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La Contratos mercantiles de acuerdo a la ley de atención al consumidor.

Enviado por   •  2 de Enero de 2019  •  1.571 Palabras (7 Páginas)  •  366 Visitas

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por la ley y el cumplimiento de estas podrá ser exigido indistintamente al proveedor, importador o distribuidor del bien o servicio a menos que alguno de ellos o un tercero asuma por inscrito la obligación correspondiente.

Productos usados, deficientes o reconstruidos.

Cuando se expendan al público este tipo de bienes deberán advertir de manera clara u precisa tales circunstancias al consumidor, a la vez que deberán hacerse constar tales circunstancias en los propios bienes, envolturas, notas de remisión o facturas respectivas.

Productos peligrosos

Cuando se trate de productos o servicio que sean o se consideren potencialmente peligrosos para el consumidor o lesivos para el medio ambiente, o cuando previsible su peligrosidad, el proveedor esta obligado a incluir un instructivo que advierta sobre sus características nocivas y explique con claridad el uso o destino recomendado así i como los posibles efectos de su usó, aplicación o destinó fuera de los lineamientos recomendados, siendo responsable el proveedor de los daños y perjuicios que cause al consumidor si incumple con esta obligación

Condicionamientos prohibidos

Salvo disposición legal o mandamiento judicial en contrario, ni el proveedor ni sus dependientes podrán negar al consumidor la venta, adquisición, renta ni condicionarse de bienes o servicios que tengan en existencia ni condicionarse a la adquisición o renta de otro producto o prestación de servicio

Ofertas y promocione.

Para los efectos de la ley que comentamos se consideran promociones las prácticas comerciales consistentes en el ofrecimiento al público de bienes y servicios en cualquiera de los superpuestos sig:

-Cuando con el insentivo de promocionar Adicionalmente otro bien o servicio igual o diverso de manera gratuita, a precio reducido o bien por un solo precio.

-Cuando se ofrezca un contenido adicional en la presentación usual de un producto de manera gratuita o a un precio reducido.

-cuando se ofrezcan bienes o servicios con el insentivo de participar en sorteos, concursos u otros eventos similares.

-Cuando configuras leyendas impresas en las tapas, Etiquetas o envases de los productos distintas a las que obligatoriamente deben usarse

Por "oferta" barata, remate o cualquier otra expresión similar se entiende el ofrecimiento al publico de productor o servicios de la misma calidad a los habitualmente ofertados a precios rebajados o inferiores a los normales del establecimiento.

No se podrán realizar promociones en las que se anuncie un bien o un servicio con un valor monetario notoriamente superior al que impere en el mercado de manera regular.

Es importante señalar que para efectuar este tipo de ventas no se requiere del permiso o autorización expedido por alguna autoridad, salvo que si lo establezca alguna norma oficial mexicana o bien que se lesionen o puedan lesionarse los intereses de los consumidores.

En los anuncios en los que se ofrezcan ofertas o promociones deberán de indicarse las condiciones y el plazo de duración de la oferta, o bien el volumen de los bienes o servicios ofrecidos, ya que si no se fijare plazo o volumen se presume que estas serán por tiempo indefinidos hasta en tanto se haga de conocimiento público la revocación de la oferta utilizando para ello los mismos medios utilizados para el anuncio de la oferta. Es importante destacar que todo consumidor que reúna los requisitos establecidos en la oferta tendrá derecho a la adquisición de los bienes o servicios ofertados durante el plazo determinado o en tanto exista disponibilidad de los bienes y servicios de que se trate, ya que si el oferente de la promoción incumple con esta, el consumidor podrá optar por exigir el cumplimiento de la oferta, aceptar otro bien o servicio equivalente o la rescisión del contrato teniendo derecho en cualquiera de dichos supuestos al pago de la diferencia económica entre el precio al que se ofrezca el bien o servicio y si precio normal, ademas de la bonificación o compensación que en su caso pueda proceder.

OPERACIONES A CREDITO

en toda operación a credito el proveedor esta obligado a informar al consumidor de manera previa sobre el precio de contado del bien o servicio de que se trate, el monto y detalle de cualquier cargo adicional si lo hubiere, el numero de pagos a realizar y su periodicidad, el derecho que tiene el consumidor de pagar anticipadamente el crédito con la consiguiente reducción de intereses en caso de que estos se hubieren agregado al monto inicial adeudado, ademas del monto de los intereses a pagar en cada periodo si los intereses se causaran a tasa fija, ya que si la tasa aplicable fuera variable se le deberá de aclarar la regla para el ajuste de dichos intereses.

La ley en comento establece que en todo caso los intereses se causarán exclusivamente sobre saldos insolutos y podrán capitalizarse por acuerdo expreso de las partes en ese sentido, en cuyo caso el proveedor queda obligado a enviar al consumidor un estado de cuenta mensual.

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