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La historia de la banca comienza con el primer prototipo de banco de comerciantes de la mesopotamia

Enviado por   •  26 de Febrero de 2018  •  5.425 Palabras (22 Páginas)  •  745 Visitas

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Objetivo

Tiene como objetivo de determinar la correcta realización de sus actividades a fin de evitar crisis bancarias y permitir el sano y eficiente funcionamiento del Sistema Financiero venezolano.

Finalidad

El gobierno está interesado en regular las instituciones por dos razones fundamentales, primero proteger los interés de los consumidores, creando un marco de reglas que contribuya a impedir los excesos y las diferencias que afectan a los mercados que funcionan de manera autónoma, segundo la regulación del sector bancario también tienen como meta mantener la estabilidad bancaria que requiere un marco más complejo de regulación y supervisión.

Reseña Histórica

La SUDEBAN fue creada a través de la Ley de Bancos de 1940, de esta forma surgió un organismo con la función de fiscalizar, inspeccionar y regular a la banca, casas de cambio y demás instituciones de carácter financiero.

De acuerdo al portal web del ente, entre los años 1949 y 1958 se produjo la mayor apertura de agencias bancarias en la historia financiera venezolana, con la que se incrementó el número de visitas de inspección a 64 por año, detectándose para ese momento como principal inconveniente el incumplimiento fiel del encaje legal mínimo exigido por el Banco Central de Venezuela (BCV). Al finalizar la dictadura en nuestro país, se produjeron hechos que alteraron el desarrollo del sistema financiero, de allí que la labor de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) fue determinante para encaminar hacia un buen destino a la banca.

La excesiva bonanza que presentó la economía venezolana puso en una difícil situación al sistema financiero, por lo que las autoridades bancarias decidieron poner en práctica las primeras medidas de emergencia venezolanas. Un crítico cuadro de retiros masivos, compra de divisas y una notable disminución de depósitos, hizo temblar el piso financiero.

Para 1962 el sistema comenzó a dar signos de recuperación, luego del auxilio recibido por el Banco Central de Venezuela. Ya para 1965 el crecimiento de la banca venezolana registró un incremento en cuanto a instituciones, debido al desarrollo favorable de la economía presentado en esos años, respaldado por la aparición de nuevos productos de inversión y una mayor demanda crediticia.

Una nueva etapa inició la SUDEBAN después de esta crisis marcada por la fuga de capitales y grandes desequilibrios macroeconómicos, que luego terminarían en intervenciones bancarias, situación propicia para la creación del Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) el 20 de marzo de 1985, cuya responsabilidad es garantizar los depósitos del público mantenidos en bancos e instituciones financieras de Venezuela. Ante una crisis severa de insolvencia, la institución financiera que se encuentre en problemas es intervenida por el Estado y FOGADE ejerce la función de liquidador del banco y sus empresas relacionadas con actividades no financieras.

Adicionalmente producto de la experiencia obtenida en la pasada crisis bancaria de 1994, la SUDEBAN ha promulgado como complemento a su actividad fiscalizadora las denominadas Normas Prudenciales, las cuales buscan, entre otros aspectos, que la contabilidad bancaria refleje correctamente sus operaciones y que ayude a que los trabajen con las mejores prácticas bancarias, ajustándose a lo pautado en la ley.

Crisis Bancaria

La crisis bancaria que enfrento Venezuela en los años noventa, además de empobrecer al país, sirvió para demostrar la fragilidad y deficiencias de nuestro ordenamiento jurídico penal. La mayoría de las crisis financieras han presentado una serie de características comunes apenas ligeramente diferenciadas en cuanto a su intensidad e importancia en cada circunstancia especifica. Particularmente similares han sido los casos de los países en desarrollo sobre todo las acaecidas en América latina durante la década de los ochenta. Estas características pueden ser agrupadas en tres categorías.

La primera de ellos sería el contexto de inestabilidad o distorsiones macroeconómicas que precedieron a los colapsos bancarios y, de algún modo, lo indujeron. La segunda categoría se refiere a las deficiencias y debilidades de la supervisión y regulación bancarias la cual explica el proceso de evolución de los banqueros que terminan colapsando a las instituciones financieras que dirigieron. En este grupo se incluyen los problemas de ética y gerencia bancaria que han sido comunes en casi todas las crisis financieras.

Antes de la reforma de la Ley de Bancos de 1993, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras aparecía como un servicio técnico especial adscrito al Ministerio de Hacienda. A partir de dicha reforma se trata de un organismo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional. Además se le da autonomía Funciona, Administrativa y Financiera.

Así mismo se faculta a la Superintendencia a inspeccionar, vigilar y fiscalizar a los bancos y a las demás instituciones de crédito. Ahora las facultades se extienden a regular y controlar.

Al recoger la experiencia de la crisis financiera de 1994, en el Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Lay General de Bancos y otras Instituciones Financieras, se le concede más atribuciones y facultades a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y en especial a las normas prudenciales, lo que viene a establecer un compendio normativo global que permite actualizar el funcionamiento de los organismos de control financiero del Estado Venezolano.

Quiénes Somos

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario es el ente de regulación del sector bancario bajo la vigilancia y coordinación del Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional. Es una institución autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de los bienes de la República, y se regirá por las disposiciones que establezcan la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional y la Ley de las Instituciones del Sector Bancario. Corresponde a esta Superintendencia autorizar, supervisar, inspeccionar, controlar y regular el ejercicio de la actividad que realizan las instituciones que conforman el sector bancario, así como, instruir la corrección de las fallas que se detecten en la ejecución de sus actividades y sancionar las conductas desviadas al marco legal vigente. Todo ello con el fin de garantizar y defender los derechos e intereses

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