal del Trabajo en vigor, realice las investigaciones correspondientes ordenadas en dicho articulo, me permito hacer de su conocimiento para los efectos de la publicación de la convocatoria que previene el articulo antes mencionado que el domicilio donde el trabajador fallecido prestaba sus servicios a quedado señalada con anterioridad.
8.- Que debido que hasta la fecha no han sido cubiertas las indemnizaciones y prestaciones legales y contractuales correspondientes con el carácter y personalidad que acredito y de la cual solicito sea reconocida ocurro a demandar a la Empresa denominada MIMOSA y al C. ARNULFO CANALES RUIZ, ARNULFO RIOJAS RODRÍGUEZ, las prestaciones siguientes:
P R E S T A C I O N E S
a).- El pago de 730 días de salario a razón de $116.00 (Ciento Dieciséis pesos 00/100 M.N.) diarios tal y como lo señala el articulo 502 de la Ley Federal de Trabajo, lo que equivale a $84,680.00 ( Ochenta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta Pesos 00/100 M.N.)
b).- El pago de dos meses de salario por concepto de gastos funerarios, según lo estipulado el articulo 500 Fracción I de la Ley Federal de Trabajo y que equivale a $6,960.00 (Seis Mil Novecientos Sesenta Pesos 00/100 M.N.)
c).- El pago de los Salarios Caídos y los que se sigan venciendo, desde la fecha de ingreso al trabajo hasta la fecha de fallecimiento del C. Manuel Humberto Salazar Tabares.
d).- Se de aviso de la presente demanda al Instituto Mexicano del Seguro Social de la Ciudad de Sabinas, Coahuila concretamente a la Dirección de Afiliación y Cobranzas a fin de que realicen una investigación tendiente a analizar si el hoy finado Manuel Humberto Salazar Tabares fue dado de alta como trabajador el 13 de Mayo del año en curso, o anteriormente a la fecha ya se encontraba dado de alta, dicha investigación y su resultado lo ofrezco como prueba documental en lo que me pudiera beneficiar desde este momento.
D E R E C H O
Son aplicables en cuanto a fondo de la presente demanda lo dispuesto por el articulo 123, Fracción XIV constitucional, y los artículos 8, 10, 18, 20, 26, 31, 84, 115, 132, Fracción II, 162, fracciones I y V, 472, 474, 484, 485, 500, 501, 502, 503 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo.
Norman el procedimiento el articulo 503 y demás relativos del citado ordenamiento.
PRIMERO: Tenerme por presentado con este escrito en los términos del mismo, demandando a la Empresa denominada MIMOSA y al C. ARNULFO CANALES RUIZ, ARNULFO RIOJAS RODRÍGUEZ, el pago de las indemnizaciones y prestaciones que señalo; reconocer la personalidad de Apoderado conforme a la carta poder adjunta y tener por señalado el domicilio indicado para oír notificaciones.
SEGUNDO: Darle entrada a la demanda, corriéndole traslado a la parte demandada con las copias simples que acompaño, notificándolo y emplazándolo, en el domicilio señalado, para la audiencia de Ley.
TERCERO: Seguidos los tramites legales procedentes, dictar resolución determinando el derecho de mi poderdante a las indemnizaciones y prestaciones referidas y condenando a la parte demandada al pago de las mismas.
PROTESTO LO NECESARIO
CD. SABINAS COAHUILA A 24 DE JUNIO DEL 2001.
LIC. HECTOR JESÚS PINEDA MARTINEZ.
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