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Exposición Contratos mercantiles (mandato)

Enviado por   •  1 de Enero de 2018  •  744 Palabras (3 Páginas)  •  544 Visitas

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Cuando el mandato se confiera por varios MANDANTES y para un mismo negocio, serán solidariamente responsables para con el MANDATARIO de las obligaciones respectivas. (v) o (f)

VERDADERO: Según el artículo 1276 dónde nos habla de la pluralidad de MANDANTES.

Solo en algunos casos de revocación, estipulados en el artículo 2039 del Código de Comercio, la revocación abusiva del mandato quedará obligado el mandante a pagar al mandatario su remuneración total y a indemnizar los perjuicios que le cause. (v) o (f)

FALSO: Primero que todo porque el artículo no existe y segundo porque el artículo 1280 nos establece que son en todos los casos de revocación.

DIFERENCIA ENTRE CONTRATO DE MANDATO CIVIL Y MERCANTIL Y ADM. DELEGADA.

Lo que diferencia el mandato civil del comercial es el objeto. En el mandato comercial el objeto está siempre relacionado con uno o más actos o contratos mercantiles. No se refiere a operaciones mercantiles las cuales son parte de otro tipo de contratos materiales como el arrendamiento de servicios, el contrato de trabajo.

Si el mandato involucra actividades civiles y mercantiles, sin que entre ellas exista conexidad de medio a fin, cada una se regirá por la normatividad correspondiente. Sin embargo debe tenerse en cuenta que ambas figuras difieren en sus efectos, como cuando el mandatario excede sus facultades por una necesidad imperiosa, en lo civil, cuyos actos se convertirán en una agencia oficiosa. En el mandato mercantil esos actos urgentes quedan cobijados por el mandato.

C. ADMINISTRACIÓN DELEGRADADELEGADA: (C.Civil) Solo aplica en Construcciones de bienes raíces.

DECRETO 8660 - ARTICULO 15. Información de contratos de mandato o de administración delegada. En los contratos de mandato o de administración delegada, las personas o entidades que actuaron como mandatarios o contratistas, deberán informar el valor total de las operaciones realizadas en el año gravable 2010, inherentes a las actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos de mandato o de administración delegada.

Parágrafo 1. En ningún caso la información reportada por el mandatario o contratista deberá ser informada por el mandante.

EJEMPLO DE CONTRATO DE MANDATO. Mandante: Dueño bien raíz Mandatario: Persona que trabaja en una inmobiliaria. Emite facturación, reportes de información exógena.

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