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Las Acciones Comerciales

Enviado por   •  2 de Abril de 2018  •  2.552 Palabras (11 Páginas)  •  256 Visitas

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- Acciones de suscripción y acciones de capitalización:

De suscripción: su emisión primaria implica la decisión de la sociedad de aumentar su capital.

De capitalización: se emiten cuando se capitaliza utilidades, reservas o devaluos y el accionista las recibe sin tener que efectuar un desembolso para adquirirlas.

- Acciones de disfrute o goce: carecen de derecho de voto en las asambleas, su derecho de distribución de utilidades es después de pacadas las acciones no reembolsadas, y sobre el remanente del patrimonio social.

- Acciones en favor de los trabajadores: son transferibles y caducan con la extinción de la relación laboral.

- Acciones convertibles: posibilidad de transformar los valores de rentas (obligaciones o bonos) en acciones.

- ACCIONES PREFERIDAS, SIN VOTO O DE VOTO PLURAL: no siguen el principio de proporcionalidad. Estas acciones devengan una renta fija dependiendo de las ganacias de la sociedad, en caso de no existir tienen derecho de acumulación del dividendo preferido cuando vuelva a existir, y tienen prioridad de cobro en caso de liquidación

- Acciones preferidas y sin voto: no tienen voto pero cuentan con preferencias patrimoniales. No cuentan con derecho a voto o solo en circunstancias especiales: cambio del objeto social, transformación, fusión, etc.

- Acciones sin voto o de voto limitado: son títulos valores representativos del capital destinadas a inversores no interesados en influir en la empresa: representan una participación en el capital social pero no tienen derecho a voto.

- Aaciones de voto plural: vinculadas a la protección de las minorías y la protección a los inversores contra malversaciones de socios dominantes. La legislación argentina permite este derecho de voto prular con dos limitaciones: en la transformación o disolución, cambio del objeto o domicilio Y para la elección o remoción del sindico.

- CREACION Y EMISION DE ACCIONES: negocio jurídico por el que una persona jurídica realiza una oferta genérica al publico para suscripción de valores de emisión, generando una vinculación jurídico-negocial única entre el emisor y los suscriptores.

La creación tiene lugar por el pacto social o acuerdo de la junta general. La emisión tiene lugar cuando las acciones han sido suscritas y pagadas mínimo 25 % del valor nominal.

- Naturaleza del acto de emisión: es mercantil: todos esos actos tienen como objeto títulos valores, es complejo: enlaza relaciones de distinta naturaleza jurídica, es especifico: es un negocio unitario porque tiene una misma finalidad (lanzar al mercado una oferta de capatacion de recursos financieros) esta oferta es irrevocable, transparente, debe tener condiciones referidas al precio de suscripción incluidas en un “prospecto” que la emisora debe publicar, luego estas condiciones se transcriben en el contrato de suscripción celebrado entre la emisora con cada inversionista que suscriba acciones.

- Formas de emisión: si el aumento de capital no requiere modificar el contrato social el acto no requiere escritura publica. Si se debe modificar el estatuto social si requiere escritura publica. Pero el contrato debe inscribirse en el registro de comercio.

- Emisión de acciones por suscripción: se da al constituirse la sociedad y al procederse a un aumento del capital social, puede hacerse de forma privada o publica.

- Emisión por capitalización de dividendos y reservas: requerien la decisión de la asamblea de convertir en acciones esas ganancias, no tienen contraprestación del accionista.

- Emisión bajo la par: no se pueden emitir acciones por una cifra inferior a su valor nominal.

- Emisión con prima: si se puede emitir acciones con sobreprecio, un valor por encima del nominal.

- Oferta publica de acciones: debe obtenerse la autorización de la autoridad del mercado de valores.

- REPRESENTACION DE LAS ACCIONES:

- Representación cartular: acciones representadas por documentos donde están: denominación del emisor, domicilio, numero, valor, cantidad, clase y serie.

- Títulos: el estatuto o asamblea extraordinaria que autoriza la emisión establecerá si los títulos son al portador o nominativos, si son endosables o no y si representan una o mas acciones.

- Formalidades de los títulos: deben ser numerados correlativamente, contener el estatuto social, ser firmados por no menos de dos directores y miembros del sindico, la firma debe ser autógrafa.

- Libro de registro de acciones cartulares: la sociedad debe llevar un libro de registro de acciones rubricado por la autoridad de control, es de libre consulta por los accionistas. Debe estar: clases de acciones, nombre de suscriptores, estado de integración de acciones, si son nominativos o al portador las fechas de transferencia, modificaciones.

- Nominatividad obligatoria: estos títulos deben ser nominativos NO endosables.

Emisión y suscripción

- Emisión: oferta dirigida al mercado para captar recursos financieros

- Suscripción: acto por el que el inversionista acepta la oferta y se perfecciona el acuerdo de voluntades del emisor (debe entregar los títulos representativos de acciones) y del inversionista (debe pagar el precio conforme condiciones de la emisión). Los inversores pueden ser personas jurídicas o naturales

Transmisión de acciones

Implica la transferencia de la calidad de socio (“status”= conjunto de derechos, obligaciones y responsabilidades del socio). Hay libertad en la transmisión de acciones

Es un derecho q se puede restringir pero no prohibir. Las limitaciones constan en los títulos e inscripciones de cuenta. Las restricciones pueden derivar de pactos entre los socios, o aquellas que tiendan a mantener la continuidad de la sociedad. Son nulas las cláusulas que hagan intransmisible la acción, las discriminatorias y aquellas sin fundamentos que no atiendan al interés social.

La transmisión de acciones al portador, se perfecciona con la traditio para las nominativas se necesita de endoso e inscripción en el registro de acciones

Ofertas públicas de adquisición

Son ofertas efectuadas por una persona para adquirir gran cantidad de títulos valores dirigida a los accionistas de la compañía receptora de la

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